Barata obtuvo el beneficio premial de exención de la pena en diversos casos gracias al acuerdo de colaboración eficaz suscrito en el 2019.
Barata obtuvo el beneficio premial de exención de la pena en diversos casos gracias al acuerdo de colaboración eficaz suscrito en el 2019.
Martín Calderón

El acuerdo de colaboración eficaz que firmó el con el exejecutivo de Odebrecht en el 2019 fue revocado por la jueza Margarita Salcedo Guevara, del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria.

El fiscal José Domingo Pérez, del equipo especial para el Caso Lava Jato, solicitó esa medida en octubre último. Esto luego de que Barata no cumpliera con declarar como testigo en el juicio contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia por los presuntos aportes de Odebrecht a la campaña del Partido Nacionalista en el 2011.

La magistrada ordenó que la fiscalía acuse penalmente a Barata en los procesos penales correspondientes.

La resolución precisa que Barata obtuvo el beneficio premial de exención de la pena en los casos Avenida Evitamiento - Cusco, Corredor Vial Interoceánico Sur Perú-Brasil, y la Línea 1 del Metro de Lima, Tramos 1 y 2. En todos ellos, se le investigaba por el presunto delito de colusión.

La magistrada precisó que la exención de la pena se le otorgó bajo diversas obligaciones. Entre ellas presentarse ante cualquier autoridad peruana por solicitud del Ministerio Público, para que preste su testimonio en investigaciones y procesos.

“La obligación de declarar del ciudadano extranjero no provenía de la discrecionalidad de este, [...] [sino de] un imperativo legal derivado de un acuerdo de colaboración eficaz, sujeto a revocatoria, del cual tenía pleno conocimiento y era consciente tanto el ciudadano extranjero como su defensa técnica”, señaló la jueza en la resolución.

Concluyó que “existe una flagrante violación del deber de colaborar con la justicia peruana” por no presentarse al juicio contra Humala y Heredia.

El abogado César Nakazaki, representante legal de Barata en el Perú, adelantó a El Comercio que apelará la decisión.

“Estamos preparando el recurso de apelación. La resolución tiene una serie de defectos. No ha recogido todas las pruebas que hemos presentado para demostrar todos los testimonios que a lo largo de los años ha venido brindando Barata, y que el procedimiento que establece el acuerdo es que su declaración tiene que ser solicitada a través de Cooperación Penal Internacional, con intervención del Ministerio de Justicia y el Poder Judicial de Brasil”, dijo.

Nakazaki agregó que existe “una gran contradicción en la posición de la fiscalía”, pues en la audiencia de Fuerza Popular [Caso Cocteles] lo anuncian como testigo estelar. Lo mismo en el caso del expresidente Toledo, pero con la otra mano están tratando de revocar el acuerdo”.

La fiscalía precisó que el acuerdo con la empresa Odebrecht y otros exejecutivos de la misma continúa en ejecución.

El exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado señaló que es “coherente” que se revoque el acuerdo con Barata por mostrar una conducta contraria a la colaboración eficaz.

“Es una situación algo compleja porque no ocurre por una única causa. Es una ola que empieza en la Corte Suprema de Brasil y que termina golpeando al Perú y otros países. En Brasil se van cayendo los casos por decisiones que adopta la Corte Suprema de ese país, dijo.

Maldonado añadió que “sería tonto sostener que la pérdida de esta prueba no es significativa [en el proceso contra Humala], pero también sería absurdo decir que el caso se basa en esta prueba. Iría contra toda lógica en el proceso penal moderno”.