El Parlamento decidió que el recurso de la confianza no podrá usarse frente a constantes interpelaciones o censuras. Su rechazo contabilizará para una disolución del Congreso solo si ningún ministro vuelve al Gabinete. (Foto: Congreso)
El Parlamento decidió que el recurso de la confianza no podrá usarse frente a constantes interpelaciones o censuras. Su rechazo contabilizará para una disolución del Congreso solo si ningún ministro vuelve al Gabinete. (Foto: Congreso)
Diego Chirinos

Tres especialistas sientan posición sobre el cambio en las reglas de la cuestión de confianza. Su inconstitucionalidad radicaría tanto en la forma como en el fondo.

1. ¿El Congreso está facultado para aprobar lo que se publicó el sábado?

Natale Amprimo
Constitucionalista y ex parlamentario
El Congreso puede cambiar su reglamento, pero esta norma escapa de ese ámbito. Una norma de desarrollo constitucional, que no está referida al manejo del Parlamento, no puede ser aprobada a través de una modificación reglamentaria. El Congreso puede cambiar su reglamento, pero esto escapa de ese ámbito. Se requería al menos una reforma constitucional o una ley ordinaria.

Samuel Abad
Abogado constitucionalista
El Parlamento dictó algo sobre lo que no tiene competencia. Es como si el Ejecutivo regulara al Congreso. La norma es inconstitucional porque el Parlamento dictó algo sobre lo que no tiene competencia. Ha desarrollado requisitos de procedencia de una cuestión de confianza cuando quien la utiliza es el Ejecutivo. Es como si un decreto legislativo del Ejecutivo regulara atribuciones del Congreso. Es desconocer la Constitución.

Raúl Ferrero
Constitucionalista y ex diputado
La Constitución está abierta a interpretaciones, pero no a crearle conceptos que no tenía. El Congreso tomó una decisión que implica, en realidad, una reforma constitucional. Y esta tiene un proceso distinto al empleado: obtener mayoría calificada en dos legislaturas. La Constitución está abierta a interpretaciones, pero no a crearle conceptos que no tenía, como se hizo. La Constitución fija las reglas y no al revés.

2. ¿La norma sería inconstitucional por la forma en la cual fue aprobada o por su contenido?

Natale Amprimo
Constitucionalista y ex parlamentario
Por la forma. Y respecto al fondo, se ha vaciado de contenido a la cuestión de confianza. En principio, por la forma. Y respecto al fondo, el establecer que la confianza no puede ser utilizada para perseverar en la aprobación de una política pública, es vaciarla de contenido. Para eso se creó. Ahora el Ejecutivo prácticamente no podría hacer una cuestión de confianza.

Samuel Abad
Abogado constitucionalista
Principalmente por el fondo. El Congreso asumió competencias que no tiene. Lamentablemente, el procedimiento express, con un Congreso unicameral, puede darse. El problema es principalmente de fondo: el Parlamento ha asumido competencias normativas que no tiene. Rompe el equilibrio de poderes y el marco normativo de su potestad reglamentaria.

Raúl Ferrero
Constitucionalista y ex diputado

El procedimiento es lo más cuestionable, pero también hay objeciones al fondo de la norma. El procedimiento es lo más cuestionable desde el punto de vista constitucional. En cualquier país, una reforma a la Carta Magna amerita reflexión y debate; no un proceso express. Y también hay problemas de fondo. El Parlamento asume restricciones que no pone la Constitución.

3. ¿Consideraba necesario precisar el concepto de ‘crisis total’ del Gabinete?

Natale Amprimo
Constitucionalista y ex parlamentario
A pesar de estar vigente desde la Constitución de 1979, este nunca generó controversia.  El concepto está vigente desde 1979 y nunca generó mayor controversia. No había nada de que “todos se van y ninguno vuelve”, como dicen algunos ahora. Esto responde más a una coyuntura política actual que a una necesidad real de precisar el concepto.

Samuel Abad
Abogado constitucionalista
El Parlamento no ha precisado el concepto de ‘crisis total’. Lo ha cambiado.  El Congreso desconoció una regulación ya existente. Siempre estuvo claro que la ‘crisis total’ era la renuncia de todos los ministros, sin restricción alguna de cara al nuevo Gabinete. El Parlamento no ha precisado el concepto. Lo ha cambiado.

Raúl Ferrero
Constitucionalista y ex diputado
Precisarlo no es malo perse, pero esto no puede hacerse por un cambio reglamentario. Precisar el concepto no era malo per se. Sin embargo, para hacerlo el Parlamento no puede apelar a una modificación reglamentaria del propio Congreso. Así, la Constitución no estaría cumpliendo su cometido de ser la ley de leyes.

4.  ¿La aprobación de la norma deja sin efecto la cuestión de confianza rechazada al Gabinete Zavala?

Natale Amprimo
Constitucionalista y ex parlamentario
El Congreso aceptó y votó esa cuestión de confianza. No puede decir ahora que no cuenta. El ex primer ministro Fernando Zavala apeló a una cuestión de confianza para impedir una censura. Eso, en mi opinión, no procede. Sin embargo, no existe una norma retroactiva. El Congreso aceptó y votó esa cuestión de confianza. No puede decir ahora que no cuenta.

Samuel Abad
Abogado constitucionalista
No. Sin embargo, el Congreso podría buscar una retroactividad encubierta o inválida. Ninguna norma es retroactiva. El riesgo está en que, ante una nueva negativa de confianza a un Gabinete, el Congreso diga ahora que esa no valió porque hoy se aplica otro parámetro. Es una forma encubierta e inválida de aplicar retroactivamente la norma.

Raúl Ferrero
Constitucionalista y ex diputado
No tiene ningún asidero decir que no contabiliza el rechazo al Gabinete Zavala. Esa afirmación, repetida por diversos congresistas, no tiene ningún asidero. El rechazo al Gabinete Zavala cuenta ante una nueva negativa de la confianza y una potencial disolución del Parlamento. Eso de querer forzar una figura para que no se cuente también es inconstitucional.