El gobierno del presidente Martín Vizcarra presentó a las 9:28 a.m. de este jueves un pedido al Congreso de la República a fin de que se le permita legislar por un período de 60 días. Esto a fin de emitir normas que desde distintos sectores prevengan, atiendan y mitiguen los efectos de la pandemia del coronavirus (COVID-19). El requerimiento se hace en el undécimo día del Estado de Emergencia en nuestro país.
En el documento, el Ejecutivo resalta que las medidas son necesarias para salvaguardar el derecho a la protección de la salud, el medio familiar y la comunidad.
Una vez presentado el pedido, su aprobación queda en manos del Congreso de la República. De acuerdo a lo conocido hasta el momento, el pleno delegará tal facultad a la Comisión Permanente, integrada por 25 representantes de las 9 bancadas.
Son 11 las materias que contempla el pedido del gobierno de Vizcarra, que detallamos a continuación.
1. Salud
El objetivo es dictar medidas para la adecuada prestación de servicios de prevención y atención a las personas contagiadas y con riesgo de contagio de COVID-19. También se busca “reorganizar los servicios de salud”, en el marco de la emergencia sanitaria.
De acuerdo al texto, tal fin lleva a “la necesidad de contar con un marco normativo que habilite diversas acciones que permitan reforzar la cobertura a este derecho [la salud], lo que implica la regulación de los medicamentos, equipos e insumos médicos”.
Otro aspecto a regular se refiere a la “promoción, desarrollo y difusión de la investigación científica-tecnológica, que permitirá enfrentar epidemias y pandemias de este tipo, tanto en el presente contexto como hacia el futuro”.
“Adicionalmente, para dictar medidas que permitan garantizar la seguridad y salud en el trabajo de quienes proveen el servicio d salud a toda la población, lo que incluye reforzar el sistema de salud coordinado y descentralizado, así como demás normativa sanitaria”, se agrega.
2. Materia fiscal y tributaria
El Ejecutivo advierte que el coronavirus ha tenido un impacto económico debido al menor volumen de exportaciones y las medidas que afectan la capacidad de consumo de la población, lo que “dificulta lograr estándares de recuperación y crecimiento económico durante el año 2020”.
Así, mientras el Gobierno esperaba un crecimiento económico del 4%, se advierte la obligación de revisar las cifras a la baja. “Es factible que este 2020 se alcance un nivel de 2%, o al menos un nivel similar al año anterior”, se apunta, acotando que es una “situación excepcional y temporal” y que se ha implementado una política de emergencia económica ascendente a más de S/ 2 mil millones.
Por tanto, ante la incertidumbre internacional, las pérdidas que acumulan las bolsas de valores, la “severa recesión global” que se abre paso y una crisis que “podría durar más de dos trimestres” el gobierno del Perú cree necesario: “...incrementar la disponibilidad de recursos para proteger la canasta familiar de nuestros conciudadanos; flexibilizar tasas y calendarios tributarios; y brindar créditos blandos a las pequeñas y microempresas [...] para que financien su capital de trabajo y reestructuren sus deudas”.
Entre las medidas a regular están la suspensión temporal de reglas fiscales vigentes, a fin de minimizar los efectos del “shock negativo en la economía peruana”; la prórroga por 3 años más del beneficio de recuperación anticipada del impuesto general a las ventas (IGV) a fin de fomentar la inversión privada, especialmente en contribuyentes de menor tamaño; el fraccionamiento y aplazamiento especial de deuda tributaria para sectores afectados por el COVID-19; la modificación de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR) de tercera categoría, para que los contribuyentes obtengan mayor liquidez.
También la deducción de donaciones para efectos del IR; la depreciación acelerada de algunas cuentas del activo fijo, para promover la inversión privada y otorgarles a las empresas mayor liquidez; la ampliación del plazo de arrastre de pérdidas durante los cuatro ejercicios siguientes; la simplificación de los regímenes tributarios aplicables a empresas de menor tamaño; y, finalmente, la ejecución de medidas económicas y financieras para reactivar la economía y evitar el desmoronamiento de la cadena de pagos.
3. Inversión pública
El Poder Ejecutivo plantea legislar también en cuanto al incentivo de la inversión pública, que ha sido impactada en torno a proyectos activos, ejecución física de inversiones debido a la paralización de obras y tramitación de procedimientos administrativos.
