(Foto: GEC)
(Foto: GEC)
Víctor Reyes Parra

El Poder Judicial rechazó este miércoles el pedido del fiscal José Domingo Pérez para revocar la comparecencia restringida y dictar prisión preventiva contra la lideresa de Fuerza Popular, , acusada por el delito de lavado de activos. La decisión fue tomada por el juez Víctor Zúñiga, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE).

Según el Ministerio Público, la excandidata había incumplido las reglas de conducta que tiene por el llamado al viajar el 25 de mayo a Estados Unidos sin autorización judicial. Sin embargo, la defensa de Keiko Fujimori, a cargo de la abogada Giulliana Loza, aseguraba que su obligación de no ausentarse de Lima sin permiso judicial ya no estaba vigente.

LEE TAMBIÉN | Pedro Castillo: su intento por asilarse en México y otros argumentos del PJ para ampliar su prisión preventiva

Durante la sustentación de su solicitud, el fiscal José Domingo Pérez argumentó que esa regla de conducta, impuesta a Keiko Fujimori en abril del 2022, seguía vigente y había sido infringida. Esto a puertas del juicio oral por el Caso Cocteles, que inicia el 1 de julio. La excandidata presidencial enfrenta un pedido de 30 años de condena por lavado de activos, organización criminal y otros delitos.

Pérez Gómez, integrante del equipo especial Lava Jato, también sostuvo que Keiko Fujimori no acudió a una cita hecha por su despacho fiscal el 28 de mayo, cuando estaba en su viaje en Estados Unidos. “¿Quién nos asegura que Keiko Fujimori va a estar presente en su juicio oral que empezará en dos semanas, cuando se dicte su sentencia condenatoria? O pregunto: ¿la impunidad es inherente al apellido Fujimori?”, alegó.

La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, también es procesada por el Caso Cocteles. (Foto: GEC)
La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, también es procesada por el Caso Cocteles. (Foto: GEC)

En respuesta, la defensa de Keiko Fujimori afirmó que ella “no quebró ninguna regla de conducta” porque la prohibición dejó de estar vigente el 31 de mayo del 2023. Ese día, el juez Zúñiga la revocó y le impuso impedimento de salida del país. Ello ocurrió cuando el magistrado dio por concluido el control de acusación del caso y resolvió que la acusada debía ir a juicio oral. Sin embargo, luego una

¿En qué se sustenta el fiscal para especular que Keiko Fujimori no estará presente en el juicio, como lo ha estado siempre, llana a presentarse en el sistema de justicia? El Ministerio Público no le trae ni un elemento objetivo”, cuestionó Giulliana Loza. Por ello, pidió al juez rechazar el pedido del fiscal.

Luego de escuchar a ambas partes, el juez Zúñiga pasó a resolver. Al revisar los antecedentes del caso, el magistrado enfatizó que la prohibición, en efecto, dejó de estar vigente el 31 de mayo, cuando a Keiko Fujimori se le impuso impedimento de salida del país, ya que esta era una medida más grave. El resto de sus reglas de conducta se “equiparó” con la de otros acusados, que no tenían esa regla de conducta.

Eso es lo que ejercí en ese momento: de oficio, dictar reglas de conducta. Había diferentes medidas cautelares impuestas, diferentes resoluciones, por lo que se equiparó a partir de ahí [...] Ya se estaba dictando el impedimento de salida del país. Es por eso que ya no se fijó esa otra regla de conducta en esa resolución [del 31 de mayo]. Por lo tanto, esa regla de conducta dejó de tener vigencia desde la emisión de la resolución del 31 de mayo del 2023″.

El fiscal José Domingo Pérez apeló la decisión (Foto: Poder Judicial)
El fiscal José Domingo Pérez apeló la decisión (Foto: Poder Judicial)

En ese momento, la defensa de Keiko Fujimori apeló el impedimento de salida del país. Y en enero del 2024, la sala superior accedió a revocar esa medida. “El hecho de que la sala haya revocado el impedimento de salida del país por la superior sala, es la decisión de ellos”, afirmó el juez Zúñiga al respecto. “Por ello, el requerimiento debe ser desestimado”.

Precisamente, esa resolución de la sala consideró que el impedimento de salida del país no era necesario porque la comparecencia con restricciones de Keiko Fujimori era “suficiente para contrarrestar cualquier riesgo de fuga, toda vez que su libertad ambulatoria se encuentra restringida parcialmente al habérseles impuesto la obligación de no variar su domicilio ubicado en autos sin previa autorización por escrito al Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria”.

Conocida la decisión del juez Zúñiga, la defensa de Keiko Fujimori se manifestó conforme. En tanto, el fiscal José Domingo Pérez afirmó que iba a apelar la decisión. El recurso deberá ser visto por la misma sala de apelaciones.

De esta forma, al menos por ahora, el juzgado ha dejado por sentado que Keiko Fujimori enfrentará el juicio por el Caso Cocteles sin ninguna restricción para salir de Lima o viajar al extranjero. Entre sus reglas de conductas vigentes, de acuerdo a los resuelto por el magistrado Zúñiga, están el no cambiar de residencia sin avisar al Poder Judicial y pasar por un control cada 30 días.

Mira aquí la audiencia:


Durante la audiencia la abogada de Fujimori, Giulliana Loza, afirmó: “¿en qué se sustenta el fiscal para especular que Keiko Fujimori no estará presente en el juicio, como lo ha estado siempre, llana a presentarse en el sistema de justicia? El Ministerio Público no le trae ni un elemento objetivo”.

09:10 horas

09:05 horas

8:50 horas

NOTA PREVIA

Cuando se anunció el pedido de la fiscalía, Giulliana Loza puntualizó que Fujimori “no tiene impedimento de salida del país desde enero de este año. Puede salir sin autorización judicial, pues así lo decidió la Segunda Sala Penal de Apelaciones a través de la resolución N° 07 en el incidente 299-2017-292″.

Incluso, la sala hace referencia que en el caso de la señora Fujimori la medida de impedimento de salida no es necesaria, e imponerle esta sería agravar su situación injustificadamente”, agregó.

Además, el Juzgado de Investigación Preparatoria, del juez Zúñiga, mediante la resolución 94 en el incidente 299-2017-186, al equiparar las reglas de conducta de todos los procesados, varió la regla que obligaba a la señora Fujimori a solicitar autorización para salir de la ciudad de Lima, siendo que únicamente debe solicitar autorización para variar de domicilio”, remarcó Loza a fines de mayo.

En aquel momento, precisó que es la quinta vez que el fiscal Pérez presenta una solicitud de prisión preventiva contra su patrocinada.

El juicio oral contra por el Caso Cocteles comenzará el próximo 1 de julio.

Contenido sugerido

Contenido GEC