Denuncian a Manuel Merino por muertes durante marchas en su contra. (Fotos: EFE)
Denuncian a Manuel Merino por muertes durante marchas en su contra. (Fotos: EFE)
Víctor Reyes Parra

El viernes 17 de junio, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso contra el exgobernante Manuel Merino, su ex primer ministro Antero Flores-Aráoz y su exministro del Interior Gastón Rodríguez Limo. Los tres eran investigados en relación con las muertes de Inti Sotelo y Bryan Pintado en las protestas del 14 de noviembre del 2020.

La decisión de la SAC se dio tras la sustentación de un que recomendaba archivar la denuncia. A su criterio, las muertes de ambos jóvenes fueron lamentables, pero que no fue responsabilidad de los imputados. También sostuvo que no está probada la responsabilidad de la PNP.

MIRA: Defensoría evalúa vías jurídicas tras archivarse denuncia contra Manuel Merino

Esta conclusión fue aprobada por mayoría: 8 votos a favor y 7 en contra. El voto de , fue dirimente y sirvió para inclinar la balanza a favor del archivo. De esta forma, el Ministerio Público no podrá seguir investigando a Manuel Merino por estos hechos.

Así fue la sesión de la subcomisión:

¿Qué decía la denuncia constitucional?

La denuncia , entonces fiscal de la Nación. Fue fruto de la investigación preliminar iniciada contra Manuel Merino y sus exministros por la titular del Ministerio Público dada su condición de aforados o su ‘inmunidad’. En paralelo, una fiscalía provincial ya procesa a agentes de la Policía que no tienen esa condición y están implicados en las muertes y lesiones.

La investigación preliminar y posterior denuncia contra Manuel Merino y el resto fue en calidad de presuntos autores del delito de homicidio , y de lesiones graves y leves contra otros. El siguiente paso hubiese sido la formalización de la investigación y el inicio del proceso judicial contra los implicados ante la Corte Suprema, pero para esto se necesitaba la venia del Congreso.. Estos fueron los principales puntos de la denuncia constitucional que se presentó con ese propósito, pero que fue archivada.

1. Contexto de violación de DD.HH.

Dentro del desarrollo de su denuncia, la fiscalía recuenta los hechos relacionados a la vacancia de Martín Vizcarra, la asunción de Manuel Merino como presidente, las protestas en su contra y la represión posterior. A partir de esto, también se recordó que organismos y por el uso excesivo de la fuerza de parte de la Policía.

La fiscalía explica luego que “estamos ante un contexto de violación de los derechos humanos cuando funcionarios del Estado, principal responsable de proteger, promover y garantizar los derechos de sus miembros a través de sus diferentes poderes y niveles de gobierno, faltan a dicho deber atentando directa o indirectamente contra tales”.

Con esto en cuenta, se concluye que los hechos ocurridos en las protestas del 9 al 14 de noviembre del 2020 “se produjeron en un contexto de violación de derechos humanos, en tanto que dichos resultados se produjeron como directa consecuencia de la intervención de agentes policiales quienes habrían actuado en evidente uso desproporcionado de la fuerza pública”.

Al recordar que Manuel Merino era presidente, y Gastón Rodríguez era ministro del Interior, se advierte que era a ellos “a quienes por mandato constitucional y legal les correspondía garantizar y proteger los derechos fundamentales (humanos) de los manifestantes”.

El informe que recomendó archivar la denuncia contra Manuel Merino fue elaborado por el congresista Alejandro Cavero, de Avanza País. (Foto: archivo GEC)
El informe que recomendó archivar la denuncia contra Manuel Merino fue elaborado por el congresista Alejandro Cavero, de Avanza País. (Foto: archivo GEC)
/ HUGO/PEREZ

Es con esto que la fiscalía sostiene luego que estos hechos ocurrieron “en un contexto de violación de derechos humanos al haber sido cometidos presuntamente por la acción, omisión o falta de diligencia por parte de funcionarios del Estado”.

2. No impidieron el uso excesivo de la fuerza

A partir del análisis del contexto, declaraciones y documentos obtenidos en la investigación preliminar, la fiscalía señala que los denunciados -dentro de sus roles como altos funcionarios- tenían una “posición de dominio y de capacidad material” frente al accionar de la policía para reprimir las propuestas.

Sin embargo, los tres “habrían realizado comportamientos que implicaron una ausencia de intervención frente a dichas acciones (…) lo que finalmente conllevó a la muerte de dos ciudadanos y a la producción de lesiones físicas (muchas de ellas de nivel grave), de otros, por los menos 78 ciudadanos quienes participaron en dichas movilizaciones sociales”.

Esto ocurrió, señala el Ministerio Público, a pesar de los llamados que los organismos multilaterales y del sistema interamericano de protección de los derechos humanos para que dé un “uso proporcional de la fuerza pública en el control y represión de las movilizaciones; las mismas que no fueron observadas en su oportunidad por los denunciados”.

3. Las armas y los proyectiles detrás de las muertes

El documento señala luego que el accionar de la Policía frente a las protestas estuvo a cargo de la Región Policial Lima y se consigna que los agentes emplearon escopetas lanza gas y escopeta de caza como armamento; mientras que como material usaron agentes químicos y munición no letal. Dentro de estas últimas, se usaron perdigones de goma.

