De acuerdo con el proyecto, “el juez o el fiscal, según sea el caso, en decisión especialmente fundamentada, podrá disponer del destino final de los cadáveres, cuyo traslado, funerales o inhumación pudieran poner en grave riesgo la seguridad o el orden público” | Foto: El Comercio / Referencial
De acuerdo con el proyecto, “el juez o el fiscal, según sea el caso, en decisión especialmente fundamentada, podrá disponer del destino final de los cadáveres, cuyo traslado, funerales o inhumación pudieran poner en grave riesgo la seguridad o el orden público” | Foto: El Comercio / Referencial
Redacción EC

Ante la ausencia de un marco jurídico y una regulación específica sobre la disposición final de cadáveres cuya entrega o actos funerarios podrían significar un riesgo para la sociedad, la fiscal de la Nación, , presentó hoy una iniciativa legislativa que modifica el artículo 114 de la Ley General de Salud, facultando a jueces y fiscales a tomar una decisión sobre el particular.

De acuerdo con el proyecto de ley, “el juez o el fiscal, según sea el caso, en decisión especialmente fundamentada, podrá disponer del destino final de los cadáveres, cuyo traslado, funerales o inhumación pudieran poner en grave riesgo la seguridad o el orden público”.

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La propuesta señala que el fiscal o juez –analizando cada caso particular– puede disponer que los cuerpos tengan otro destino final, como la cremación. De este modo, los operadores de justicia podrán ponderar los derechos de los familiares frente a un interés social o estatal más amplio y resolver conforme a sus competencias legales.

El proyecto busca solucionar el vacío legal que existe actualmente, dado que la Ley General de Salud contempla la disposición de cadáveres que pertenecen a personas no identificadas o no reclamadas por familiares, siempre y cuando no hubiera una investigación de por medio.

Sin embargo, la normatividad vigente no prevé situaciones especiales como la que se ha presentado con el caso del cabecilla de Sendero Luminoso, , fallecido el último sábado a los 86 años en su celda en la Base Naval del Callao.

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Cabe precisar que la norma busca cubrir, de manera general, aquellos supuestos que actualmente no están contemplados en la ley y que no brindan una adecuada solución a los problemas de la sociedad y su convivencia. Al tratarse de un tema regulado por ley se requiere intervención del Congreso de la República.

De aprobarse esta iniciativa, se aplicaría también al caso de Abimael Guzmán, toda vez que el Ministerio Público mantiene su cadáver en la Morgue del Callao.

TC establece precedente

Cabe precisar que la Constitución en su artículo 113 establece que pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de las cosas. Asimismo, el Tribunal Constitucional, en el expediente 002-2019-PI-TC ha sostenido que la Constitución prevé la posibilidad excepcional de establecer normas especiales cuando estas se basan en razones objetivas y justificadas.

El proyecto de ley se encuentra dentro del marco constitucional y legal vigente, en tanto que, el ejercicio de los derechos constitucionales debe estar en armonía con el orden público y; por otro lado, la seguridad ciudadana es un derecho fundamental cuyo garante es el Estado.

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Proyecto presentado por la Fiscalía de la Nación. (Foto: Ministerio Público)
Proyecto presentado por la Fiscalía de la Nación. (Foto: Ministerio Público)

Cabe indicar que la Presidencia de la República indicó que al Gobierno de Pedro Castillo no le corresponde definir cuál será la “disposición final” de los restos del cabecilla terrorista de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán.

A través de un breve pronunciamiento difundido en su cuenta oficial de Twitter, el Despacho Presidencial indicó que la disposición de los restos del cuerpo de Guzmán “es competencia del Ministerio Público”.

“Como Gobierno respetamos la ley y la independencia de poderes. No nos corresponde decidir sobre la disposición final del cuerpo del terrorista Abimael Guzmán, pues es competencia del Ministerio Público”, se lee en la publicación.

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