El JNE informó que hasta el pasado 9 de julio ninguna agrupación política presentó solicitudes de inscripción ante el ROP. (Foto: GEC)
El JNE informó que hasta el pasado 9 de julio ninguna agrupación política presentó solicitudes de inscripción ante el ROP. (Foto: GEC)
/ MANUEL MELGAR
Redacción EC

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones () reiteró su exhortación al para que apruebe una regla especial que permita la inscripción de nuevas organizaciones políticas, a fin de que puedan participar en las próximas .

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El JNE recordó que el artículo 4 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N.° 28094) establece de forma expresa que solo pueden presentar fórmulas y listas de candidatos los partidos que tengan inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP), a la fecha de vencimiento del plazo de la convocatoria para las elecciones respectivas.

En ese sentido, precisó que hasta la convocatoria a los comicios del 2021, el pasado 9 de julio, ninguna agrupación presentó solicitudes de inscripción ante el ROP por diversos motivos como, por ejemplo, las limitaciones de la emergencia sanitaria y la cuarentena por el COVID-19.

Remarcó que las organizaciones políticas podrán participar solo si el Congreso aprueba una norma que otorgue un nuevo plazo extraordinario y especial para su inscripción.

El pleno del JNE informó que ha culminado el proceso de implementación de una plataforma virtual para la presentación y procesamiento de las solicitudes de inscripción al ROP de las nuevas organizaciones políticas, pero que no podrá ser utilizada mientras el Congreso no apruebe la referida regla especial.

Instalación progresiva por la pandemia

Asimismo, el pleno del JNE solicitó al Parlamento que apruebe una norma de carácter transitorio que suspenda el plazo máximo para la instalación de los Jurados Electorales Especiales (JEE), del tal forma que se habilite al JNE a instalarlos de manera progresiva y de acuerdo con las necesidades del cronograma electoral del proceso electoral del 2021.

Recordó que el artículo 31 de la Ley Orgánica del JNE establece que los JEE se instalen 30 días después de la convocatoria a los comicios.

“Sin embargo, debido a la pandemia por el COVID-19 y a la suspensión de las Elecciones Primarias, la instalación de los JEE al inicio del cronograma electoral devendría en innecesaria, además de que no contribuiría al eficiente uso de los recursos del Estado”, se remarcó.

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