Mario Bryce y el momento en que le entrega jabones a Julio Arbizu durante un debate electoral. (Foto: GEC)
Mario Bryce y el momento en que le entrega jabones a Julio Arbizu durante un debate electoral. (Foto: GEC)
Redacción EC

El pleno del (JNE) archivó -por mayoría- el proceso sancionador contra Solidaridad Nacional, luego de que , candidato al Congreso en las últimas elecciones extraordinarias por dicha agrupación, le regalara un jabón al también postulante (Juntos por el Perú) luego de un debate.

MIRA: Tribunal de Honor del PEE exhorta a Mario Bryce a ofrecer disculpas públicas a la ciudadanía

Según la , se declaró fundado el recurso de apelación presentado por la personera legal alterna de Solidaridad Nacional, Diana Masamoto Rivas, y se anularon las resoluciones emitidas por el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 sobre el proceso.

Según el máximo organismo electoral, el citado JEE no verificó si los hechos ocurridos “configurarían un supuesto de infracción”, ni tampoco se evaluó si el acto cuestionado (entrega de jabón) tuvo como finalidad el persuadir a los electores o la búsqueda de sus votos.

Resolución del JNE que archiva proceso contra Solidaridasd Nacional. (Foto: Difusión)
Resolución del JNE que archiva proceso contra Solidaridasd Nacional. (Foto: Difusión)

“[El JEE] no ha precisado cómo es que el hecho señalado en el informe de fiscalización presentaría los elementos suficientes que encuadren en un supuesto acto de propaganda electoral que originarían el inicio del procedimiento”, detalla el documento.

En ese sentido, el JNE, la máxima instancia, afirma que el JEE “no evaluó en forma correcta” el incidente sindicado como presunto acto infractor, “lo que conllevó a iniciar por error un procedimiento sancionador sobre propaganda electoral” contra Solidaridad Nacional.

“En consecuencia, tanto al inicio del procedimiento sancionador (calificación inicial de la conducta infractora) como en la etapa de determinación de la infracción no se ha cumplido con motivar de forma clara, lógica y completa los hechos y circunstancias que se dan por probadas, y la valoración de la prueba que la sustenta, con la indicación del razonamiento que justifique la responsabilidad de la organización política”, señala la norma.

Cabe indicar que la resolución del JNE fue publicado este sábado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y tiene como fecha 27 de mayo de 2020.

El pasado 7 de enero, durante un debate organizado por el El Comercio entre ambos candidatos, al final del encuentro Bryce le entregó jabones a Arbizu. Tras la polémica, el entonces candidato por Juntos por el Perú por el presunto delito de discriminación, que de acuerdo con el artículo 323 del Código Penal es sancionado con hasta tres años de pena privativa de la libertad o servicio comunitario.

Asimismo, el JEE de Lima Centro 1 admitió a trámite un procedimiento sancionador contra la organización política Solidaridad Nacional e incluso el Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral (PEE) emplazó a Mario Bryce a ofrecer disculpas públicas a la ciudadanía.

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