(Foto: Archivo El Comercio)
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Redacción EC

La Primera Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial ha decidido desestimar el pedido de y Mark Vito Villanela para que el Ministerio Público dé por concluida la investigación en su contra por el presunto delito de lavado de activos y aprobó que el proceso continúe por un plazo de 36 meses como máximo.

Con esto, procedieron a rechazar la decisión en primera instancia del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria en la cual se otorgaba un plazo máximo de 10 días para que la fiscalía termine las diligencias preliminares por este caso.

Con dos votos a favor de revocar la primera decisión, y un voto discordante, el tribunal consideró que sí se puede aplicar la disposición del 27 de setiembre del 2017, en la cual el Ministerio Público adecuó la investigación contra Keiko Fujimori y Mark Vito Villanela bajo la ley contra el crimen organizado.

Al admitir que se aplique esta norma, la Sala Penal de Apelaciones consideró viable que se aplique el plazo máximo de 36 meses para la investigación preliminar, la cual se computará desde el 8 de marzo del 2016.

El tribunal valoró la complejidad de los hechos investigados, ya que las diligencias podían involucrar una organización criminal, así como la existencia de múltiples actos de investigación que todavía permanecen pendientes y el tiempo necesario para procesar dichos datos.

Pero la sala también subraya que extender el plazo más allá de los 36 meses generaría arbitrariedad y distorsionaría la finalidad de las investigaciones preparatorias.

Los dos jueces que votaron en mayoría fueron Edita Condori Fernández y Sonia Torre Muñoz. El tercer integrante del tribunal que votó en minoría fue Rómulo Carcausto Calla, quien se mostró a favor de dar por concluida la investigación preliminar.

, el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria ordenó al fiscal José Domingo Pérez que dé por concluida, en un plazo de 10 días, las investigaciones preliminares contra Keiko Fujimori y su esposo.

En su sustento, este tribunal en primera instancia consideró que las ampliaciones aplicadas por el Ministerio Público no cumplieron con los plazos establecidos y cuestionó que se haya decidido aplicar la ley contra crimen organizado a 18 meses de iniciadas las diligencias.

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