Ajustes en análisis. El último jueves, el ministro de Justicia, Aníbal Torres, confirmó que se evalúa la elaboración de una norma para el recorte de sueldos de los miembros del Gabinete a la mitad. Es decir, la remuneración de los ministros sería rebajada de los S/ 30 mil actuales a S/15 mil.
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“Los ministros voluntariamente vamos a aceptar un sueldo que se reduzca a 50%. Toda transformación que se haga en el Estado se tiene que hacer mediante una norma. Eso lo vamos a definir prontamente y así se dispondrá”, declaró Torres a Exitosa.
El anuncio del ministro va en consonancia con un ofrecimiento de campaña del mandatario Pedro Castillo. Siendo candidato, era habitual escuchar al ahora presidente de la República cuestionar los salarios percibidos por los altos funcionarios del Estado. En sus tantos discursos proselitistas, solía comparar los altos niveles de pobreza en la población frente a lo que él denominaba “la planilla dorada” y “los sueldos de lujo” de las principales autoridades en el Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial.
No resultó sorpresivo que, en una asamblea de Perú Libre el 24 de julio, reforzara el ofrecimiento de reducir a la mitad las remuneraciones de ministros y congresistas. Además, en esos días previos a asumir su mandato, había reiterado su intención de renunciar al sueldo presidencialista para solo quedarse con el de maestro.
“Llegando nosotros a asumir, ya oficialmente, este mandato, vamos a renunciar al sueldo presidencialista y vamos a conducir los destinos del país con el sueldo de maestro. (...) Vamos a proponer al Congreso, solicitando que el sueldo de ministro y congresistas bajen a la mitad”, refirió Castillo en el evento partidario.
Las remuneraciones en el magisterio peruano se clasifican por profesores nombrados y contratados. Los docentes nombrados son ubicados hasta en ocho escalas, según su evaluación y trayectoria. En primera escala, pueden recibir, como mínimo S/ 2.400 y en la octava, como máximo, S/ 6.720. En tanto, un profesor contratado puede ser remunerado hasta con S/ 2.400. En la declaración jurada de hoja de vida para su candidatura a la presidencia, Castillo consignó un monto remunerativo anual de S/ 63.323, lo que por mes equivaldría a unos S/ 5.276.
Mientras el sueldo de los ministros en Perú es de S/ 30 mil, el de presidente y congresistas se mantiene en S/ 15.600. En un comparativo con otros países de América Latina, Chile es el que más paga a sus funcionarios y Perú está entre los últimos, salvo por el rango ministerial.
Cabe recordar que, en junio pasado, el anterior Congreso aprobó la eliminación de la pensión vitalicia para expresidentes. Sin embargo, esta iniciativa fue observada por el Ejecutivo saliente, entonces dirigido por Francisco Sagasti. Este Congreso podría publicarla por insistencia.
Mecanismos de doble filo en el Ejecutivo
La propuesta del presidente Castillo no es nueva. En el 2006, aún como candidato, Alan García había anunciado que en su gestión el sueldo de mandatario, congresistas y ministros sería rebajado incluso a la mitad. Esta política “de austeridad” estuvo, de hecho, ofrecida por escrito en su plan de gobierno y la llegó a concretar ya cuando estuvo en el poder.
Con el Decreto de Urgencia N° 019-2006, vigente a julio del 2006, García rebajó de S/ 42 mil a S/ 16 mil el sueldo presidencialista, y dispuso que los ministros y congresistas perciban 15.600. Para el 2014, bajo el mandato de Ollanta Humala, la suma percibida por todos los ministros de Estado fue rectificada y duplicada a S/ 30 mil. Esa modificación, refrendada con el Decreto Supremo N° 023-2014-EF, es la que se mantiene hasta hoy.
