Karem Barboza Quiroz

En los próximos días, el Poder Ejecutivo presentará ante el () una demanda competencial contra el Ministerio Público (MP) y el Poder Judicial (PJ), buscando que la presidenta , no pueda ser investigada por la por el , en el tiempo que le queda de mandato.

Sin embargo, el TC ya tiene en manos otra demanda a favor de Boluarte Zegarra que cuestiona todo el proceso desde que se inició en marzo de este año, según el expediente obtenido por El Comercio.

Como principal pedido, se solicita que se anule toda la investigación, incluyendo el allanamiento a su domicilio, requiriendo que el caso tenga -previamente- la autorización del .

MIRA: Dina Boluarte: Fiscalía de la Nación seguirá investigando a la presidenta por presunto enriquecimiento ilícito y omisión de declaración

El expediente ha sido llevado vía un hábeas corpus al TC por el abogado Marco Riveros, quien (en marzo pasado) ya fue cuando interpuso una demanda similar en el Poder Judicial,

Sin embargo, ahora, será el TC la instancia que defina si acepta los términos planteados por el abogado o los rechaza.

La demanda de hábeas corpus ha sido remitida al Pleno del órgano máximo de interpretación constitucional.

¿Cuál es el argumento y lo que pide al TC?

De acuerdo con los documentos presentados ante el Tribunal Constitucional, el abogado plantea una presunta exigencia del Nuevo Código Procesal Penal, según la cual se requiere una denuncia constitucional previa, aprobada por el Congreso, para que el fiscal de la Nación pueda accionar contra la mandataria.

Que el artículo 450 del Nuevo Código Procesal Penal exige que antes de iniciar una investigación a una presidente debe denunciarse ante el Congreso de la República, este trámite previo no hizo el fiscal de la Nación lo que conlleva a la nulidad de todo lo actuado”


Marco Riveros, abogado accionante.

Y, sobre este punto el abogado introduce la alegación de que incluso, para iniciar las diligencias preliminares contra un presidente en ejercicio, la fiscalía debe tener la autorización del Parlamento.

Según describe el abogado, las diligencias preliminares no se escapan de la regulación del Nuevo Código Procesal Penal ni dejan de ser actos procesales dentro de un proceso penal.

De allí que considera que para iniciar las diligencias preliminares a un presidente de la República, antes se tiene que hacer una denuncia ante el Congreso.

“Se debe respetar la inmunidad presidencial y corresponde que se haga conocer al Congreso de la República por qué investigarán a la máxima autoridad de un Estado en ejercicio, siempre tomando en cuenta que no es a Dina Ercilla Boluarte Zegarra la que vienen investigando sino a ia investidura de Presidente de la República de todos los peruanos que es muy distinto”.

Marco Riveros, abogado accionante.

Marco Riveros,

Como otro argumento, señala que la investigación seguida contra Dina Boluarte Zegarra no podría continuar, debido a que el actual fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, es “interino” y, porque “no juramentó ante el presidente de la República” tal como señala el artículo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Cuestionó que los jueces del Poder Judicial hicieron una distinción donde la ley no lo establece; es decir, los magistrados argumentaron que la norma hace referencia a un fiscal de la Nación titular y no interino, por lo que no había obligación de que jurar ante el presidente.

Añade que así como toda persona tiene derecho a un “juez natural”, debería tener derecho a un “fiscal natural”.

“De este modo, todas las investigaciones que viene realizando hasta la fecha son nulos, por violentar el debido proceso en la vertiente de legalidad procesal, donde se incluye el allanamiento al domicilio de la presidente”, adujo Riveros.

Riveros, puso como otro cuestionamiento, que a la diligencia de allanamiento no haya acudido el fiscal de la Nación; sino un fiscal adjunto.

El coronel PNP Colchado saliendo de la casa de Boluarte, en Surquillo, una vez que concluyó el allanamiento a esa propiedad de la presidenta. (Foto: César Grados | El Comercio)
El coronel PNP Colchado saliendo de la casa de Boluarte, en Surquillo, una vez que concluyó el allanamiento a esa propiedad de la presidenta. (Foto: César Grados | El Comercio)

Además, objetó que el PJ haya indicado que su hábeas corpus -que ahora llegó al TC- argumente que las acciones de la fiscalía limitan la libertad personal directa o indirecta de la mandataria.

“Este es un error porque si afecta la libertad personal de manera indirecta debido a que un fiscal que no tiene legitimidad y competencia ha promovido afectaciones a la libertad personal de una presidente, en la vertiente de derecho a la intimidad en su domicilio que fue violentada por fiscales de rango inferior que no tenían competencia y legitimidad para ello”, sostuvo.

Cabe precisar que, cuando la demanda de amparo se encontraba en el Poder Judicial, la defensa legal de Boluarte Zegarra, desautorizó al abogado Riveros.

Esta semana, además, la Fiscalía de la Nación presentó la denuncia constitucional contra la mandataria, únicamente por la aceptación y uso de tres relojes suizos, una pulsera con diamante Bangel, y unos aretes de argolla de oro y diamante. Mientras que, la investigación por los presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y omisión de consignar información en documento oficial, continúan en el despacho del fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena.



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