Víctor Reyes Parra

La fiscalía sustentó este jueves en una audiencia de control de acusación su pedido de 15 años de condena contra por el caso de las presuntas coimas cuando era gobernador de Moquegua. En paralelo, se evalúa si la acusación contra el expresidente por el caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua debe ser también por tres delitos adicionales, luego de que el Poder Judicial rechazara un primer pedido para archivarlos.

Como parte del control de acusación contra el expresidente, la jueza Margarita Salcedo rechazó el pedido de sobreseimiento (archivo) planteado por la fiscalía provincial del caso respecto a tres delitos por los que se le investigó a Martín Vizcarra: colusión agravada, asociación ilícita y usurpación. Es más, la magistrada concluyó que Martín debe ir a juicio por ellos.

LEE TAMBIÉN | Proceso contra fiscal Rafael Vela avanza sin acceso a la prensa y entre cuestionamientos : ¿qué viene tras la apelación a su sanción?

Por ello, Salcedo elevó el caso a la fiscalía superior para que esta “ratifique o rectifique” el requerimiento. Las opciones son que la acusación siga siendo solo por el delito de cohecho, por el que se piden 15 años, o que se amplíe para incluir los delitos que la jueza rechazó archivar. Ello podría elevar también la condena solicitada si considera que todo ocurrió en concurso. La decisión del Ministerio Público aún está pendiente.

Por su parte, la procuraduría ad hoc del Caso Lava Jato presentó en la misma audiencia de este jueves su solicitud para que Martín Vizcarra y las empresas incluidas en su proceso . El pago deberá realizarse si al final del proceso, el expresidente es hallado culpable de colusión y cohecho. Al respecto, el expresidente y su defensa rechazan la acusación y niegan que haya recibido sobornos.

Detalle de la reparación civil solicitada como parte de acusación contra Martín Vizcarra
Detalle de la reparación civil solicitada como parte de acusación contra Martín Vizcarra


Sobreseimiento rechazado

La decisión de la jueza y la nueva evaluación de la fiscalía implican que el expresidente aún no se libra de la investigación que se le hizo por colusión agravada, asociación ilícita y usurpación de funciones, en torno a presuntas coimas que habría recibido cuando era gobernador regional de Moquegua. Las imputaciones son en torno

Previamente, la misma magistrada también había y que el caso retroceda a etapa de investigación. También desestimó un reciente pedido del exmandatario Perú Primero, al recordar que está inhabilitado para ejercer función pública.

Los presuntos hechos de corrupción en las obras mencionadas se vinculan con una acusación general: por las dos obras. Ello derivó en que la fiscalía lo investigue por un total de cuatro delitos: cohecho, colusión agravada, asociación ilícita y usurpación.

Decisión de la jueza respecto a tres delitos atribuidos a Martín Vizcarra.
Decisión de la jueza respecto a tres delitos atribuidos a Martín Vizcarra.

En diciembre del 2022, la fiscalía culminó la indagación a Martín Vizcarra y concluyó que el delito que mejor se acomodaba a los hechos era el de cohecho, por lo que En cambio, se solicitó a la jueza a cargo del caso que declare el archivo de los otros tres ilícitos investigados.

En el inicio de las audiencia de control de acusación contra el expresidente, el pasado 30 de octubre, la fiscalía ratificó su acusación respecto a que Martín Vizcarra recibió sobornos de S/ 1 millón respecto a Lomas de Ilo y S/ 1,3 millones respecto al Hospital de Moquegua. Allí también advirtieron que el acusado había intentado dar a entender que todo el caso en su contra se iba a archivar cuando en realidad la acusación principal por cohecho seguía firme.

De hecho, antes de que la jueza resuelva, Martín Vizcarra ya se había adelantado a proclamar en distintas entrevistas que todas las imputaciones habían sido archivadas. “Los presuntos delitos que iniciaron la investigación, que fue el argumento y justificación para vacarme, los cuatro han sido archivados por la misma fiscalía”, afirmó . “El fiscal que inició la investigación en el 2020, que fue el motivo por el que me vacaran, ha sobreseído los cuatro delitos por los que me comenzó la investigación”, dijo en

La fiscalía sustentó en aquella primera audiencia que debía procederse con el archivo de los otros tres delitos por los que no acusaron. En el caso de colusión agravada, indicaron que no se configuró porque no se concretó un perjuicio patrimonial al Estado; sobre la asociación ilícita, concluyó que la actuación de Martín Vizcarra fue “unilateral”; y sobre la usurpación, determinó que no se configuró.

El pedido de sobreseimiento, al que también se adhirió la defensa de Martín Vizcarra, quedó en manos de la jueza Margarita Salcedo, a cargo del caso en la fase de control de acusación. Y en su resolución, a la que accedió El Comercio, la magistrada consideró que el exmandatario sí debe seguir siendo procesado e incluso ir a juicio por esos delitos.

Respecto a la colusión, la jueza dijo que el daño patrimonial se requiere solo cuando se trata de una colusión agravada, por lo que el caso podría configurarse en un delito de colusión simple, el cual consideró que aún no habría prescrito. “Se tiene que existiría más que sospecha reveladora de pagos efectuados como consecuencia del acuerdo colusorio en el que habría participado el procesado Vizcarra Cornejo”, indicó.

