Desencuentro. El presidente de la República, Martín Vizcarra, reveló que el Ejecutivo había observado la autógrafa de la ley que acaba de ser promulgada por el Congreso de la República y que exime de responsabilidad penal a los efectivos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas que causen lesiones o muertes en el ejercicio reglamentario de sus funciones. Sin embargo, señaló que, tras la disolución del Parlamento, no había a quién devolver la iniciativa para que sea evaluada nuevamente.
“Esa ley llegó a nuestro despacho enviada por el Congreso anterior y, como tenemos que hacer antes de promulgar una ley, pasamos para que la evalúen y nos den su opinión los ministerios directamente responsables. Obviamente, una norma de este tipo, quien tiene que opinar es el Ministerio de Justicia y este presentó observaciones a esta norma. Por eso no la promulgamos, pero no había forma de devolverla porque no estuvo, dejó de operar el Congreso”, señaló en conferencia de prensa.
- Ley de Protección Policial: Frente Amplio promoverá demanda de inconstitucionalidad
- Controversia por ley de protección para efectivos de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas
Este sábado 28 de marzo, el Congreso de la República promulgó la Ley de Protección Policial que prohíbe dictar detención preliminar o prisión preventiva a policías y militares que hayan causado lesión o muerte si usaron sus armas de “manera reglamentaria”. Asimismo, exime a estos agente de responsabilidad penal en caso de lesiones o muerte en cumplimiento de su función constitucional y en uso reglamentario de sus armas u otro medio de defensa.
Martín Vizcarra precisó que, cuando se evaluó ese proyecto entre julio y agosto del 2019, el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, estaba a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
“Entre julio y agosto del año pasado, nuestro Ministerio de Justicia dio una opinión negativa sometida a cuatro argumentos. Primero, que había un marco legal preexistente, el Decreto Legislativo 1186, que consideramos suficiente. En segundo lugar, porque se desnaturalizaba un principio rector del derecho penal, que es el de la proporcionalidad”, señaló Zeballos ante la pregunta de la prensa.
El tercer punto fue que se estaba atentando contra las medidas que pueden dictar los jueces, y cuarto porque buscaban modificar un decreto que ya había sido derogado.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda, amplió la respuesta y recordó que hay sentencias, tanto en el Tribunal Constitucional, como en la Corte Suprema, que establecen criterios para aplicar este tipo de normas.
“Segundo, y los han señalado en reiteradas ocasiones los ministros del Interior y Defensa, existe una voluntad y un respeto irrestricto de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales de respeto a los derechos que la Constitución reconoce y garantiza”, aseguró el ministro.