Las actas observadas son aquellas que presentan una inconsistencia numérica, por error en la sumatoria de votos, ilegibilidad o porque no tienen la firma de los miembros de mesa. (GEC)
Las actas observadas son aquellas que presentan una inconsistencia numérica, por error en la sumatoria de votos, ilegibilidad o porque no tienen la firma de los miembros de mesa. (GEC)
/ ATOQ RAMON
Redacción EC

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones () revisó este lunes 10 expedientes de apelación de actas observadas de la segunda vuelta de las , la cual se llevó a cabo del pasado domingo 6 de junio. El tribunal resuelve en estos momentos las solicitudes.

En la sesión estuvieron presentes los abogados de las agrupaciones políticas Perú Libre y Fuerza Popular, quienes argumentaron errores en la suma de los votos, inconsistencia numérica y errores en las firmas de los miembros de mesa.

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Los expedientes provienen de diversas regiones del Perú como La Libertad, Cajamarca, Huánuco, Amazonas, Lambayeque y Áncash.

Los magistrados del JNE escucharon los argumentos de las agrupaciones políticas y el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, dejó al voto las apelaciones para resolverlas en el plazo correspondiente.

Las actas observadas son aquellas que presentan una inconsistencia numérica, por error en la sumatoria de votos, ilegibilidad o porque no tienen la firma de los miembros de mesa. Estas no son contabilizadas por las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE) y se remiten a los Jurados Electorales Especiales (JEE) que resuelven en primera instancia; en caso de apelación se elevan al Pleno del JNE para que resuelva en segunda y definitiva instancia.

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Cabe destacar que para proclamar los resultados oficiales de un proceso electoral al 100 % se tiene que esperar a que se resuelvan todas las actas observadas y los votos impugnados en los organismos electorales.

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