Asimismo, se propone la simplificación y promoción de la ejecución de inversiones públicas, y a su vez promover la dinámica privada en la prestación de servicios integrales; y la reactivación económicas a través de la inversión de los gobiernos locales y regionales.
4. Seguridad ciudadana y orden interno
El fin, de acuerdo al documento, es garantizar las medidas dispuestas en materia de salubridad, así como en el control del orden interno en espacios públicos y protección de espacios estratégicos.
Por tanto, una de las normas e emitir se refiere a la regulación de las acciones de la Policía Nacional del Perú (PNP), en coordinación con las Fuerzas Armadas, a fin de reforzar su rol y garantizar el cumplimiento estricto de las disposiciones de la salud pública, dentro de los parámetros constitucional y legalmente establecidos.
5. Promoción del empleo
El Ejecutivo estima que, debido a la emergencia nacional, perderán sus empleos más de 500.000 trabajadores de microempresas (1-10 trabajadores); además, de 570.000 de pequeñas empresas (11 a 100 trabajadores).
Por tanto, “se incluirá en el marco de las facultades delegadas el otorgamiento de subvenciones para microempresas y pequeñas empresas; la simplificación de procedimientos, de la mano con las entidades competentes, para la entrega de certificados y otros documentos en el marco del Servicio Nacional del Empleo. Asimismo, se asignarán mayores recursos para los programas de empleo, lo cual permitirá mayores ingresos en los hogares y la generación de mayores capacidades para su integración en el mercado laboral formal; esta medida irá acompañada de incentivos a las empresas”.
También se reforzarán las inspecciones laborales a efectos de protegerlos en cuanto al riesgo de perder sus empleos, así como en torno a su seguridad y salud en el trabajo. También se reforzarán los servicios de defensa legal para trabajadores.
Además, “se prevé dictar medidas para garantizar prestaciones de salud a personas desempleadas, así como apoyo al cuidado de familiares con COVID-19 o en grupo de riesgo, dirigidas a los usuarios, para su atención médica y protección financiera para los gastos de salud”.
6. Educación
Se advierte que debito a la emergencia sanitaria, más de 8 millones de estudiantes de colegios públicos no están recibiendo sus clases de manera presencial. Sin embargo, se considera que “hay una amplia variabilidad en los medios a través de los cuales los estudiantes puede acceder a contenidos de aprendizaje mientras no se puedan dar clases de forma presencial”.
Ante ello, “se requiere que el Ministerio de Educación deba proveerse de infraestructura y servicios complementarios en materia tecnológica, obtener acceso a material educativo para transmisión masiva y de la mayor calidad disponible, y tener las facilidades necesarias para disponer de los medios de telecomunicación que requiera para la proyección y difusión de dicho material”.
En el caso de la educación superior, se propone el inicio de clases virtuales como plan de contingencia. Para tal fin, “se requiere financiamiento y flexibilización de la Ley Universitaria y de institutos, para mejorar y ampliar la cobertura de las modalidades formativas a distancia y semipresencial para programas académicos de pregrado y posgrado, promoviendo el uso de herramientas tecnológicas par la prestación del servicio educativo superior que cumpla con las condiciones básicas de calidad”.
Por tanto, el Ejecutivo prevé aprobar medidas para brindar mejores condiciones de accesibilidad y soporte informático, incluyendo equipamiento, de generación, adquisición y distribución de contenidos educativos, así como de personal.
Y considerando que universidades públicas se han visto afectadas en la recaudación directa de recursos, a raíz de la postergación de procesos de inscripción y matrícula, se plantea habilitar a dichas instituciones “para que puedan realizar modificaciones presupuestales y/o transferirles recursos de la reserva de contingencia para que puedan cubrir los gastos operativos que regularmente son financiados por recursos directamente recaudados”.
7. Prevención y protección de personas en situación de vulnerabilidad
El Gobierno advierte que “en tiempos de crisis, como la emergencia que se vive a causa del COVID-19, la situación de violencia que sufren las mujeres, así como otras personas en situación de vulnerabilidad, se agudiza”.
