El coordinador del equipo especial Lava Jato, el fiscal Rafael Vela Barba, declaró infundada la solicitud de exclusión del fiscal José Domingo Pérez de una nueva investigación por presunto delito de lavado de activos contra la excandidata presidencial Keiko Fujimori y su partido político Fuerza Popular.
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A inicios de julio, Pérez Gómez abrió una investigación preliminar contra Keiko Fujimori y el partido por presunto lavado de activos y organización criminal, vinculado al financiamiento de la campaña electoral de este año, después de recoger como elementos las grabaciones de Vladimiro Montesinos y una denuncia referida a empresarios que habrían realizado supuestos aportes.
“No se advierte con indicios objetivos y razonables que el fiscal provincial José Domingo Pérez Gómez no ha cumplido adecuadamente sus funciones en el desarrollo de la investigación preliminar que se sigue al partido político Fuerza Popular [...] No se ha afectado el deber de objetividad que debe regir para todos los representante del Ministerio Público”, indica la disposición N°02-2021-FSCEE-MP-FN, firmada por Vela Barba.
Además, sostiene -entre otros argumentos- que las presuntas irregularidades por las que se le cuestiona a Pérez Gómez corresponden a una carpeta fiscal diferente a la citada en la solicitud, es decir, por la acusación contra Fujimori Higuchi también por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal.
“No es factible de utilizar como argumento central, presuntas irregularidades que se habrían materializado en otra investigación fiscal, independientemente que en la misma también se encuentre siendo procesado el partido político Fuerza Popular, ya que ello no corresponde a la naturaleza del pedido de exclusión fiscal, que se analiza de acuerdo a cada caso en concreto”, señala.
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Este aspecto responde al argumento relacionado a que el fiscal “ya tenía elaborado el requerimiento acusatorio [contra Keiko Fujimori] en base a los elementos de cargo sin atender los elementos de descargo, lo que afectó el derecho de defensa y la prueba”.
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Asimismo, sobre una segunda irregularidad al concluir y presentar el mismo día el requerimiento acusatorio que impidió que se realicen cuatro declaraciones testimoniales, indica que dicho argumento “no tiene relación ni sustento fáctico ni jurídico de la presunta falta de objetividad del fiscal”.
Refiere también que “no se advierten datos objetivos que en el trámite de la investigación preliminar [...] se esté vulnerando el principio de objetividad de parte” de José Domingo Pérez, así como “no se advierte de parte del fiscal provincial que esté incumpliendo sus funciones, sino por el contrario”.
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Como se recuerda, el pedido para apartar al fiscal del caso, fechado el 9 de julio, fue presentado por el abogado y exprocurador anticorrupción Christian Salas, ante el despacho del fiscal superior Rafael Vela, coordinador del equipo especial Lava Jato.
“El fiscal provincial Pérez Gómez se ha avocado a una investigación sobre la que carece de competencia, por el solo hecho que está referida al partido Fuerza Popular y a su presidenta, lo que demuestra su falta de objetividad y animadversión orientada a perjudicarlos, desnaturalizando los fines de la persecución penal y las reglas del debido proceso”, indicó Salas en su solicitud.
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