El 10 de febrero es la fecha límite para que se publiquen las fórmulas presidenciales y listas de candidatos que han sido admitidas para participar en estas elecciones generales 2021. Además, es también la fecha máxima para renunciar y retirar candidaturas, de acuerdo con el cronograma electoral.
En lo que avanza la campaña electoral, y en tanto han sido inscritas las candidaturas, se han presentado 23 tachas contra candidatos a la Presidencia de la República y al Congreso, según pudo sistematizar El Comercio. Uno de estos recursos, presentado contra el candidato Daniel Urresti, la carta presidencial de Podemos Perú, fue declarado fundado el último jueves y por tanto fue tachado en primera instancia.
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Además de Urresti, se presentaron otras seis tachas contra la postulantes a la Presidencia. Dos de ellas contra el candidato Hernando de Soto (Avanza País). Asimismo, se formularon tres tachas contra listas al Congreso. Los partidos políticos contra los que se presentó la mayoría de tachas son Victoria Nacional, el Partido Morado y Avanza País.
El ‘ránking’ de tachas presentadas contra partidos y candidatos
Partido político | Procedencia | Elección | Candidato |
---|---|---|---|
Victoria Nacional | Arequipa | Congreso | Edilberto Salazar Zender |
Victoria Nacional | Callao | Congreso | Juan Malpartida |
Victoria Nacional | Huánuco | Congreso | Daisy Soto |
Victoria Nacional | Huánuco | Congreso | Contra la lista |
Victoria Nacional | Nacional | Presidencia | George Forsyth |
Partido Morado | Arequipa | Congreso | Nicolás Talavera |
Partido Morado | Extranjero | Congreso | Rossana Cribillero |
Partido Morado | Extranjero | Congreso | Estela Lerma |
Partido Morado | Nacional | Presidencia | Contra la lista |
Avanza País | Arequipa | Congreso | Julio César Sumerinde |
Avanza País | Ica | Congreso | Mónica Guillén |
Avanza País | Nacional | Presidencia | Hernando de Soto |
Avanza País | Nacional | Presidencia | Hernando de Soto |
Somos Perú | Lima | Congreso | Martín Vizcarra |
Somos Perú | Lima | Congreso | Martín Vizcarra |
Somos Perú | Lima | Congreso | Contra la lista + Martín Vizcarra |
Podemos Perú | Piura | Congreso | Contra la lista |
Podemos Perú | Nacional | Presidencia | Daniel Urresti |
Podemos Perú | Nacional | Presidencia | Daniel Urresti |
APP | Arequipa | Congreso | Orlando Mollo |
APP | Arequipa | Congreso | Tatiana Casillas |
Acción Popular | Cajamarca | Congreso | Henry Pintado |
Fuerza Popular | Nacional | Presidencia | Keiko Fujimori |
Tachas contra candidatos a la Presidencia
George Forsyth:
El 31 de diciembre, el ciudadano Andrés Villar Vélez presentó una tacha contra la candidatura de George Forsyth, quien postula a la presidencia con el partido político Victoria Nacional. En el recurso alegó que el candidato se encontraría impedido de postular al cargo porque “la organización política que lo postula habría infringido normas de democracia interna”. El 5 de enero, se admitió a trámite dicha tacha, pero el 13 de enero fue declarada infundada.
Finalmente, el 16 de enero el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 concedió el recurso de apelación a Villar Vélez y se concluyó que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sea quien resuelva, en última instancia, la tacha presentada. Finalmente, el 26 de enero se concluyó que el recurso de apelación de Villar Vélez era infundado.
Fórmula presidencial del Partido Morado:
El 31 de diciembre del 2020, el ciudadano José Carlos Medina Bolo presentó una tacha contra la fórmula presidencial del Partido Morado. Esta fue declarada improcedente y archivada debido a que se trató de una tacha extemporánea.
“La tacha formulada por el ciudadano deviene en improcedente pro extemporánea”, precisó el JEE. Finalmente, el 11 de enero se declaró consentida esa resolución que desestimó la tacha.
