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Poder Judicial absolvió a exmandos militares en Caso Global CST - 1
Redacción EC

El Poder Judicial absolvió a un grupo de ex altos mandos del Comando Conjunto de la Fuerzas Armadas (CCFFAA) que habrían contratado de forma irregular un supuesto servicio de capacitación a la empresa israelí .

La Contraloría General de la República expresó su extrañeza por dicha decisión y agregó que apelará el fallo en pos de lograr sanciones contra los acusados.

El titular del Segundo Juzgado Unipersonal Nacional, Edgardo Francisco Medina, absolvió a Francisco Javier Contreras Rivas, ex jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (2009-2010), entre otros, del delito de negociación incompatible con el cargo.

La contraloría recordó que los acusados se habrían interesado indebidamente en favorecer a Global CST LTD en la contratación y ejecución irregular de un contrato que habría ocasionado al Estado un perjuicio económico ascendente a más de S/40 millones.

El contrato se suscribió para recibir asistencia técnica especializada en materia de seguridad, desarrollo de estrategias y entrenamiento del personal militar en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem).

Sin embargo, dichas capacitaciones y entrenamientos no se llevaron a cabo de acuerdo a lo estipulado en el contrato. Además, el documento careció del expediente de contrataciones, lo cual es elemental en cualquier contratación que realice el Estado.

"Aún más, tras la acreditación de la comisión auditora en el Ministerio de Defensa, elaboraron con documentos falsos un expediente simulado", agregó el órgano de control. 

Para la contraloría, el juez indebidamente absolvió de culpa a los acusados, a pesar de considerar que se cometieron serias irregularidades en el proceso de contratación, en el contrato mismo y en su ejecución, incluyendo la elaboración de documentos con fechas falsas entre otras.

“La fundamentación dada por el juez en cuanto a que se justificarían todas las irregularidades por tratarse de una situación de emergencia, demuestra desconocimiento de la normativa de contrataciones del Estado, como en efecto lo ha reconocido el propio juez. Más aún la supuesta emergencia no se configuraría pues la situación planteada no cumplía con los requisitos que establece la Ley de Contrataciones del Estado”, añadió.

Refirió que el expreso reconocimiento por parte del juez en dicho caso de su limitada capacitación en materia de contrataciones debe alertar al Poder Judicial y a la ciudadanía de los riesgos que conlleva el retardo en la administración de justicia. 

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