Si bien varios partidos que forman parte del actual Congreso han propuesto, a través de diferentes proyectos de ley, la eliminación de la inmunidad parlamentaria, la Comisión de Constitución, que dirige Omar Chehade (APP), ha optado por una fórmula menos radical, que implica que el levantamiento de esta prerrogativa se mantenga dentro del Palacio Legislativo.
El predictamen, al que accedió El Comercio, establece que los congresistas pueden ser procesados y arrestados sin la autorización del Congreso o de la Comisión Permanente en dos escenarios: en delito flagrante, “caso en el cual el juez actúa de acuerdo a sus atribuciones”; y cuando exista una sentencia condenatoria “por delitos cometidos con anterioridad a su elección”.
El expresidente del Tribunal Constitucional (TC) Óscar Urviola consideró que si esta medida es aprobada, solo bastará una sentencia en primera instancia, así esta sea apelada, para que un parlamentario, que haya cometido un delito antes de ser elegido, sea capturado y enviado a prisión.
Agregó que con un marco normativo de este tipo, no hubiera sido necesario que el Congreso anterior levante la inmunidad del exparlamentario Edwin Donayre para que este sea arrestado.
Donayre fue condenado el 27 de agosto de 2018, en primera instancia, a cinco años y seis meses de prisión efectiva por el robo sistemático de gasolina del Ejército, entre enero y agosto de 2006. Pero el Parlamento aprobó el desafuero del general EP en retiro ocho meses después. Esperó que la Sala Suprema Penal Permanente del Poder Judicial confirmara a fines de abril de 2019 la culpabilidad del militar.
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El abogado constitucionalista Luciano López explicó a este Diario que el predictamen de la Comisión de Constitución establece que no se necesita una sentencia firme para el arresto de un congresista, que sea hallado culpable por un delito cometido antes de su elección. Añadió que esta medida contradice el criterio aplicado por el anterior Parlamento, que fue promovido por Rosa Bartra.
“Si el texto plantea [que el arresto procede] con una sentencia condenatorio, se entiende que puede ser en primera instancia, que no necesita la autoridad de cosa juzgada. Esta fue una evaluación que hizo la anterior Comisión de Constitución, dirigida por Bartra, que exigió [en el Caso Donayre] una sentencia firme, cuando eso era manifiestamente inconstitucional”, remarcó.
López refirió que no es necesario hacer una precisión en este punto.
El Congreso que fue disuelto aprobó tres solicitudes de levantamiento de inmunidad:
Congresista | Partido | Motivo de la solicitud | Estado |
---|---|---|---|
Betty Ananculi | Fuerza Popular | Presunto delito de falsa declaración en proceso administrativo y falsedad genérica. | Improcedente en la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria. |
Moisés Mamani | Fuerza Popular | Presunto delito de tocamientos indebidos. | Aprobado en el pleno del Congreso. |
Yesenia Ponce | Fuerza Popular | Presunto delito de falsedad genérica y falsa declaración en proceso administrativo (estudio escolares). | Sin resolver. |
Edwin Donayre | Alianza para el Progreso | Cumplimiento de sentencia de cinco años de prisión por peculado (robo de gasolina en el Ejército). | Aprobado en el pleno del Congreso. |
Benicio Ríos | Alianza para el Progreso | Cumplimiento de sentencia de siete años de prisión por colusión agravada. | Aprobado en el pleno del Congreso. |
Wilbert Rozas | Frente Amplio | Presunto delito de peculado. | Improcedente en la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria. |
Richard Acuña | Alianza para el Progreso | Presuntos delitos de fraude procesal y uso de documentos falsos. | Improcedente en la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria. |
Edilberto Curro | Frente Amplio | Presunto delito de falsedad genérica. | Improcedente en la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria. |
Un punto de vista diferente tuvo el expresidente del TC Víctor García Toma, quien subrayó que el predictamen de la Comisión de Constitución debe fijar que la captura de un parlamentario por delitos anteriores a su elección solo procede con sentencia firme, porque, de lo contrario, estaría vulnerando el derecho a la presunción de inocencia.
“Sería recomendable que se ponga sentencia firme, cuando el afectado haya hecho uso de todos los recursos que la ley le provee”, manifestó.
La prerrogativa se queda en el hemiciclo
El predictamen, que busca reformar el artículo 93 de la Constitución, también indica que el Congreso tiene hasta 30 días hábiles para resolver una solicitud de levantamiento de inmunidad parlamentaria de proceso, y 10 días hábiles para la de arresto [por delitos cometidos tras la elección del legislador]. “De no resolverse en los plazos previstos, se entenderá que el pedido ha sido autorizado”, agrega.
Para Urviola esta propuesta “preserva” la autonomía de un poder del Estado, en referencia a las iniciativas que planteaban que el levantamiento de la inmunidad parlamentaria esté en manos del Tribunal Constitucional o de la Junta Nacional de Justicia.
“En mi concepto, el Congreso nunca debe depender de otro poder o institución autónoma, salvo en situaciones donde haya coordinación y cooperación. Siempre he sostenido que el levantamiento de la inmunidad tanto de arresto como de proceso le compete al Parlamento, a fin de preservar su autonomía e independencia”, señaló a El Comercio.
El expresidente del TC, además, dijo que es necesario que se establezcan “plazos prudenciales” para que el Parlamento atienda los requerimientos de la Corte Suprema de Justicia.
“Lo que tenemos que hacer en democracia es respetar la autonomía de las instituciones, pero estas al mismo tiempo, las personas que son partes de estas deben hacerlas respetar cumpliendo sus funciones a cabalidad y no blindando a nadie”, acotó.
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García Toma coincidió con esta opinión al referir que “el Congreso no puede perder su jerarquía y permitir que otro órgano tomé decisiones que le corresponde a su fuero”. “Obviamente, también se trata de combatir el ‘otoronguismo’ que es otro fenómeno y esto se hace, justamente, con este tema del silencio administrativo positivo”.
El también exministro de Justicia calificó de “bueno” el cambio promovido por la Comisión de Constitución al artículo 93 de la Carta Magna. “Se está precisando mejor el artículo, los plazos funcionan como cortapisas, y se evita rasgos de impunidad, porque a veces los pedidos [de levantamiento de inmunidad] llegaban al Parlamento, pero este no se pronunciaba”.
López, en cambio, sostuvo que la incorporación de plazos para resolver un pedido de levantamiento de inmunidad, no es suficiente y que esta prerrogativa debe pasar al TC.
“La única competencia del Parlamento debe ser establecer si hay o no un móvil político. El Poder Judicial debe pedir el levantamiento de la inmunidad al TC, este notifica al Congreso, que sustenta si existe o no un móvil político y luego el tribunal decide. Esto sería lo más lógico”, concluyó.
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El Congreso disuelto aprobó mantener la prerrogativa de levantamiento del fuero dentro del Parlamento, pero estableció un plazo de 45 días hábiles. “Solo si el Congreso no resuelve la solicitud de levantamiento de inmunidad dentro del plazo estipulado, la Corte Suprema podrá presentarla ante el Tribunal Constitucional para que este la resuelva”.
Esta norma fue enviada al archivo, porque no fue objeto de segunda votación en la anterior legislatura.
El Poder Ejecutivo había planteado que la inmunidad parlamentaria sea levantada por la Corte Suprema.
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