Dos presuntos integrantes de ‘Los Intocables de la Corrupción’, una supuesta red criminal que según la fiscalía fue liderada por Martín Vizcarra, pasarán 36 meses en prisión preventiva mientras la fiscalía investiga el caso. Así lo determinó el Poder Judicial en base a la amplia evidencia recogida hasta ahora por el Ministerio Público y por el riesgo de que ambos puedan fugarse u obstaculizar las indagaciones.
El juez Miguel Quevedo, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE), dictó este lunes dicha medida contra los investigados Carlos Revilla y Alcides Villafuerte, quien se sometió a un proceso de colaboración eficaz. Ambos estaban bajo detención preliminar por ese mismo caso desde el 30 de enero.
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El magistrado afirmó que la prisión preventiva era la medida idónea, necesaria y proporcional para garantizar que ambos investigados se sometan al proceso y no se cometan nuevos delitos. El plazo de 36 meses, que había solicitado la fiscalía, vencerá el 29 de enero del 2027.
En el caso particular de Alcides Villafuerte, el juez señaló que el haberse sometido a la colaboración eficaz no es un impedimento para considerar que su libertad podría obstaculizar las pesquisas. “Su comportamiento en la presente investigación no ha sido leal, ya que al momento de su intervención, trató de desaparecer u ocultar dinero en efecto al suponerse dinero maculado producto del cobro de las coimas [...] Así como intentar desaparecer una laptop y un USB”, remarcó el magistrado.
Carlos Revilla y Alcides Villafuerte son investigados en su calidad de exfuncionarios de Provías Descentralizado (PVD), ente adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. De acuerdo con la tesis del equipo especial de fiscales contra la corrupción en el Poder (Eficcop), a cargo de este caso, la red criminal cobró coimas a empresarios para la licitación de al menos tres obras.
El dinero habría llegado, de acuerdo con testimonios recogidos por la fiscalía, hasta altos funcionarios como Martín Vizcarra, que vienen siendo investigados en una carpeta aparte por el fiscal de la Nación. Para esto, Alcides Villafuerte habría sido quien recibió directamente hasta S/ 3.6 millones de parte de empresarios y también es quien habría entregado el dinero a Carlos Revilla.
Carlos Revilla, a su vez, habría llevado el dinero a Palacio de Gobierno para entregarlo al expresidente, aspecto que ambos involucrados niegan. El exfuncionario rechaza las imputaciones y había solicitado ser investigado en libertad.
En tanto, Alcides Villafuerte se sometió a un proceso de colaboración eficaz en el que acepta todos los delitos que le atribuyen y no se opuso a la prisión preventiva solicitada en su contra.
La fiscalía también pidió prisión preventiva para otra investigada, Elizabeth Ugarte. Sin embargo, al estar fuera del país, el juzgado decidió evaluar primero las solicitudes contra los ya detenidos Carlos Revilla y Alcides Villafuerte, mientras que su caso verá en una audiencia posterior.
Evidencias graves
A partir de los testimonios y documentos presentados por el Eficcop, el juez concluyó que existen “graves y fundados elementos de convicción (evidencia)” que generan sospecha fuerte de que Carlos Revilla habría cometido los delitos de organización criminal y colusión. Ese es el nivel requerido para imponer una orden de prisión preventiva.
“Se establece, en un alto grado de verosimilitud” de que Carlos Revilla sería “miembro o integrante de la organización criminal denominada ‘Los Intocables de la Corrupción, que estaría liderada por el expresidente Martín Vizcarra”, expresó el juez en su resolución respecto al primer delito.
“Se habrían organizado funcionarialmente, con roles específicos según sus competencias, a fin de defraudar patrimonialmente al Estado, a PVD, al direccionar los contratos y licitaciones públicas en favor de empresas postoras, con el fin de obtener beneficios económicos ilícitos derivados de las coimas que habrían otorgado los titulares de las empresas, hasta en un 3%. Planes y fines delictivos que se habrían desarrollado antes, durante y después de la culminación del mandato presidencial del presunto líder”, agregó.
