En un nuevo revés para Martín Vizcarra, el Poder Judicial determinó que hay mérito para que el expresidente vaya a juicio por la acusación de haber recibido S/ 2,3 millones de soles en coimas cuando era gobernador regional de Moquegua. Dentro de ese caso, el fiscal Germán Juárez, del equipo especial Lava Jato, pide una condena de 15 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio (recibir sobornos).
Este caso contra Martín Vizcarra actualmente está en fase de control de acusación. Durante la investigación, desarrollada entre el 2020 y 2022, la fiscalía planteó que el expresidente recibió sobornos de consorcios liderados por las constructoras Obrainsa e ICCGSA, respectivamente, por las obras Lomas de Ilo (S/ 1 millón) y (S/ 1,3 millones).
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El equipo especial basó su indagación en evidencia, entre las que están declaraciones de colaboradores eficaces como el exministro José Hernández y empresarios, junto a otros elementos. En tanto, el expresidente y su defensa legal, dirigida por el abogado Fernando Ugaz, han rechazado en varias ocasiones la hipótesis fiscal y niegan que haya recibido dinero ilegal
Audiencia del último miercoles:
Martín Vizcarra en control de acusación
La fiscalía presentó su acusación el 15 de diciembre del 2022 ante la jueza Margarita Salcedo, del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. En las semanas posteriores, la defensa respondió con observaciones de forma y con cuatro recursos que buscaban archivar el caso sin que tenga que llegar a juicio.
Luego de casi un año, el 30 de octubre del 2023, la jueza dio inicio a las audiencias de control de acusación. En esta fase -también conocida como etapa intermedia- el juzgado decide si la acusación de la fiscalía cumple los requisitos para ir a juicio. Como parte de ello, se resuelven los distintos recursos de las defensas que buscan enviar el proceso al archivo.
Dentro del caso, el presunto soborno por Lomas de Ilo es conocido como el hecho 1 y el presunto soborno por el Hospital de Moquegua, como el hecho 2. Así, la defensa del expresidente presentó cuatro recursos contra la acusación: una excepción de improcedencia por el hecho uno y otra con el hecho dos; así como un sobreseimiento por el hecho y otro por el hecho dos.
Las excepciones de improcedencia alegan que los hechos atribuidos a una persona no configuran el delito por el que se le acusa, mientras que los sobreseimientos plantean que no hay evidencia suficiente para el delito atribuido. En la práctica, el efecto es el mismo: si el juzgado aprueba alguno de esos recursos, el proceso judicial se archiva sin que vaya a juicio.
Los cuatro recursos fueron sustentados por el abogado del expresidente en las audiencias de control de acusación de los últimos meses. Por su parte, la fiscalía y la Procuraduría ad hoc para el Caso Lava Jato se opusieron al pedido de la defensa.
Hay evidencia para ir a juicio
Luego del amplio debate entre las partes, la jueza desestimó las excepciones de improcedencia a inicios de marzo. Luego, el último miércoles, rechazó los dos sobreseimientos y determinó que si hay evidencia para que el caso vaya a juicio y allí se determine si el expresidente es culpable o inocente de lo que se le acusa.
A criterio de la jueza, “sí existen los elementos de convicción (evidencia) que determinan que el hecho que se atribuye al acusado Martín Vizcarra se habría realizado”. “A diferencia de lo que sostiene la defensa técnica, sí existen elementos de convicción que permiten acreditar la presunta comisión del delito”, añadió.
Uno de los cuestionamientos de la defensa era a las declaraciones de los colaboradores eficaces. Al respecto, la jueza precisó que hay elementos para corroborar esos dichos, como convenios firmados, conversaciones telefónicas, whatsapps, correos electrónicos entre los involucrados, varios testigos y pericias.
“Lo declarado por los colaboradores eficaces, que se cuestiona, no se corrobora únicamente con sus dichos, sino que habrían sido corroborados con otros elementos de convicción. Lo que, a la luz del acuerdo plenario [de la Corte Suprema], resulta idóneo para determinar la presunta comisión del delito atribuido al acusado”, resolvió la magistrada.
Con todo ello, la jueza concluyó que existe “un grado de probabilidad suficiente de la comisión del delito investigado, por lo que resulta razonable dar lugar a la etapa estelar del proceso, donde las partes (fiscalía, procuraduría y defensa) podrán actuar y valorar inclusive otros elementos”.
