La Ley N°32108 ha herido gravemente a la lucha contra el crimen organizado. Y ya empiezan a brotar ejemplos muy claros de ello. Desde su promulgación por el Congreso el pasado 9 de agosto —ante la inobservancia del Ejecutivo— en los últimos días se ha golpeado casos no solo a nivel operativo, sino en etapa de investigación. Y hay preocupación pues tendría incluso efectos en aquellos que ya tienen sentencia. El panorama que se avizora es catastrófico.
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En esencia, la Ley N°32108 —promovida por Perú Libre y respaldada por la mayoría de bancadas del Congreso— trastoca el concepto sobre organizaciones criminales. No solo elevando las penas para que puedan ser consideradas como tales, sacando de plano a los delitos sancionados con los delitos menores a seis años, sino que se ingresa conceptos poco claros (¿una red criminal solo persigue un “beneficio económico”?) lo que ha generado gran incertidumbre dentro de los operadores del sistema de justicia.
“Los Ruteros del Norte” salen a las calles y un hecho inusitado en el Callao
A nivel judicial, el primer caso se ha visto afectado ha sido uno relacionado al tráfico de migrantes. La Primera Sala Penal de Apelaciones ordenó la libertad inmediata de siete personas sindicadas como parte de la presunta red criminal “Los Ruteros del Norte”, la cual estaría dedicada a facilitar el ingreso y salida ilegal de extranjeros —haitianos, afganos, paquistaníes, entre otros—, a través de las fronteras de Madre de Dios (Brasil) y Tumbes (Ecuador).
La organización fue desarticulada en abril pasado; un trabajo en conjunto entre la fiscalía y la policía de varios meses. Según fuentes de El Comercio, la red habría operado desde por lo menos el 2021 y habría amasado más de S/1 millón, dinero que era prorrateado entre todos los que participaban en la red (coordinadores, colectiveros, hospedajes, entre otros).
Sin embargo, la nueva ley entró en vigor mientras la sala revisaba la prisión preventiva por 36 meses que se había dispuesto contra los investigados. La fiscalía había advertido un riesgo de fuga. No obstante, la sala concluyó que había “una colisión entre las leyes penales en el tiempo”, a raíz de la Ley N°32108, teniendo que aplicar la retroactividad benigna.
En la resolución, a la que accedió este Diario, se explica que el delito fin –es decir, el tráfico de migrantes- se sanciona con menos de seis años (la pena va de cuatro a seis, el límite), por lo que no calza con las nuevas modificaciones. Solo se pudo dictar una comparecencia simple, en lo que la fiscalía recalifique el caso o haya otro pronunciamiento que sea activado por las defensas.
“En el presente caso se ha concluido que no se puede continuar con el análisis de los presupuestos materiales de la prisión preventiva, por cuanto el delito que vincula a todos los imputados se ha modificado y el delito fin de la organización criminal calificado en sede fiscal ya no comprende el espectro de los elementos normativos del tipo actuales”, se refiere en el documento.
Así, la sala dispuso la libertad de Carlos Alberto Córdova Sernaqué, Carlos Martín Azañero Colmenares y otras cinco personas.
Por otro lado, miércoles que pasó, el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional increíblemente rechazó la conclusión anticipada a la cual se querían acoger cuatro acusados en el juicio que se sigue contra Juan Sotomayor, exalcalde del Callao, en el caso conocido como ‘Rich Port II’.
El juzgado, haciendo “un control a la tipicidad de los hechos, el título imputación y de la pena solicitada y aceptada” optó por no acoger el acuerdo alcanzado. Fuentes de El Comercio atribuyen el rechazo a la incertidumbre de la nueva ley. Se optó por seguir adelante con el juicio.
En el caso se atribuyen los delitos de organización criminal y extorsión. Según informó el Ministerio Público en su momento, habría existido todo un mando medio que se habría encargado de trasladar las órdenes del cabecilla para coordinar con los supervisores y otros funcionarios todo el control, manejo y permanencia de trabajadores fantasmas y el cobro de cupos a través de la Empresa de Servicios de Limpieza Pública (Eslimp Callao).
“Cuando a nosotros nos llegó esa autógrafa, hubo al interior del Gabinete una discusión, no hubo un acuerdo. (…) La decisión final, existiendo estas discrepancias fue no promulgar la ley y dejar que el Congreso lo haga”.
