El presidente Pedro Castillo observó la autógrafa de ley, aprobada por el Congreso, sobre procedimientos para nombrar ministros y viceministros y, por lo tanto el texto fue devuelto al Parlamento, que deberá evaluar si acepta las sugerencias o la promulga por insistencia.
En el oficio, firmado por el presidente Castillo y el primer ministro Aníbal Torres se señala, por ejemplo, que la autógrafa “vulnera el principio de separación de poderes” y “desborda los parámetros de constitucionalidad”.
Castillo se negó a promulgar la autógrafa que dispone que no pueden ser nombrados viceministros en la PCM o en los sectores de Defensa o Interior quienes tengan acusación fiscal o estén siendo juzgado ante el PJ por delitos de terrorismo y tráfico ilícito de drogas.
Además, establece que la resolución suprema de nombramiento de un ministro incluirá como anexo su declaración jurada, que debe consignar con detalle que cumple con los requisitos para el cargo, así como todas las investigaciones, procesos judiciales y procedimientos administrativos en los que está o estuvo incurso, en calidad de imputado o cómplice.
La declaración jurada debe incluir también el estado en que se encuentran dichos procesos y la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido.
Según la norma aprobada por el Congreso, este documento debe ser puesto en conocimiento del presidente del Consejo de Ministros y del mandatario de manera previa a la emisión de la resolución de nombramiento. Y el jefe del Gabinete es el resposable de verificar su contenido en un plazo no mayor de cinco días hábiles.
El gobierno considera que la norma se contrapone a la potestad del mandatario de “dirigir y aprobar la política general del Gobierno” y “restringe el derecho a la presunción de inocencia”.
Cuestiona que se plantee incorporar a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que el presidente del Consejo de Ministros es responsable de verificar el contenido de la declaración jurada e informar al Congreso en un plazo no mayor de cinco días.