En Twitter, el ministro de Justicia también explicó que la Constitución Política solo se puede modificar por el mecanismo del artículo 206 de la misma. (Foto: Minjusdh)
En Twitter, el ministro de Justicia también explicó que la Constitución Política solo se puede modificar por el mecanismo del artículo 206 de la misma. (Foto: Minjusdh)
Redacción EC

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, , consideró que la opinión del Consejo Consultivo de la Comisión de Constitución del “hace tabla rasa del derecho constitucional”.

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A través de su cuenta en Twitter, el titular del Minjusdh explicó que la Constitución Política solo se puede modificar por el mecanismo del artículo 206 de la misma.

“Unos juristas opinan que el Congreso apruebe por insistencia la Ley que modifica los artículos 132 y 133 de la Constitución sobre cuestión de confianza. La Constitución solo se modifica por el mecanismo del artículo 206 de la misma. La mencionada opinión hace tabla rasa del derecho constitucional”, escribió en la red social.

Como se recuerda, los integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión de Constitución y Reglamento exhortaron al Pleno a aprobar por insistencia la autógrafa de ley que regula la cuestión de confianza este martes 19.

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A través de un pronunciamiento público, los 17 miembros del consejo rechazaron la decisión del presidente Pedro Castillo de observar la norma, que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza, regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución.

“La cuestión de confianza no puede ser utilizada para que el Poder Ejecutivo avasalle al Legislativo y obligue a este a aprobar, bajo amenaza de disolución, iniciativas que no correspondan a su ámbito de competencia o que interfieran en los procedimientos y competencias del Congreso”, expresaron.

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“En ese sentido, la autógrafa observada debe ser aprobada por insistencia, rechazando todas las objeciones del Presidente de la República”, agrega el documento, que lleva como título: “En defensa del orden constitucional”.

Los firmantes también enfatizaron que en el derecho público “no es posible una negación fáctica de la confianza y que esta decisión no puede ser interpretada por un órgano que no sea el propio Congreso”.

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