A continuación, una escala comparativa de los salarios mensuales de las principales autoridades del país:
AUTORIDAD | ENTIDAD O CARGO | SALARIO MENSUAL | VALOR EN US$ |
---|---|---|---|
Zoraida Ávalos | Fiscal de la Nación | S/ 46.717 | 11.895 |
Elvia Barrios | Presidenta del Poder Judicial | S/ 46.717 | 11.895 |
Julio Velarde | Presidente del BCR | S/ 41.600 | 10.590 |
Carlos Barrientos | Gerente general de Petro-Perú | S/ 39.000 | 9.930 |
Socorro Heysen | Superintendenta de la SBS | S/ 38.500 | 9.803 |
Marianella Ledesma | Presidenta del Tribunal Constitucional | S/ 35.017 | 8.916 |
Nelson Shack | Contralor general de la República | S/ 32.500 | 8.275 |
Guido Bellido | Presidente del Consejo de Ministros | S/ 30.000 | 7.639 |
Viceministros | S/ 28.000 | 7.129 | |
Jorge Salas Arenas | Presidente del JNE | S/ 23.217 | 5.889 |
Piero Corvetto | Jefe de la ONPE | S/ 15.693 | 3.996 |
Pedro Castillo | Presidente de la República | S/ 15.600 | 3.946 |
María del Carmen Alva | Presidenta del Congreso | S/ 15.600 | 3.946 |
En diálogo con El Comercio, el especialista en contrataciones en el sector público, el abogado Alberto Retamozo, señaló que, en caso el presidente Pedro Castillo insista en un cambio a las remuneraciones, tendría dos mecanismos a escoger. El primero es mediante decreto de urgencia o supremo desde el Ejecutivo. El segundo sería por modificación normativa, solicitada por medio de un proyecto al Congreso. También está la opción de que el gobierno aplique facultades legislativas, siempre que las haya pedido al Parlamento y este se las haya otorgado.
“Los sueldos de presidente, ministros y congresistas están previstos en la Ley N° 28212, que regula las remuneraciones de los altos funcionarios. Si el presidente quisiera bajar su propio sueldo, sería más sencillo que con los otros; con menores implicancias. En su caso, tendría que darse alguna disposición con rango de ley porque sin ella, seguirá percibiendo el sueldo presidencialista y no podría devolverlo al tesoro público. Si desea, podría donar lo recibido, pero eso no tendría respaldo formal ni control”, explica.
Daniela Viteri, exfuncionaria y ahora maestranda en Gestión Pública por la Universidad de Columbia, precisa que, en el caso del sueldo presidencial, la decisión tendría que ser respaldada por el Consejo de Ministros. En cuanto al salario ministerial, entra a tallar la Ley N° 30057, Ley Servir.
“La Ley N° 28212 no establece un mínimo de sueldo presidencial, pero sí un máximo, que es de diez unidades remunerativas del sector público. Sobre los ministros, el artículo 52 de la Ley Servir establece que las compensaciones económicas de estas autoridades, así como de viceministros, secretarios generales y otros, se fijan mediante decreto supremo. En ese sentido, en 2014, durante el gobierno de Humala se aprobó por decreto supremo el aumento a S/30 mil. Entonces, para hacer efectiva la promesa, se tendría que modificar ese decreto y la competencia es exclusiva del Ejecutivo, con el Consejo de Ministros”, indicó Viteri.
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Mayen Ugarte, abogada y especialista del instituto GRADE en Administración Pública, destaca que la medida ofrecida por el presidente Castillo sobre el sueldo ministerial “no tiene una base técnica” y hace peligrar la retención de talento en los sectores.
“Cuando García dispuso una medida similar en el 2006, lo que logró fue que personas muy capacitadas se fueran del Estado. Es un desincentivo peligroso, escondido detrás de una propuesta que puede sonar bien para una buena parte de la población. El Estado demanda especialización, conocimiento amplio, experiencia, sobretiempo. Si, en contraste de demandar alta competencia, disponibilidad 24/7 y exposición política, se rebaja el sueldo a la mitad, se está afectando una cadena de trabajo importantísima”, comenta.
