Harold Forsyth cumplía funciones como embajador del Perú en Japón desde el 2017 | Foto: Archivo El Comercio
Harold Forsyth cumplía funciones como embajador del Perú en Japón desde el 2017 | Foto: Archivo El Comercio
Redacción EC

El Ministerio de Relaciones Exteriores dio por concluidas las funciones de como embajador extraordinario y plenipotenciario del Perú en Japón.

La resolución suprema N°049-2021 RE, publicada este miércoles en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, señala también que se dan por concluidas la funciones de Forsyth Mejía como representante permanente del Perú en la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), con residencia en Tokio, Japón.

PUEDES LEER | Percy Medina: “Ir a una guerra a muerte en este proceso va a ser nefasto para la gobernabilidad”
La resolución que da por concluidas las funciones de Harold Forsyth fue publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Documento)
La resolución que da por concluidas las funciones de Harold Forsyth fue publicada en el boletín Normas Legales del diario oficial El Peruano. (Documento)

Además, precisa que la “fecha de término de sus funciones será fijada mediante resolución ministerial” y que se le deben cancelar las cartas credenciales y los plenos poderes correspondientes.

La norma -que agradece a Harold Forsyth por los servicios prestados- está firmada por el presidente de la República, Francisco Sagasti y el ministro de Relaciones Exteriores, Allan Wagner.

REVISA AQUÍ | Jorge Montoya: “[Un gobierno de Fujimori] podría ser inestable, pero uno comunista es la perdición del país”

Harold Forsyth - quien además es padre del excandidato presidencial por Victoria Nacional, - se desempeñaba como embajador extraordinario y plenipotenciario de Perú en Japón desde el 2017, cuando fue nombrado por resolución suprema. La Cancillería informó su pase a situación de retiro el próximo 27 de mayo por cumplir en dicha fecha 70 años de edad.

La Ley del Servicio Diplomático de la República, en el artículo 18, dispone que la situación de retiro ocurre cuando el diplomático cumple 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, lo que ocurra primero.

VIDEO RECOMENDADO

Francisco Sagasti sobre encuesta de Ipsos: “No estamos en un concurso de popularidad ni de aprobación”
Francisco Sagasti sobre encuesta de Ipsos: “No estamos en un concurso de popularidad ni de aprobación”


TE PUEDE INTERESAR