Gustavo Adrianzén, presidente del Consejo de Ministros (21/08/2024)
¿Operativos sin sorpresa?
Pero los efectos nocivos también son palpables en los megaoperativos. A nivel nacional, ya se han registrado dos casos significativos y, en tanto no se modifique la ley, todos los que vienen correrán la misma suerte.
En Huaura, la madrugada del 15 de agosto, se desarticuló a la organización “Los Z de Sayán”, dedicada al cobro de cupos (hasta S/500 semanales por “protección”), sicariato, tráfico de terrenos, entre otros.
Por orden judicial, se allanó más de 50 inmuebles. Y el último jueves, se golpeó en Cusco y Cañete a la red “Dandi Express”, dedicada no solo a la extorsión sino a la trata de personas. En este caso, se allanó seis inmuebles.
Fuentes fiscales y policiales confirmaron a este Diario que, en ambos casos, hubo dificultades pues la nueva ley dispone que el registro de los inmuebles no puede iniciarse sin la presencia de un abogado defensor, ya sea de elección o de oficio.
En el caso de Huaura, que se golpeó alrededor a las 3:00 a.m. a los diversos inmuebles, los abogados de los investigados tardaron hasta tres horas en llegar al lugar; mientras que, en Cusco y Cañete, que se ejecutó alrededor de las 5:00 a.m., las defensas llegaron incluso cerca del mediodía, retrasando las diligencias. ¿Qué ocurrirá en casos aún más complejos y en zonas más alejadas?
“Dificulta mucho porque eso se presta a que las personas que están dentro del inmueble puedan esconder los elementos incriminatorios”, explicó una de las fuentes. Y recién va quince días desde la entrada en vigor de la Ley N°32108.
En general, todo el escenario es muy grave. A esta norma de crímenes organizados, hay que sumarle también lo que se dictaminó para favorecer a la minería ilegal, evitando que los que los policías puedan intervenir los explosivos que usan los mineros ilegales. También está la norma que reduce el tiempo de colaboración eficaz a ocho meses y que solamente puede extenderse a 16 meses, que es insuficiente, en delitos de crimen organizado. Todo está relacionado. Están salpicadas a lo largo del tiempo y esto ya corona y redondea la gestión en la Comisión de Justicia —que preside Perú Libre— con iniciativas que además son avaladas por buena parte del Congreso.
Hay tres temas que son esenciales en esta en esta Ley N°32108, que son particularmente peligrosos. El primero es la definición de crimen organizado. Han cambiado la definición y la han circunscrito solamente a una estructura que tiene intención de hacerse cargo de una economía ilícita. Entonces, deja por fuera los delitos de corrupción, porque uno calza dentro de la definición de crimen organizado. Lo segundo, han puesto como condición de que para que sea crimen organizado se tiene que tomar en cuenta solamente los tipos penales cuya pena empieza a partir de seis años. Tráfico ilícito de migrantes, que es un crimen, al tener el delito base cuatro años, entonces sale fuera. Y así la cantidad de delitos de crimen organizado, tanto específicamente en la ley de crimen organizado, como en otros agravantes de tipos penales distintos, han sacado de carrera cincuenta y nueve tipos penales que ya no pueden ser considerados como crimen organizado.
Y lo que es gravísimo es que han cambiado el concepto del allanamiento. Hay que avisar al abogado y tiene que estar presente el investigado. Entonces, esto es ridículo, porque el allanamiento siempre se produce bajo orden judicial. Estamos en un Estado de Derecho y la inviolabilidad del domicilio existe y nadie puede allanar tu domicilio, salvo que existan indicios suficientes, que sean valorados por un juez. Esa es la garantía que teníamos como ciudadanos. Ahora han exacerbado esa garantía, haciendo de que tiene que ser presente el investigado y, además, con su abogado. ¿Qué ocurre cuando uno hace allanamientos en simultáneo de diversas propiedades? Ahí también han puesto otro candado y están entorpeciendo por todos lados. Y esto pinta para peor. Es un desastre. Es todo un paquete. Y hora se le está quitando al Ministerio Público la titularidad de la investigación preliminar, regresándola a la policía.