En cuanto al delito de colusión, concluyó que también existe suficiente evidencia para vincular a Carlos Revilla respecto a tres obras de PVD. “Existen graves y fundados elementos de convicción que vinculan al imputado con haber contribuido al direccionamiento del otorgamiento de la buena pro y/o perfeccionamiento de dichas contrataciones públicas, para beneficiarse económicamente de manera indebida”, dijo.
Allí también consideró que “habría sido su coprocesado Alcides Villafuerte quien ejecutaba el cobro de las coimas pactadas con los titulares de las empresas”; mientras que Carlos Revilla “en varias oportunidades habría hecho entrega de dinero maculado al presunto líder de la organización criminal, el expresidente Martín Vizcarra, en las distintas visitas clandestinas que habría efectuado a Palacio de Gobierno, por cuanto se apagan las cámaras las veces que iba a visitar al presidente”.
También se le atribuye, como director de PVD, haber colocado a personas de su confianza en los comités de selección “para poder direccionar y controlar las contrataciones y licitaciones públicas”.
A su vez, el juez determinó lo mismo respecto a Alcides Villafuerte y los tres delitos que se le atribuyen: organización criminal, colusión y lavado de activos. En este último, se le atribuye haber usado dinero de las coimas para pagar hipotecas de cinco inmuebles a su nombre. Tras someterse a la colaboración eficaz, el investigado ha aceptado los cargos.
“El reconocimiento del inculpado Alcides Villafuerte de declararse culpable en el delito de colusión agravada que se le imputa, se ve corroborado con las fuentes de prueba [...] Habría recibido dinero maculado de los empresarios ganadores de las contrataciones públicas promovidas por PVD, en concertación con los miembros de la presunta organización criminal”, dijo el juez.
Riesgo de fuga y de obstaculización
El magistrado tomó en cuenta que los delitos atribuidos a ambos investigados conllevan posibles penas (prognosis) superiores a los cinco años de prisión, otra condición para imponer una prisión preventiva. En ambos casos, se les atribuyen delitos sancionables hasta con 15 años.
Respecto al peligro de fuga, Quevedo consideró que Carlos Revilla tiene arraigo laboral y domiciliario. Sin embargo, descartó que tenga “arraigo laboral de calidad”. Esto porque fue despedido de su trabajo tras su detención preliminar por este caso y, sobre todo, porque se habría valido de sus cargos públicos para cometer los actos ilícitos que le atribuyen.
Además, consideró sus múltiples salidas del país, la alta condena a la que se enfrentaría y su presunta pertenencia a una organización criminal, para concluir que “sí existe un latente peligro de fuga de parte del investigado”.
De forma similar, en cuanto a Alcides Villafuerte, también consideró que tiene arraigo familiar y domiciliario, pero no laboral. Además, tomó en cuenta sus múltiples salidas del país y su vínculos con la presunta red para concluir que también tiene riesgo de fuga.
También determinó que existe riesgo de la presunta red criminal le “proporcione los medios” a Carlos Revilla para influir en los otros investigados, testigos o peritos para que “adopten versiones contrarias a la verdad o se comporten de manera desleal o reticente”.
Añadió que “no se descarta que los miembros de la organización criminal que se encuentren en libertad orienten al encausado Alcides Villafuerte para que influya en sus coinculpados, testigos o peritos” con el mismo objetivo.
En el caso particular de Villafuerte, consideró que el haberse sometido a la colaboración eficaz no es un impedimento para considerar que su libertad podría obstaculizar las pesquisas.
“Su comportamiento en la presente investigación no ha sido leal, ya que al momento de su intervención, trató de desaparecer u ocultar dinero en efecto al suponerse dinero maculado producto del cobro de las coimas [...] Así como intentar desaparecer una laptop y un USB”, remarcó el magistrado.
El juez también afirmó que “al haber sido sorprendido en flagrancia presunta, ello constituye circunstancia jurídica que desvanece la posibilidad de someterse a una confesión sincera”.
