“Le comunicamos al señor Arana en su momento respecto al caso del Ministerio Público y bueno, él nos conmina a que retrocediéramos en esta actitud”, dijo Jorge Castro. (Foto: Dante Piaggio/El Comercio)
“Le comunicamos al señor Arana en su momento respecto al caso del Ministerio Público y bueno, él nos conmina a que retrocediéramos en esta actitud”, dijo Jorge Castro. (Foto: Dante Piaggio/El Comercio)

Los abogados Carlos Caro, Enrique Ghersi y Luciano López afirman que la situación del congresista (Concertación Parlamentaria) es muy grave y delicada. Según indican, tanto la fiscalía como el podrían iniciar un proceso de indagación preliminar, lo cual podría culminar en una sanción para el parlamentario en ambas instancias.

El legislador Jorge Castro es acusado de cobrar diezmos a los trabajadores de su despacho; así como de obligar a pagar el alquiler y los servicios de su oficina regional ubicada en Tacna, de donde fue electo representante.

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Los abogados Carlos Caro y Luciano López coincidieron en que Jorge Castro habría cometido el presunto delito de concusión, toda vez que los pagos de sus trabajadores habrían beneficiado al congresista, quien debía correr con los gastos generadores por su oficina regional y no sus colaboradores.

“Este es un caso muy claro de concusión, que sanciona el artículo 382 del Código Penal. La norma castiga al funcionario que obliga o induce a alguien a entregar un beneficio patrimonial”, refirió Carlos Caro a El Comercio.

Incluso si el pago no fuera para el congresista sino para un tercero, añadió López, igual existe una sanción penal. “Se sanciona al funcionario público, en este caso el congresista es un funcionario, que lo que hace es obligar una persona o la induce a que pueda dar o realizar un beneficio a favor de él mismo o de un tercero”, comentó.

Ambos indicaron que, de ser hallado culpable de este delito, el congresista Jorge Castro podría recibir una pena de hasta ocho años de prisión.

Carlos Caro también remarcó que no importa el valor del importe que se haya efectuado (la ex trabajadora lo acusa de cobrarle S/150 mensuales como diezmo).

Por su parte, el penalista Enrique Ghersi manifestó que en el presente caso se configuraría el delito de abuso de autoridad.

“El funcionario público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrario cualquiera, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos año”, indica el artículo 376 del Código Penal respecto a este delito.

“Considero que es bastante delicada [su situación], porque es una abuso contra los trabajadores que, tratándose de un representante de la patria, es un agravante”, agregó Ghersi.

─Implicancias del Congreso─
Los tres especialistas explicaron que existen hechos que podrían sustentar el inicio de diligencias preliminares tanto en la fiscalía como en el Congreso de la República.

En este último ente, el constitucionalista Luciano López detalla en primer lugar podría haber una sanción de suspensión del cargo de hasta 120 días contra Jorge Castro.

La fiscalía puede iniciar diligencias preliminares; sin embargo, debido a su cargo de congresista el Parlamento debería levantarle el fuero antes de formalizar la acusación. Esto se da vía Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

“Para que la fiscalía investigue al congresista, va a tener que esperar al levantamiento del fuero. Eso significa que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales va a recibir seguramente un pedido o alguien va a denunciar al congresista y se tiene que abrir una investigación en donde él va a tener derecho de defensa y va a poder acudir presencialmente a alimentar su defensa”, refirió Carlos Caro.

“Luego de agotado ese trámite, la subcomisión vota. Si vota por el levantamiento del fuero, entonces pasa a ser investigado [formalmente en la fiscalía], previa confirmación del pleno o de la Comisión Permanente”, puntualizó.