Daniel Urresti:
Contra la candidatura de Daniel Urresti se presentaron dos tachas. La primera, del 31 de diciembre, fue formulada por el ciudadano Luis Ayala Bao. El 4 de enero, fue declarada infundada. Él había alegado que Urresti “se encontraría impedido de postular al cargo de presidente de la República” porque “están impedidos de postular a cargos de elección popular las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autora o cómplices, por la comisión de delito doloso”.
El ente electoral respondió que esta sentencia fue informada por Urresti en la declaración jurada de su hoja de vida, “cumpliendo así con el principio de transparencia al que debe estar sujeto todo ciudadano que postule a un cargo público proveniente de elección popular”, precisaron. El 15 de enero, el JNE también declaró infundado el recurso de apelación de Ayala Bao.
Situación diferente fue con la tacha presentada por el ciudadano Andrés Iván Villar Vélez, quien interpuso este recurso también el 31 de diciembre. El jueves, esta tacha fue declarada fundada por el JEE Lima Centro 1. Argumentó que no existe independencia o autonomía en el Tribunal Electoral Nacional (TEN) de Podemos Perú debido a que 3 de sus 5 miembros son, a su vez, dirigentes del partido.
El ente electoral sostuvo que “la tacha contra la fórmula presidencial de la organización política Podemos Perú, a criterio de este colegiado se advierte afectación a la Autonomía del TEN respecto a su rol, lo cual además se refleja de los acuerdos reseñados a modo de ejemplo, por la consideraciones antes expuestas corresponde declarar fundada la tacha”.
Hernando de Soto:
El 9 de enero, el ciudadano Jainos Gora Medrano presentó una tacha contra la candidatura de Hernando de Soto (Avanza País) a la presidencia. Alegó que De Soto se encontraría impedido de postular al cargo por “la conformación antiestatutaria del Tribunal Electoral Nacional (TEN), contraviniendo normas de la democracia interna de la organización política y la vulneración de la autonomía del TEN, ya que uno de los miembros vendría ocupando otros cargos directivos dentro de la organización política”.
El 9 de enero se admitió la tacha, pero el 15 de enero fue declarada infundada debido a que el JEE precisó que no hubo afectación en su independencia durante los comicios internos. “[...] A criterio de este colegiado no se advierte afectación a la autonomía política del TEN, en la medida en que la elección interna de candidatos a presidente y vicepresidente fue realizada con la participación de instituciones autónomas como la Reniec, ONPE y el JNE, con resultados públicos”, precisa la resolución
Paralelamente, el 11 de enero se admitió una tacha formulada por el ciudadano César Girón Atoche contra De Soto por supuestamente haber incurrido en una falta al mencionar en su hoja de vida como grado académico una “demi licence” en ciencias económicas otorgada por la Universidad de Génova, que no ha sido registrada en la Sunedu. “[...] Dicho grado o título no está registrado en Sunedu, por lo que al declarar información falsa debería ser excluido de la candidatura”, complementa. El 15 de enero, la tacha de Girón Atoche fue declarada infundada.
Asimismo, el 3 de febrero el JEE consideró no iniciar una exclusión al candidato por supuestamente consignar información falsa en su hoja de vida sobre sus estudios universitarios. Expusieron que si bien De Soto consigna en su hoja de vida de estudios generales en letras en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), la palabra “bachiller” en vez de “bachillerato” no puede asumirse que se trate de información falsa.
Keiko Fujimori
El 29 de diciembre, el ciudadano Duilio Geldres Quispe presentó una tacha contra la candidata a la presidencia por Fuerza Popular, Keiko Fujimori. Sin embargo, fue declarada improcedente por extemporánea, ya que se presentó fuera de los plazos. Posteriormente, el 11 de enero, el JEE Lima Centro 1 declaró consentida esa resolución, confirmando la improcedencia de la tacha. Se dispuso archivar el caso.