“Si asociamos los elementos de convicción citados, llegamos a la conclusión y convicción de que para la obtención de las sumas de dinero de parte del procesado Vizcarra Cornejo, en ambos hechos, habría existido concertación previa (colusión) [...] Los hechos que ha propuesto como hipótesis el representante del Ministerio Público pueden subsumirse bajo los alcances del delito de Colusión simple”, dijo la magistrada.

Pronunciamiento de la juez sobre el delito de colusión
Pronunciamiento de la juez sobre el delito de colusión

En cuanto a la asociación ilícita, recordó que ese aspecto de la investigación partió del vínculo de este caso con el llamado ‘Club de la Construcción’, lo que “no ha sido desvirtuado con actos de investigación de cargo por parte del representante del Ministerio Público, por el contrario se ha visto reforzada”.

La jueza advirtió que para consumarse la adjudicación de obras a cambio de coimas “se requiere necesariamente la concurrencia de dos o más personas” y que “se tiene que se habría contado con la participación de funcionarios de menor rango y con “el concierto de voluntades de terceros” privados.

“Existen cruces de llamadas entre los involucrados, cruces de llamadas y Whatsapp de los que se desprenderían coordinaciones entre Vizcarra Cornejo y José Manuel Hernández Calderón [hoy colaborador eficaz con sentencia] en cuanto al pago indebido”, citó la jueza. También señaló las “declaraciones de los testigos Marta Gutiérrez Yupanqui de Salas, gerente de la empresa ICCGSA-INCOT , declaraciones de Carlos Aranda Huamán y Jaime Salazar Sánchez, testigos presenciales de las coimas y sobre la entrega de dinero”.

“Para la consecución las conductas presuntamente ilícitas, no solo habría intervenido el procesado, sino más de dos personas, por lo que a criterio de la suscrita hay elementos de convicción para estimar que el procesado habría contado con más de una persona para la realización de estas conductas que le son imputables”, concluyó.

Pronunciamiento de la jueza sobre el delito de asociación ilícita
Pronunciamiento de la jueza sobre el delito de asociación ilícita

Finalmente, sobre la presunta usurpación, allí se señala a Martín Vizcarra como supuesto instigador al haber delegado responsabilidades a funcionarios de menor rango “para la consumación de los presuntos delitos de colusión”. “La hipótesis relacionada a que el procesado Vizcarra Cornejo haya actuado bajo el título de imputación de instigador no se descarta, toda vez que el fiscal del caso no ha referido con claridad y de manera secuencial cuales son los elementos de convicción que sustentan fehacientemente el sobreseimiento”, dijo la juez.

Con todo ello, la magistrada concluyó que el proceso por los tres delitos debe elevarse el caso a la fiscalía superior “ante la existencia de causa probable, por lo que es necesario llevar a juicio la presente causa”.

“Será en la etapa de juzgamiento donde se acreditará si existe o no responsabilidad de los citados investigados; más aún, atendiendo a hechos graves de corrupción con trascendencia y extensión social, de conocimiento público respecto de conductas ilícitas que darían cuenta de la defraudación de deberes institucionales en el ejercicio de la función pública”, detalló.

Pronunciamiento sobre el delito de usurpación
Pronunciamiento sobre el delito de usurpación

El control de acusación continúa

Mientras se espera el pronunciamiento de la fiscalía superior, el control de la acusación contra Martín Vizcarra continúa avanzando rumbo a un eventual juicio. La fiscalía y la defensa habían pedido que las audiencias se posterguen hasta que el Ministerio Público emita su nueva decisión, pero la juez optó por seguir adelante con las sesiones.

En audiencias desarrolladas el 14 y 23 de noviembre, el fiscal Germán Juárez Atoche, del equipo especial Lava Jato, resumió y presentó su acusación contra Martín Vizcarra por los presuntos sobornos.

Así, en la sesión de este jueves, Juárez presentó su pedido para que se le impongan 15 años de prisión: seis por los hechos de la obra Lomas de Ilo y nueve por los hechos del Hospital de Moquegua. También requirió 9 años de inhabilitación y una multa de más de S/ 142 mil.

Luego, la Procuraduría del Caso Lava Jato presentó su pedido para que Martín Vizcarra y las empresas constructoras incluidas en el proceso paguen un total de S/ 42′628,106.06. El monto surge de la suma de seis pretensiones por concepto de daño patrimonial y daño extrapatrimonial en los hechos ligados a la obra Loma de Ilo y al Hospital de Moquegua, tanto por el delito de colusión como por el de cohecho.

Este monto solicitado es distinto a otra pretensión de la procuraduría en otro proceso que se sigue a Martín Vizcarra y una veintena de investigados en un caso también ligado al gobierno regional de Moquegua. En ese caso, que todavía está en fase de indagación, otra jueza recientemente accedió a que la defensa del Estado

La audiencia de control de acusación seguirá el próximo martes 28 de noviembre desde las 10 a.m. Allí se iniciará el control formal, etapa en la que la defensa de Martín Vizcarra podrá presentar sus observaciones para señalar cualquier error de forma que pueda tener la acusación en contra del expresidente.

Contenido Sugerido

Contenido GEC