El último antecedente de reducción de sueldo de presidente y ministros se dio en mayo del año pasado, pero fue temporal y se basó en la emergencia sanitaria. Con el Decreto de Urgencia N° 063-2020, Martín Vizcarra dispuso un acortamiento del 10% a los sueldos iguales a S/15 mil y menores de S/20 mil. La rebaja fue de 15% para los montos iguales o mayores a S/ 20 mil. La medida fue aplicable solo para junio, julio y agosto, y los recursos devenidos de la reducción fueron destinados, por la misma norma, a los deudos del personal de salud fallecidos a consecuencia de su labor frente a la pandemia.
Posible choque con el Congreso
De acuerdo con el artículo 94 de la Constitución Política del Perú, el Congreso es quien “gobierna su economía y sanciona su presupuesto”. Bajo esa regulación, que además consta en el Reglamento de ese poder del Estado, un cambio en las remuneraciones a los parlamentarios implicaría la exigencia de un debate propio de ese fuero.
“En el caso de insistir con bajarle el sueldo a los congresistas, se abriría un debate altamente político. Recordemos que, en el 2020, el presidente Vizcarra recortó, en porcentajes pequeños y solo por tres meses, su sueldo y el de sus ministros; pero no tocó el de los congresistas. Entonces, es muy posible que el Parlamento, compuesto como está, exija decidir este tema, mediante la discusión de una ley”, estima Alberto Retamozo.
La abogada Daniela Viteri coincide en esta lectura: “El decreto de urgencia que emitió el gobierno de Martín Vizcarra dejó al final una cláusula que dejaba bajo potestad de los organismos constitucionalmente autónomos, dentro de los cuales está el Congreso, la posibilidad de que ellos hagan lo propio (reducción temporal de sueldos para aportar a los deudos de la pandemia). El Congreso no lo hizo, pero esto permite interpretar que el Congreso tiene el margen para autorregular sus sueldos”.
Populismo y perjuicio
Mayen Ugarte recuerda que, por ley, los funcionarios públicos que dejan sus puestos tienen impedimento de un año para trabajar en el sector privado dentro de las actividades de su competencia. Esta limitación temporal, desde su punto de vista, hace también razonable que el sueldo actual no se reduzca.
“El puesto de ministro tiene un valor que se supone que es el valor de aquello que se quisiera encontrar en el sector privado y atraer. Ese valor nace de toda la complejidad, la especialización, los riesgos, el escrutinio público, el compromiso político, el reflector mediático que implican ser ministro de Estado. Considero que iniciativas como la anunciada son populismo puro. Es cierto que en el sector privado siempre se puede ganar más, pero eso no significa que la brecha remunerativa con el sector público se pueda expandir tanto. Ya bastante difícil es convencer a una persona de asumir un puesto en un gabinete”, cuestiona Ugarte.
Para Alberto Retamozo, las medidas de este tipo, salvo justificación por razones de emergencia, responden a un “espíritu populista”. Además, advierte que la reducción de sueldos en el caso de ministros y congresistas adquiere mayor complejidad por las consecuencias que traería el desincentivo económico en la labor. “Ahora, el desincentivo en ambos casos produciría un descalabro en el sector público, con personas menos competentes, y un margen de riesgo más grande para inconductas o hasta delitos, como la corrupción”, señala.
Daniela Viteri estima que el ofrecimiento de Castillo, al comprender un promedio de 150 funcionarios (con la suma de ministros y congresistas), no tendría un impacto más que simbólico en el presupuesto nacional. Sin embargo, advierte que, de generalizarse esta medida para todos los servidores públicos, las observaciones serían mucho más serias.
“El sueldo se corresponde con el nivel de responsabilidad, el grupo humano que se maneja, la dificultad del trabajo, los perfiles profesionales que se requieren para el puesto. No puede decidirse recortar el sueldo a determinados sectores sin la justificación adecuada. Además, recordemos que, en cualquier caso, la remuneración está muchas veces vinculada a la motivación de los trabajadores. Esa motivación impacta en la productividad”, sostiene.
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