La “etapa estelar” es, precisamente, el juicio oral. La magistrada agregó que es en “dicha etapa procesal” donde también se deberá analizar “las alegaciones de la defensa técnica junto con el caudal probatorio [...] por lo que corresponde seguir con el trámite de control”. Así, se declararon infundados los sobreseimientos pedidos por la defensa respecto al hecho 1 y el hecho 2.
Con esta decisión, se determina que Martín Vizcarra irá a juicio por el delito de cohecho pasivo. La defensa del expresidente ha apelado las excepciones de improcedencia que les fueron rechazadas (los sobreseimientos denegados no pueden ser apelados), pero ello no detiene el trámite del caso.
El abogado penalista Andy Carrión comentó a El Comercio que con la decisión de la jueza Salcedo, se han superado las etapas en las que este proceso judicial podría haber culminado con un archivo dentro del control de acusación. “Ya no hay forma de que el proceso se quede en este esta etapa, tiene que ir a juicio. Ese es un punto importante: va a ir juicio sí o sí”, indicó.
En cuanto a la apelación de la excepción de improcedencia, el penalista indicó que en estos casos es “muy complicado” que una segunda instancia conceda ese recurso y disponga archivar la acusación. “Es un 0,1% [de probabilidad], cuando ha habido un error muy garrafal. Es altamente improbable”, estimó.
Lo que falta para el juicio
Con los recursos rechazados, el control de acusación avanza a su etapa final: la admisión de pruebas. Allí se evaluarán las pruebas (testigos, documentos y pericias) presentadas por la fiscalía, la procuraduría y la defensa para su uso en el futuro juicio. Las partes deben sustentar por qué o cómo cada una servirá para la eventual sentencia.
“Lo que queda es simplemente filtrar con qué pruebas va a ir [al juicio] cada una de las partes. Es lo único que quedaría: qué pruebas y testimonios son útiles, pertinentes para el fin del proceso”, indicó Andy Carrión. El abogado estimó que esto podría tardar entre cinco y seis audiencias.
Culminada la audiencia del miércoles, la jueza dispuso continuar con el control de acusación el próximo martes 26 de marzo desde las 3: 30 p.m. Al ritmo de una audiencia por semana con el que el juzgado ha venido trabajando y con la estimación hecha por el penalista, la etapa de admisión de pruebas podría culminar a mediados de mayo.
Terminado el control de acusación, la jueza deberá resumir todo lo desarrollado en esa etapa y emitir el documento conocido como ‘auto de enjuiciamiento’. Allí se ordenará oficialmente que Martín Vizcarra irá a juicio por el delito de cohecho pasivo propio. No obstante, aún es posible que también se someta un juzgamiento por otro delito y se enfrente a una pena más alta.
Durante el mismo control de acusación, la jueza determinó que también hay elementos para que el expresidente sea acusado y vaya a juicio por el delito de colusión simple, a pesar de que la fiscalía había optado por no acusarlo por ello. La fiscalía superior del equipo especial Lava Jato evaluó el caso y estuvo de acuerdo, con lo que se dispuso que el propio Germán Juárez también formule esa acusación, que vendrá con su propio pedido de prisión.
Todo ello apunta a que la pena solicitada pasará de 15 años años solo por cohecho a una cifra mayor por los delitos. “La pena solicitada va a aumentar. No sabemos en cuánto, depende de la evaluación del fiscal”, comentó al respecto Silvana Carrión, procuradora del Caso Lava Jato, en una entrevista de El Comercio el mes pasado.
Una vez que la acusación por colusión sea presentada, pasará por un control de acusación similar para determinar si pasa a juicio. Sin embargo, la magistrada Salcedo ya estableció que, a su criterio, si hay mérito para que también haya juicio por ese ilícito.
“Tendría que seguir todo el mismo procedimiento y, de cara a la ‘unicidad’ del caso, esta tendría que ser valorada de manera de conjunta en juicio. Por lo tanto, deberían esperar el control del otro caso”, comentó Andy Carrión. Es decir, ambos acusaciones deberían verse en un mismo futuro juicio por el mismo caso. “Incluso puede archivarse el tema de colusión, lo que es altamente improbable, pero cohecho sigue al 100%”, añadió.