El Poder Judicial ordenó la “inmediata excarcelación” del periodista , quien desde agosto del año pasado venía cumpliendo una orden de prisión preventiva por 30 meses en el marco de las investigaciones en su contra por presunta colusión agravada, en el caso .

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Fue la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional la que declaró —por mayoría— fundada la apelación que presentó la defensa de Fernandini, revocando así una resolución de enero que había rechazado previamente un pedido de cese de prisión preventiva a favor de Fernandini.

En su lugar, la quinta sala de la Corte Superior Nacional de Justicia Especializada dispuso una orden de comparecencia restringida para el periodista, disponiendo una serie de reglas de conductas. Ello, bajo apercibimiento de “revocarse la medida y dictarse prisión preventiva”, a solicitud del Ministerio Público, en caso no cumpla cualquiera de ellas.

Los jueces Jhonny Contreras Cuzcano y María Felices Mendoza se inclinaron hacia la excarcelación de Fernandini, en tanto la magistrada superior Sonia Torre Muñoz emitió su voto en discordia. Para esta última, la denegatoria del cese de prisión preventiva debía ser confirmada por la sala.

Fernandini es investigado por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder (Eficcop) por presunta colusión agravada, a propósito de los actos de corrupción llevados a cabo en el Fondo Mivivienda durante la gestión del expresidente Pedro Castillo; una trama que envuelve a la empresaria Sada Goray, gerenta de Marka Group.

Según las pesquisas fiscales, Goray pagó S/5,4 millones a Salatiel Marrufo, exjefe de gabinete de asesores del Ministerio de Vivienda, fungiendo como uno de los intermediarios Fernandini, con el fin de favorecer sus intereses empresariales.

La postura de la sala

En la resolución, a la que accedió El Comercio, la sala considera que Fernandini cuenta elementos como el arraigo domiciliario, el arraigo económico y que, a buena cuenta, “no existe peligro de obstaculización”.

“El comportamiento procesal se ha desvanecido parcialmente los cuales razonablemente permiten descartar la más mínima intención del actor de ocultarse o salir del país”, se indicó en la resolución suscrita por dos de los tres jueces de la quinta sala.

También tomó en cuenta el tiempo transcurrido desde su detención, en julio del año pasado, y que ya “se han actuado diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos”. “Por lo que resulta atendible sustituirla por la medida de comparecencia con restricciones más el pago de caución ascendente al monto de S/30.000″, se remarcó.

La defensa de Fernandini había advertido en su apelación que no se había valorado los nuevos elementos de convicción presentados ante el juez de primera instancia para acreditar el arraigo domiciliario y familiar, entre otros, como certificado médico de diciembre de 2023 referido a su hermana, para confirmar que depende de él.

Si bien la sala indicó que ello no desvanece las consideraciones previas, pues no está en cuestionamiento la enfermedad de su hermana, sí analizó otros de los elementos planteados. El colegiado tomó en cuenta, por ejemplo, los contratos de alquiler de un departamento en San Isidro y un predio en Pimentel, Chiclayo, “lo que acredita que por dicho concepto el investigado o quien lo represente está obteniendo un ingreso”.

“Siendo esto así, este colegiado considera que, a diferencia de lo resuelto en la medida de prisión preventiva, donde no se había presentado ningún documento que acredite el pago de impuesto o contrato de alquiler, en este caso si se ha tenido por acreditado; por lo que en este extremo este colegiado hace la precisión que el investigado cuenta con solvencia económica”, se remarcó.

También se apuntó que “el peligro de fuga ha disminuido”, pues si bien se cuestionó la donación de inmuebles por parte del investigado a favor de su hermana, lo que fue considerado en su momento como un “comportamiento poco transparente”, la fiscalía —se indicó— no ha informado “otro acto de mal comportamiento procesal del investigado”.

