Keiko Fujimori pasó la noche en la carceleta del Poder Judicial. (Foto: Difusión)
Keiko Fujimori pasó la noche en la carceleta del Poder Judicial. (Foto: Difusión)

Tres abogados Yván Montoya, Luciano López e Iván Meini opinan sobre el pedido de exclusión del juez Richard Concepción Carhuancho de las investigaciones fiscales a por el delito de lavado de activos, luego de que el titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria ordenara 36 meses de prisión preventiva para la lideresa de Fuerza Popular. 

1) ¿Si el juez Richard Concepción Carhuancho es recusado, se anula la orden de prisión preventiva?

Yván Montoya, abogado y ex procurador 
Si es que recusan al juez Richard Concepción Carhancho en los próximos días, ello no anula la decisión que ya fue tomada. Sí deja en suspenso lo que pueda pasar con el resto de procesados. Un segundo juez no podrá pronunciarse sobre la decisión tomada por Concepción, solo sobre los demás. En las normas procesales, hay un principio establecido en el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, se señala que no existe la posibilidad de retrotraer el tema.

Luciano López, abogado constitucionalista
Sí se invalida la decisión del magistrado por dos razones. La primera: por el momento en que se planteó la recusación, que fue antes de instalarse la audiencia de prisión preventiva para los investigados. La segunda: independientemente de que se planteó antes, considero que cuando se declara fundada una recusación, impacta en el principio y garantía de la imparcialidad judicial. Por ello se tiene que invalidar todo, si no, sería una infracción al debido proceso.

Iván Meini, abogado y ex procurador
No, en ningún caso se invalida. La ley es bastante clara. Lo dicho por la defensa de Keiko Fujimori no es correcto. Mientras la apelación a la recusación no se resuelva, el juez puede resolver ciertos incidentes y peticiones, según la ley. Y la detención preventiva está dentro del universo de cosas que puede resolver el magistrado aún estando recusado. En caso lo recusen, la decisión no se va a anular. La única forma de hacerlo es con un recurso de apelación.

2)  ¿Para evitar cuestionamientos el juez pudo esperar a que se resuelva la recusación?

Yván Montoya
Hubiese esperado al pronunciamiento de la sala antes de resolver por buen criterio. Hubiera sido una opción para que no haya problemas, para que no quede duda. Solo el juez sabe las circunstancias en que el caso se encontraba y su ponderación de intereses. Es decir, más importante que la apariencia de imparcialidad era la evidencia de la probabilidad de cometerse actos de lavado, que hicieron imperioso su pronunciamiento. Solo él lo puede conocer.

Luciano López
Que tenga que esperar a que se resuelva la recusación no es una exigencia. La ley no lo obliga. Al contrario, lo faculta a que se pronuncie sobre la privación de la libertad. Desde el punto de vista de la conveniencia, es relativo. El asunto a analizar es otro: está corriendo un alto riesgo por haberse pronunciado solo por Keiko Fujimori. Tiene la discrecionalidad para hacerlo, pero la sala podría considerar que debió concluir el debate para los demás procesados.

Iván Meini
La ley prácticamente lo obliga a resolver los requerimientos del fiscal, antes de que resuelva la sala. Si la sala hubiese resuelto antes la recusación, ya sabríamos. Pero lo que un juez tiene que hacer cuando un fiscal le pide una prisión preventiva, tratándose de la libertad, es resolver aún estando pendiente un recurso de apelación. No se trata de que él pueda elegir. El magistrado no puede reservar su decisión o suspenderla hasta que la sala se pronuncie.