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Tachas a listas
Lista de Victoria Nacional en Huánuco:
El 10 de enero, la ciudadana María Teófila Cisneros Melgarejo interpuso una tacha contra la lista por Huánuco de Victoria Nacional, debido a una supuesta infracción en los requisitos de lista. Pero el 11 de enero, la tacha interpuesta fue declarada inadmisible al no contar con la tasa de justicia electoral correspondiente (el pago de la tasa para interponer la tacha).
Lista de Podemos Perú en Piura:
El 27 de diciembre, el ciudadano John Daves Ortiz Matías presentó una tacha contra la lista por Piura de Podemos Perú. El 31 de diciembre, el JEE la declaró improcedente debido a que el recurso fue ingresado fuera del plazo establecido. “La tacha interpuesta fuera del horario establecido deviniendo en improcedente por extemporánea”, precisaron.
Tachas a candidatos al Congreso
Edilberto Salazar Zender:
El 31 de diciembre, la ciudadana Zoila Meylin Reinoso Choque presentó una tacha contra el candidato Edilberto Salazar Zender porque, argumentó, “(…) que el candidato, al ser un funcionario público o trabajador del Estado, no podría haber adquirido propiedades por varios millones de soles y al no haber justificado su patrimonio habría un grave desbalance patrimonial. El JEE deberá remitir la información al Ministerio Publico y a la Unidad de Inteligencia Financiera para que actúe conforme a sus atribuciones, solicitando se declare fundada la tacha y declarar improcedente la participación el candidato tachado (…)”.
Sin embargo, el 4 de enero esta tacha fue declarada infundada porque no estuvo fundamentada en ninguna presunta infracción a la legislación electoral. “[...] pues el supuesto desbalance patrimonial del candidato denunciado -que dicho sea de paso no acredita la tachante- no constituye un supuesto establecido en la ley”, indica el JEE.
Además, el 22 de enero el JNE declaró infundada la apelación por el mismo motivo: no está previsto como impedimento para postular.
Juan Malpartida:
El 1 de enero, la ciudadana Katty Deborah Ávalos Núñez interpuso una tacha contra Juan Malpartida Filio alegando que la hoja de vida del candidato “no contiene información en el rubro VIII - Declaración Jurada de Bienes y Rentas; es decir, el candidato no tendría ningún ingreso económico, lo cual contradice toda regla de la lógica [...]”.
El 9 de enero, se declaró infundada la tacha debido a que no se demostró alguna omisión de información por parte del candidato respecto de sus ingresos durante el 2019.
El 3 de febrero, una resolución del JEE del Callao precisó que el 2 de febrero el fiscalizador de hoja de vida puso en conocimiento sobre la presunta omisión de información en la declaración jurada de hoja de vida de Juan Malpartida Filio, pues en el rubro de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar que quedaron firmes, “no habría declarado la sentencia o auto final impuesta en su contra, en el Expediente N.° 02404-2010-0- 0701-JP-CI-01, sobre obligación de dar suma de dinero, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia del Callao”. Por tanto, “se advierte que el aludido candidato presuntamente habría omitido la información requerida”, precisa la resolución. Se concedió un plazo para que el personero de la agrupación emita un descargo.
Daisy Soto:
El 10 de enero, la ciudadana María Teófila Cisneros Melgarejo interpuso una tacha contra Daysi Yeni Soto, candidata por la región Huánuco por Victoria Nacional, por una supuesta infracción de los requisitos de lista y omisión en la declaración jurada de hoja de vida. Pero el 19 de enero esta tacha fue declarada infundada.
Nicolás Talavera:
El 31 de diciembre, el ciudadano Carlos Damián Manrique interpuso una tacha contra el candidato Nicolás Talavera Benavente alegando que al presentar “el formato único de declaración jurada de hoja de vida –en el rubro VIII: Declaración Jurada de Bienes y Rentas– ha omitido declarar que participa en la empresa “Perfil Marketing & Sociedad Comercial””.
