ROCÍO LA ROSA (@chiolaro)
La aprobación de un proyecto de ley que elimina la prisión suspendida para un condenado por delito grave de corrupción fue considerada inconstitucional por el decano del Colegios de Abogados de Lima, Aníbal Quiroga. Ambos coinciden en afirmar que la medida afecta la discrecionalidad e independencia de los jueces.
"Una ley no puede decir que alguien se va preso definitivamente porque cometió un acto de corrupción. Hay que ver bajo qué circunstancias cometió el delito. Con decir 'todo el mundo va preso' no se soluciona el problema. Cuando los congresistas quieren llamar la atención o lavarse el rostro dicen 'vamos a meter preso a tal o tal'. ¡Basta!", declaró Amoretti a El Comercio.
Amoretti explicó que un juez puede considerar que corresponde una pena suspendida y no efectiva, pero ahora "lo están obligando a dictar condena efectiva y de no hacerlo puede ser denunciado por prevaricato”.
Por lo tanto, dijo, "se está violando la independencia del Poder Judicial y desde ese momento es inconstitucional".
El abogado advirtió que hay más modificaciones que artículos en el Código Penal, y esto se da “por cuestiones políticas y no jurídicas”.
PENAS DEBEN SER GRADUALES
Aníbal Quiroga consideró que el proyecto viola "el principio de razonabilidad", que es un derecho constitucional consagrado también por la Corte IDH, y no deja margen para la discrecionalidad.
Explicó que "las penas deben ser graduales, pues hay casos leves, graves y muy graves".
También advirtió que esta medida puede prestarse a venganzas políticas y no evitará que haya más funcionarios corruptos.
Por lo tanto, consideró que el presidente Ollanta Humala debe observar la norma porque “subir la valla no contribuye a la lucha contra la corrupción”.
"En el pasado se han endurecido leyes que no hacen efectiva esta lucha”, insistió.
El abogado dijo que en el Congreso existe "un facilismo de querer cambiar la realidad con la ley”.
MÁS DATOS
El Congreso también aprobó que los peritajes especializados de la Contraloría tengan valor de prueba en los proceso judiciales. Amoretti discrepó con la medida porque esta pericia es de parte y no es imparcial, por lo que no debe ser considerado como prueba definitiva, pues las pericias contables oficiales deben ser las que elaboran especialistas a pedido de las autoridades judiciales.
Quiroga consideró que actualmente estos peritajes ya son tomados en cuenta.