Chavín de Huántar: Estas son las claves para entender el caso
Chavín de Huántar: Estas son las claves para entender el caso
Rocío La Rosa Vásquez

Dieciocho años después de Chavín de Huántar, la exitosa operación de rescate de 72 rehenes de la residencia del entonces embajador japonés Morihisa Aoki, de manos de 14 terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, aún no se libra de los cuestionamientos sobre la supuesta ejecución extrajudicial de Eduardo Cruz Sánchez ‘Tito’. Sobre si tuvo o no responsabilidad el Estado Peruano en este caso deberá pronunciarse en los próximos días la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

1. ¿Por qué el Estado Peruano fue demandado ante la Corte de San José por el Caso Eduardo Cruz Sánchez?

Los deudos de tres emerretistas que murieron en la operación Chavín de Huántar recurren a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que finalmente demandó al Estado ante la Corte de San José, por no haber garantizado un debido proceso en el fuero civil  y no haber determinado a los responsables de las presuntas ejecuciones extrajudiciales de los emerretistas Eduardo Cruz Sánchez ‘Tito’, Herma Meléndez Cueva y Víctor Peceros Pedraza, ocurridas –según la demanda– en la operación.

2. ¿A quiénes se procesó en los fueros militar y civil por estas ejecuciones?

En el 2002 el fuero militar procesó de oficio y finalmente absolvió a los comandos Chavín de Huántar al no encontrarlos responsables de ejecuciones. La Corte Suprema dispuso luego que parte del caso se ventile en el fuero militar. Ya en el fuero civil (corte penal) fueron procesados y absueltos en el 2012 Vladimiro Montesinos, Nicolás Hermoza, Roberto Huamán y Jesús Zamudio, al no haberse determinado que fueron autores mediatos. La sentencia recogió que ‘Tito’ fue presuntamente ejecutado tras la operación.

3. ¿Qué podría resolver la Corte Interamericana de Derechos Humanos?

La abogada Gloria Cano de la Asociación Pro Derechos Humanos, que asumió la defensa de los deudos, dijo que la corte resolvería si el Estado garantizó el acceso a la justicia de los deudos y si se violó o no el debido proceso cuando se vio en el fuero militar. Agregó que al no haber responsables, el fuero podría resolver que el Estado realice un nuevo juicio. Precisó que este no alcanzaría a los comandos Chavín de Huántar, pues la corte no establece responsabilidades individuales.

Lee el informe completo en la edición impresa de El Comercio.

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