El 4 de enero, la tacha fue declarada infundada, pues “no estaba obligado a declarar y/o registrar a través del Sistema Declara el hecho de tener participaciones (bienes muebles)”, esto debido a que el formato “no da lugar a ello”. El 22 de enero, el JNE ratificó el recurso como infundado por el mismo motivo: “[...] el no haberlo hecho no se halla previsto bajo la sanción de exclusión de la contienda electoral. Ello porque la ausencia de claridad en el Formato Único de DJHV sobre este particular, generada por la reducción de los alcances de dicha herramienta de postulación [...]”.
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Rossana Cribillero:
El 31 de diciembre, se presentó una tacha formulada por el ciudadano Anthony Edwin Palomino Masgo contra la candidata Rossana Cribillero. Pero fue declarada improcedente en la misma fecha debido a que fue extemporánea.
Estela Lema:
El 31 de diciembre, Anthony Edwin Palomino Masgo también presentó una tacha contra la candidata Estela Lema. Pero, al igual que en el caso de Rossana Cribillero, fue declarada improcedente por extemporánea.
Julio César Sumerinde
El 31 de diciembre, el ciudadano Carlos Damián Manrique presentó una tacha contra Julio César Sumerinde debido a que en el rubro de “Bienes y Rentas” de su declaración jurada habría omitido declarar que es titular gerente y propietario de la empresa “Peru Sweet Home E.I.R.L.”.
El 3 de enero, esta tacha fue declarada infundada. Se concluyó que no había evidencia de que la empresa haya generado rentas. “[...] no obstante, se debe aclarar que el candidato en mención no ha tenido la intención de ocultar la existencia de dicha empresa, conforme aparece en su Declaración Jurada de Hoja de Vida”, añade el ente electoral. Finalmente, el 20 de enero el JNE declaró infundado el recurso de apelación de Damián Manrique.
Mónica Guillén:
El 30 de diciembre 2020, se presentó una tacha contra la candidata Mónica Guillén debido a que habría omitido consignar en la declaración jurada de hoja de vida ser titular de la empresa JLJ Contratistas EIRL. Sin embargo, el 2 de enero se declaró infundada esta tacha y el 20 de enero el JNE confirmó esto con la misma decisión.
Orlando Mollo y Tatiana Casillas:
El 31 de diciembre, la ciudadana Zoila Meylin Reinoso Choque interpuso una tacha contra los candidatos Tatiana Casilla Talavera y Orlando Mollo Medina. Sobre Tatiana Casillas, se argumentó que la candidata debía ser tachada debido a que omitió declarar en su hoja de vida “que en su condición de heredera es copropietaria” de un predio “que actualmente conduce con sus hermanos y tiene un valor superior a los trescientos mil dólares”.
Sobre Orlando Mollo, se argumentó que “(…) al presentar el Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida del Candidato – en el rubro VIII Declaración Jurada de Bienes y Rentas – ha omitido declarar que participa en la Empresa “Galpor Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada” y su abreviatura GALPOR S.R.L., siendo titular de 990 participaciones de un total de 1000, siendo titular del 99% de la empresa”.
El 4 de enero, se declaró fundada la tacha contra Tatiana Casillas e infundada la presentada contra Orlando Mollo. El 22 enero, el JNE confirmó la decisión relacionada a Mollo. Además, en esa misma fecha, el JNE declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el personero de Alianza para el Progreso (APP) y, en consecuencia, se confirmó la resolución que “declaró fundada la tacha interpuesta contra Tatiana Katherine Casillas Talavera”.
Henry Pintado:
El 11 de enero, se interpuso una tacha contra el candidato Henry Pintad. Pero el ente electoral indicó que esta no contaba con sustento suficiente para concluir que estaba impedido de ser candidato.
“Al no haberse cometido infracciones a su reglamento general de elecciones y a las normas electorales, no resulta factible declarar fundada la tacha y la improcedencia de la inscripción del candidato al congreso de la República”, indicó el ente electoral.
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