Luego se cita el certificado de , donde se da cuenta que fue por una “herida penetrante en tórax por proyectil de arma de fuego perdigón”; así como el peritaje que hizo el Ministerio Público, donde se indica que se le extrajo un perdigón de plomo, componente de un cartucho de escopeta, de 3.8 gramos de peso y de 0.88 mm. de medida.

Reportes de la policía sobre armamentos y municiones consignados en la denuncia constitucional.
Reportes de la policía sobre armamentos y municiones consignados en la denuncia constitucional.

Con esto, la fiscalía señala que se determinó científicamente que lo que le causó la muerte fue un perdigón de plomo disparado a su cuerpo a través de una escopeta, el mismo tipo de arma que emplearon las diferentes unidades policiales que estuvieron a cargo del control de las manifestaciones el día 14 de noviembre de 2020.

Respecto a Bryan Pintado, su -laceración de aorta descendente, y que tuvo diez heridas penetrantes por perdigones: 4 en la cabeza, 2 en el cuello, 2 en el tórax y 2 en el brazo derecho.

Los perdigones tuvieron “trayectoria de derecha a izquierda, de arriba hacia abajo, sin características de disparo a corta distancia”. La fiscalía estableció con esto que también se determinó científicamente que la muerte del joven de 22 años fue por estos proyectiles que se dispararon “con una ‘escopeta’ o arma similar”, arma que fue usada ese día por la policía.

4. Se pudo evitar las muertes

Con base en una serie de testimonios, la fiscalía señala que los tres denunciados estuvieron “plena y permanentemente informados” de las operaciones desplegadas frente a las protestas y . También tenían “información privilegiada de su desarrollo”, de cómo se iban intensificando y de “cómo las fuerzas del orden iban desplegando sus acciones frente a dichas movilizaciones”.

Incluso se advierte que el propio Antero Flores Aráoz admitió una conversación suya en la que admitía conocer sobre la producción de las manifestaciones y que estaban siendo transmitidas con “demasiado protagonismo” por el canal del Estado. También se da cuenta de informes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) envió informes a Presidencia y a la PCM sobre el riesgo de que el conflicto escale.

Con esto, la fiscalía consideró que los denunciados “tuvieron conocimiento que sus funciones le permitían tener dominio sobre el actuar de sus subordinados y controlarlas para evitar un resultado lesivo a los bienes jurídicos vida e integridad física de la ciudadanía; sin embargo, pese a tener capacidad material para ejercerlas, no lo realizaron”.

Ántero Flores Aráoz fue incluido por rol como primer ministro durante el gobierno de Manuel Merino. (Foto: Andina)
Ántero Flores Aráoz fue incluido por rol como primer ministro durante el gobierno de Manuel Merino. (Foto: Andina)

“Actuaron con dolo eventual en las omisiones que se les atribuyen, toda vez que (…) conocían de las manifestaciones sociales que se venían desarrollando en el país, desde el 09 de noviembre de 2020, por cuanto este suceso era comunicado por los medios de comunicación nacional y asimismo a nivel internacional. Más aun existieron llamados y exhortaciones dirigidas ‘al Estado Peruano’, por ellos representados, para que se dispusiera el cese del uso indiscriminado de la fuerza pública porque en dicho contexto era fácilmente previsible desenlaces lamentables”, argumento la fiscalía.

5. La imputación

Con todo lo desarrollado, la Fiscalía de la Nación estableció esta imputación concreta contra Manuel Merino, Antero Flores Aráoz y Gastón Rodríguez Limo: ser presuntos autores de la comisión por omisión del delito de homicidio, lesiones graves y Lesiones leves, a título de dolo eventual. Esto porque, en función a sus cargos, tenían “el deber de protección y actuación especial” frente a la vida y la integridad física de los manifestantes.

También porque, debido a los altos cargos que ejercían, tenían una posición de dominio sobre la policía, y –por cómo venían desarrollándose las protestas- “era previsible y razonable” que estas desplieguen acciones de manera desproporcional mediante el uso de armas con perdigones, gases lacrimógenos y otros.

“No obstante, no se dispuso medidas para controlar ni mitigar dichas acciones, y por el contrario, se permitió se prosiga con las mismas, lo que conllevó como resultado dos personas fallecidas y 78 ciudadanos identificados hasta la fecha, con lesiones leves y graves, quienes participaron en dichas movilizaciones sociales”,

6. Las víctimas

Finalmente, se presenta la lista de agraviados con Inti Sotelo y Bryan Pintado como agraviados por homicidio; y 78 personas agraviadas por el delito de lesiones: 4 en las protestas del 10 de noviembre, 13 en las protestas del 12 de noviembre, 2 en las del 13 de noviembre y 59 en las del 13 de noviembre.

Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.
Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.
Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.
Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.
Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.
Lista de agraviados consignados en la denuncia constitucional contra Manuel Merino.

Aquí puedes leer la denuncia constitucional

Contenido sugerido

Contenido GEC