(Foto: Rolly Reyna/ El Comercio)
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Redacción EC

La fiscalía explicó este jueves, a través de un comunicado, la razón por la que no impugnó la medida de detención domiciliaria que en el 2017 confirmó el Colegiado A de la Sala Penal Nacional contra los cabecillas terroristas y Margot Liendo.

El último miércoles, el juez René Martínez Castro señaló en conferencia de prensa que su sala resolvió en julio del año pasado, en segunda instancia, que ambos miembros de la cúpula de Sendero Luminoso cumplan arresto en sus casas y que, en ese momento, ni la procuraduría ni la fiscalía apelaron esa decisión.

Sobre este cuestionamiento del Colegiado A, la fiscalía ha precisado que la medida de detención domiciliaria "no podría haberse impugnado por cuanto ya se había agotado la doble instancia con la confirmación emitida por los mismos miembros del colegiado".

Fuentes de la fiscalía explicaron que no se apeló en esa oportunidad porque ya se había agotado el plazo de los 36 meses de prisión preventiva que establece la ley como máximo.

Precisaron que al agotarse el plazo máximo de la prisión preventiva, el caso bajó al juzgado de primera instancia que, en marzo del 2017, "ordenó el mandato de comparecencia restringida a favor de los implicados, bajo 36 meses de detención domiciliaria y reglas de conducta".

Reiteraron que como esa medida fue confirmada por el mismo Colegiado A en julio del 2017, ya no era posible interponer una impugnación.

El Ministerio Público también se refirió al recurso de nulidad que interpuso el martes 17 contra la orden de excarcelación de Morote y Liendo. El pedido se sustenta en la decisión emitida por la misma sala el pasado 2 de abril, que denegó el pedido de excarcelación por no reunir los requisitos de ley.

Indicaron que ahora no se ha presentado ninguna variación; es decir, no se ha pagado la caución de S/10 mil y los informes policiales sobre los inmuebles donde deben cumplir el arresto siguen siendo desfavorables.

De acuerdo al sustento fiscal, el pago de la caución debió realizarse hasta tres días después de la notificación bajo apercibimiento de revocarse la libertad. Además, dice que habría otros informes de inteligencia desfavorables respecto al arresto domiciliario que no habrían sido evaluados por los jueces.