Es así que en solo 9 días de aislamiento social obligatorio se registraron un feminicidio y 207 denuncias por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Por tanto, el Ejecutivo prevé legislar para modificar la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Esto con el fin de incorporar medidas que garanticen la atención, protección y el acceso a la justicia de las mujeres e integrantes del grupo familiar, víctimas de violencia, así como fortalecer el Sistema Nacional Especializado de Justicia...”.
También se plantea aprobar medidas para garantizar la seguridad, salud, integridad y protección de las personas adultas mayores, especialmente de aquellas que viven solas, abandonadas o con vida en la calle. “Se busca generar los mecanismos para una atención prioritaria de los servicios de: identificación, cuidado (alimentación, vestidos, hospedaje/albergue), entre otros), atención de su salud integral, preferencia y facilitación (entrega a domicilio) en el cobro de pensiones, bonificaciones, pagos que tengan que realizar, entre otros.
La emergencia también ha evidenciado, señala el Ejecutivo, la necesidad de contar con una legislación que proteja en mayor medida a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de riesgo y a sus cuidadores, cuando los tengan; así como a los miembros de pueblos indígenas u originarios.
También se hace necesario, señala el documento, que “se regulen instancias, mecanismos y procedimientos para atender de manera específica los casos de población penitenciaria condenada y adolescentes sujetos a medida de internamiento, por su situación de especial vulnerabilidad ante el COVID-19”.
8. Servicios públicos y bienes y servicios esenciales
Las normas a emitir también buscarán establecer medidas extraordinarias que garanticen la continuidad de los servicios públicos de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, entre otros.
“...Se plantea que, dentro de la delegación de facultades legislativas, se pueda reforzar la sanción a la realización de comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o de información...”, dice el documento.
También se adoptarán medidas para garantizar la reconstrucción y cierre de brechas en transporte y proteger el patrimonio cultural de la nación.
9. Protección a sectores productivos y extractivos, y a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.
Entre los sectores productivos se encuentran la agricultura, minería, pesca, acuicultura, entre otros.
Por ejemplo, “en el caso de la agricultura y riego, se requiere de la adopción de medidas urgentes para reducir eliminar o mitigar los riesgos respecto al abastecimiento suficiente de alimentos para atender las necesidades de los consumidores”.
Se resalta además que todas las medidas dictadas para la contención y protección de los sectores productivos y extractivos “serán especialmente focalizadas en las micro y pequeñas empresas, que se han visto afectadas también por la emergencia generada por esta pandemia y habilitarán eventualmente también a adoptar acciones frente a las medianas y grandes empresas”.
10. Promoción cultural y de turismo, fomento de libre competencia, derechos de los consumidores y usuarios del sistema concursal
Se presentará un proyecto que mitigue el impacto en la producción, oferta y acceso a bienes y servicios culturales y creativos en el país. También se buscará establecer medidas especiales para fortalecer la promoción de las exportaciones de bienes y servicios con valor agregado, el turismo receptivo e interno y la atracción de inversiones empresariales para acelerar la reactivación de la economía nacional.
El pedido de facultades, señala el Ejecutivo, también busca que “el mercado continúe funcionando con normalidad”. Se resalta también que es necesario “que el Estado regule de manera específica para conservar la competencia efectiva” mientras dure la emergencia.
También se prevé regular sanciones a prácticas como la especulación o el acaparamiento de productos.
De otro lado, se prevé normar la prórroga “por un tiempo razonable” del plazo de entrada en vigencia del Control Previo de Concentraciones Empresariales, que estaba programado para el 20 de agosto.
Asimismo, en cuanto al sistema concursal, se busca crear un procedimiento transitorio especial que permita a los agentes económicos en el Perú afrontar potenciales situaciones por la crisis de la pandemia, a fin de perseguir la mejor recuperación de los créditos de titularidad de los acreedores afectados.
11. Control a cargo de la contraloría
El Ejecutivo subraya que las acciones que se están adoptando requieren importantes precisiones presupuestales, por lo que “se considera esencial incluir dentro del pedido de delegación que sea posible el control concurrente y posterior a cargo de la Contraloría General de la República, a efectos de que verifique el adecuado uso de los bienes y servicios públicos, por todas las entidades del gobierno central, regional y local”.
Para el Gobierno, dicho modelo de control es fundamental para asegurar que las acciones, inversiones y adquisiciones se hagan con el menor riesgo de corrupción posible.