Un nuevo recurso de hábeas corpus interpuesto por Heriberto Benítez a favor de Alejandro Toledo fue declarado “improcedente preliminarmente” por el 11 Juzgado Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del Juez Julio López Castro.
Según la demanda constitucional, el juez Richard Concepción Carhuancho, quien ordenó la prisión preventiva contra Alejandro Toledo por presuntamente haber recibido una coima de US$20 millones de la empresa Odebrecht, no tenía competencia para intervenir en las investigaciones preparatorias del ex mandatario. Por tanto, se habría violado el derecho a un debido proceso del ex líder de Perú Posible.
Benítez había planteado ello debido a que el caso correspondería a un delito de función durante su mandato como ex presidente y, por tanto, no podía ser denunciado ni procesado hasta cinco años después de haber cesado en sus funciones.
Sin embargo, el juez Julio Juez López Castro discrepó de tal argumento y resolvió que no existe ninguna vulneración de los derechos invocados por la defensa de Alejandro Toledo al momento en ser investigado ni de haber formalizado la investigación preparatoria en su contra.
Para sustentar esto, el magistrado explicó que Alejandro Toledo cesó en sus funciones en julio del 2006. Por tanto, al momento de ser denunciado por la fiscalía, en febrero del 2017, y posteriormente haberse emitido una resolución de formalizando investigación preparatoria por parte del juez Richard Concepción ; ya habían transcurrido cerca de siete años.
Es decir, que habían pasado más de los cinco años que establece la Constitución.
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