“De esta manera este colegiado advierte que el investigado Mauricio Fernandini Arbulú, cuenta con arraigo domiciliario, arraigo económico, no existe peligro de obstaculización, el comportamiento procesal se ha desvanecido parcialmente, quedando subsistente la falta de arraigo familiar, y la gravedad de la pena”, se sostuvo.

Reglas de conducta

La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional estableció cinco reglas de conducta que deberá cumplir Fernandini, una vez sea puesto en libertad. Entre ellas, la obligación de no ausentarse de su domicilio, presentarse ante la autoridad fiscal o judicial cuando sea requerido, así como comparecer cada 15 días al juzgado para informar de sus actividades y pasar el control biométrico.

Además, cuenta con la prohibición de comunicarse con dieciséis personas, entre ellos sus coinvestigados Sada Goray, Salatiel Marrufo, Pilar Tijero y Geiner Alvarado. Y hacer el pago de una caución económica de S/30 mil en el plazo de diez días hábiles.

Postura

En diálogo con El Comercio, el abogado de Mauricio Fernandini, David León Flores, consideró que su patrocinado nunca tuvo peligro de fuga ni de obstrucción de las investigaciones, lo que —remarcó— fue demostrando a lo largo de los últimos meses.

“Además, su participación ni siquiera es trascendente del caso, no es parte del liderazgo de la organización [criminal] ni tampoco tenía poder estatal para tomar decisiones. [...] Ahora lo que ha hecho la sala es decir: esta persona tiene arraigo laboral, arraigo domiciliario y teniendo ello no representa un peligro para la investigación. Y han considerado razonable que él afronte el proceso en libertad”, aseveró.

Estimó que su patrocinado podría dejar de la libertad este miércoles, antes de la 1:00 p.m.

El abogado penalista Andy Carrión explicó que, ante esta situación emitida por la segunda instancia, la fiscalía podría interponer un recurso de casación para que sea visto por la Corte Suprema y que, eventualmente, se revierta este resultado. Sin embargo, ello es potestativo.

“Es un revés para las medidas cautelares de detenciones preliminares y prisiones preventivas, pero no necesariamente lo es para el fondo del caso. Porque si uno analiza el contenido de la resolución, la sala se concentra en los arraigos (...) no aborda el tema de fondo; es decir, si es que habría participado en actos de lavado de activos, colusión. Es un revés para la fiscalía, pero no del fondo del caso”, aseveró.

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6 de diciembre de 2022

Mauricio Fernandini fue implicado, en una declaración ante la fiscalía, como intermediario en la entrega de un millón de soles por parte de Sada Goray al entorno del expresidente Pedro Castillo. El caso fue destapado y horas después el entonces jefe del Estado perpetraría un golpe de Estado. Fernandini negó inicialmente este hecho. 

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7 de julio de 2023

Mauricio Fernandini y la empresaria Sada Goray fueron detenidos de forma preliminar por las investigaciones del copamiento en el Fondo Mivivienda. También fueron detenidos Pedro Arroyo (expresidente del Fondo Mivivienda) y Roger Gavidia (exmiembro del Comité de Riesgos del Fondo Mivivienda y exsuperintendente nacional de Bienes estatales). 

3
3 de agosto de 2023

Se dictó 30 meses de prisión preventiva contra Fernandini y Goray, así como para Arroyo y Gavidia, la cual iba a estar vigente hasta enero de 2026. A los cuatro la fiscalía le atribuye colusión, con una pena estimada de al menos 15 años de cárcel. 

4
4 de agosto de 2023

Mauricio Fernandini fue internado en el penal Miguel Castro Castro, San Juan de Lurigancho; mientras que Goray fue internada en el penal Anexo Mujeres de Chorrillos.

5
18 de enero de 2024

Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declara infundado del pedido de cesación de la medida de prisión preventiva solicitado por la defensa de Fernandini. El juzgado concluyó que el peligro de obstaculización, gravedad de pena y falta de arraigo familiar se mantenían.