El Ejecutivo oficializó hoy la norma de reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria, dictaminada por el Congreso de la República. El dispositivo fue publicado este sábado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se trata de la Ley 31118, cuyo artículo único modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú. La modificación precisa: “Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el defensor del pueblo gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas”.
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La norma añade: “El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia”.
También se incluyó como precisión que, en caso de la comisión de delitos antes de asumir el mandato, un juez penal ordinario tendrá la competencia de procesar al legislador.
La ley, en su disposición complementaria final, establece que el Congreso de la República adecuará su Reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario.
El pasado jueves, durante la sesión del pleno virtual, se aprobó en segunda votación esta reforma constitucional, que contó con 103 votos a favor, 14 en contra y una abstención. El encargado de sustentar el dictamen fue el nuevo presidente de la Comisión de Constitución, Luis Valdez (APP), quien expresó su confianza en que los votos serían a favor de la reforma.
En la víspera, el presidente Francisco Sagasti, promulgó la ley considerándola una reforma “muy importante”.
“Saludo la decisión de ayer del pleno del Congreso sobre la eliminación de la inmunidad parlamentaria. Es una reforma constitucional muy importante, que hoy mismo estoy promulgando para que entre inmediatamente en vigencia”, indicó a través de su cuenta en Twitter.
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