Según dijo, de esto se puede inferir que “tratará de ocultar la actividad probatoria o averiguación de la verdad”, lo que se afecta por su proceso de colaboración eficaz. “Este tiene su propia naturaleza procesal y efectos premiales si su colaboración es oportuna, eficaz y corroborada”.
El pedido de prisión preventiva de Eficcop y los argumentos de las defensas de los investigados fueron evaluados en audiencias realizadas en las últimas semanas y que culminaron este lunes, con la lectura de la resolución por parte del juez Miguel Quevedo.
En la audiencia, el magistrado solo dio cuenta de sus conclusiones e indicó que la resolución completa será notificada por escrito a las partes.
Culminando la lectura, el magistrado declaró fundado el requerimiento del Ministerio Público y ordenó que Carlos Revilla y Alcides Villafuerte sean internados en los penales que determine el Institucional Nacional Penitenciario (INPE).
Solo la defensa de Carlos Revilla apeló. La fiscalía y la defensa de Alcides Villafuerte se manifestaron conformes con lo decidido. Con ello, se espera que la decisión sea revisada en las próximas semanas por una sala de apelaciones de la CSNJPE. Sin embargo, por ahora, ambos investigados ya cumplen la orden de 36 meses de prisión.
El abogado penalista Andy Carrión indicó que si las declaraciones que dé el investigado Alcides Villafuerte en su proceso de colaboración eficaz llegan a ser corroboradas, la fiscalía podría solicitar más adelante el cese de su prisión preventiva.
El penalista indicó que por más que Villafuerte haya revelado que es colaborador y su defensa se haya allanado a la prisión preventiva, la fiscalía era la que tenía que haberse desistido de su pedido de prisión para que el investigado pueda salir en libertad. El Eficcop, sin embargo, insistió en su solicitud.
Carrión comentó que ello no afecta el proceso de colaboración y que la situación de Villafuerte es “particular”, al haberse revelado como delator y no haberse opuesto al pedido de la fiscalía. Añadió que el no apelar la decisión del juez da a entender que la intención de su defensa es que sea el mismo fiscal del caso quien, más adelante, solicite la variación sin que su caso sea visto por una segunda instancia judicial.
El expresidente Martín Vizcarra, señalado en este caso como líder de la organización criminal, también es investigado por el caso 'Intocables de la Corrupción'. Sin embargo, al ser hechos de su gestión como presidente, las indagaciones no las puede hacer el Eficcop, sino solo el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena.
La Constitución establece que la indagación contra un alto funcionario por hechos ligados a su gestión, como un expresidente, solo puede ser hecha a nivel preliminar por el fiscal de la Nación. Luego, si se le quiere formalizar la investigación y pedir una eventual prisión preventiva, la fiscalía debe recurrir previamente al Congreso para que este levante su antejuicio o inmunidad.
Carlos Revilla y Alcides Villafuerte no tienen ese antejuicio o inmunidad, por lo que sí pueden ser investigados por una fiscal del Eficcop. Luego de la detención de ambos, el Eficcop envió un informe del caso al fiscal de la Nación. Con esa información, el pasado 21 de febrero, Juan Carlos Villena inició investigación preliminar a Martín Vizcarra por organización criminal y colusión.
Durante la fase preliminar, sin embargo, Villena no puede pedir una prisión preventiva contra Martín Vizcarra. Como máximo, podría requerir un impedimento de salida del país. Para una prisión preventiva, el Congreso tendría que levantar su antejuicio, un proceso largo que se hace mediante una denuncia constitucional de la fiscalía luego de culminar la indagación preliminar.
Una muestra de ello es el caso Richard Swing. En mayo del 2021, la entonces fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, culminó su indagación preliminar contra Martín Vizcarra y presentó una denuncia constitucional para levantarle su antejuicio y poder formalizarle investigación.
Sin embargo, casi tres años después, el Congreso no termina de aprobar esa denuncia y devolver el caso a la fiscalía. Aún falta que el pleno vote, como última instancia, para levantar su inmunidad y que el expresidente pueda ser procesado por ese caso, también ligado a la gestión presidencial de Vizcarra.
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