La recusación número 11 contra el juez Víctor Zúñiga Urday, interpuesta por una de las defensas en el caso de los presuntos aportes ilícitos a a las campañas de Keiko Fujimori, había detenido el proceso impidiendo que el magistrado emita una serie de resoluciones clave, como la continuidad o no de la siguiente etapa: el control de acusación.
La Segunda Sala de Apelaciones Nacional ya rechazó que el juez Zúñiga sea apartado del caso, luego de la audiencia donde evaluaron el pedido de recusación de la defensa de la abogada Lorena Gamero, una de las acusadas en el proceso, para quien la fiscalía ha pedido 6 años y 6 meses de prisión por el delito de obstrucción a la justicia.
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Los magistrados de la sala, además, ordenaron una amonestación contra el abogado de Gamero, al considerar que la recusación que presentó se trataría de una “maniobra maliciosa y dilatoria”.
De hecho así también lo consideró el equipo especial Lava Jato, que sostenía que la recusación se trata de una maniobra que busca dilatar el proceso donde la principal acusada es la candidata a la presidencia Keiko Fujimori.
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Tras la recusación, el magistrado Zúñiga ha continuado dirigiendo audiencias, pero no había podido emitir resoluciones. Ahora que se definió que continuará en el proceso, el juez no podrá emitir las resoluciones pendientes.
El pedido para anular el cierre del caso
El 11 de marzo pasado, el fiscal José Domingo Pérez dispuso el cierre de la investigación por el caso de los presuntos aportes ilícitos y, el mismo día, presentó la acusación contra Keiko Fujimori y otros 39 imputados. La decisión de poner fin a la etapa de investigación llegó casi dos años y medio después de iniciado este proceso, donde se recabó documentación y testimonios.
Además de Keiko Fujimori ha solicitado que anule el cierre de la investigación el exsecretario general de Fuerza Popular, Jaime Yoshiyama Tanaka, quien también ha sido acusado por el fiscal Pérez.
El partido político Fuerza Popular, incluido en el proceso como persona jurídica, de igual forma, requirió que se anule el fin de la investigación.
La resolución que emita el juez Víctor Zúñiga sobre este pedido es clave para el proceso. Con su decisión se conocerá si el caso pasa a la siguiente etapa, la del control de acusación (etapa intermedia), o si la investigación debe proseguir.
Con la recusación, el magistrado no había podido pronunciarse. Sin embargo, la audiencia se realizó hace una semanas, por lo que, este será uno de los primeros pronunciamientos por parte del juez.
Caso Mark Vitto Villanella
Los negocios inmobiliarios de Mark Vito Villanella, esposo de Keiko Fujimori, y el origen del dinero que recibió su empresa MVV Bienes Raíces deberían seguir siendo investigados, de acuerdo a un pedido del fiscal José Domingo Pérez, miembro del equipo especial Lava Jato.
Según pudo conocer este Diario, en el requerimiento, incluido en la acusación fiscal contra la lideresa fujimorista, se indica que la solicitud para iniciar diligencias preliminares vinculadas a Vito Villanella, se basa en dos hechos encontrados en la investigación que concluyó en marzo pasado.
El fiscal resalta la necesidad de indagar sobre el origen del dinero recibido por MVV Bienes Raíces por supuestos trabajos de corretaje que la empresa de Vito Villanella no habría realizado, según pudo identificar el Ministerio Público.
Fuentes cercanas al caso explicaron que, mientras que no se defina si el cierre del caso se anula o no, en la fiscalía tampoco se podría decidir sobre pedidos incluidos en la acusación. Determinar si se abren diligencias preliminares o no, depende en este caso de la coordinación del equipo especial.
Sobre Mark Vito Villanella pesa un pedido de 22 años y 8 meses de prisión por el delito de lavado de activos. El esposo de Keiko Fujimori fue incluido en la acusación fiscal que se presentó en marzo pasado.
Este Diario intentó comunicarse con la abogada Giulliana Loza, pero hasta el cierre de este informe no contestó nuestros mensajes.
Anulación del testimonio de Barata
Otro pedido sobre el que el juez Víctor Zúñiga no ha resuelto aún es el solicitado por la defensa de Jaime Yoshiyama Tanaka, exsecretario general de Fuerza Popular, para que se anule la incorporación de los testimonios que dieron Jorge Barata, en calidad de colaborador eficaz, y otros exejecutivos de la empresa.
De acuerdo al requerimiento de Humberto Abanto, abogado de Yoshiyama, se solicitó al juez Zúñiga que declare la nulidad absoluta de las disposiciones fiscales 207, 208 y 210, en los extremos donde se determina el traslado de los testimonios desde otras carpetas de investigación y de colaboración eficaz al proceso de los presuntos aportes ilícitos a Fuerza Popular.
En su declaración del 11 de marzo del 2020, Barata explicó cómo los activos ilícitos de la constructora estaban destinados para campañas electorales, mediante el codinome ‘CAMPANHA’. Barata menciona el caso específico de la entrega de dinero para la campaña de Fujimori.
Con el codinome ‘CAMPANHA NAC 3’ se programaron dos entregas, por un total de US$518.134,72 como remisión de activos ilícitos que habrían sido entregados para el partido fujimorista.
Colaboraciones eficaces
Otras resoluciones que están pendientes de emitirse por parte del juez Zúñiga son las vinculadas a los procesos de colaboración eficaz del caso. Durante las pesquisas, el equipo especial pudo obtener las confesiones de 14 colaboradores eficaces.
Ahora es necesario que el Poder Judicial valide estas declaraciones para que puedan ser parte de un eventual juicio oral.
Este es el caso de Jorge Yoshiyama Sasaki, sobrino de Jaime Yoshiyama. Dijo que conocía de los aportes que entregó Odebrecht para su campaña y que incluso le solicitó encontrar aportantes falsos para ocultar el dinero.
Una vez concluidas las investigaciones, la fiscalía ha determinado que Yoshiyama fue el nexo entre los aportantes fantasma y la red criminal que la cúpula de la presunta red criminal.
Su proceso de colaboración eficaz inició el 13 de noviembre de 2018, y se le asignó el código C.E 2017-55-11. El 22 de octubre del año pasado, la fiscalía y Jorge Yoshiyama suscribieron el acuerdo de colaboración eficaz, donde el investigado renunciaba a la medida de protección de reserva de su identidad.
En su caso, el equipo especial está a la espera de la resolución que aprueba la colaboración eficaz, luego de haberse realizado las respectivas audiencias.
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