Redacción EC

El concedió la medida cautelar solicitada por el Congreso frente a la amenaza del Gobierno de cerrar el Parlamento y además admitió la demanda competencial. Ambos recursos fueron presentados tras la interpretación que realizó el Ejecutivo sobre la

“Suspender cualquier efecto que pudiera derivarse de la decisión del Poder Ejecutivo de interpretar como denegada la confianza a la que se refiere el Acta de la sesión del Consejo de Ministros correspondiente al 24 de noviembre de 2022, sin que se tome en cuenta para los efectos del primer párrafo del artículo 134 de la Constitución. En consecuencia, disponer que el Poder Ejecutivo no altere ni modifique la situación de hecho o de derecho del Congreso de la República, en relación con lo precisado en los fundamentos 29 y 30 de la presente resolución”, dispone el TC en su resolución.


Como se recuerda, oficializó la decisión del  de interpretar que el le negó la primera cuestión de confianza.

Según ese documento, el rechazo del Parlamento al pedido que hizo el entonces primer ministro Aníbal Torres constituye una “crisis total del Gabinete”. Siguiendo la tesis del Gobierno, estarían habilitados a la disolución del Parlamento en caso se le negara una segunda confianza.

Esta interpretación fue cuestionada por la oposición y determinó que el Pleno autorizara al presidente del Congreso, José Williams . Además, esta posición del Gobierno de Pedro Castillo fue .

En cuanto a la admisión a trámite de la demanda, el TC comunica su decisión al Gobierno y dispone que conteste “dentro de los 30 días útiles siguientes a la notificación de la presente resolución”.



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