Karem Barboza Quiroz

Desde que se convirtió en un prófugo de la justicia, el Gobierno ha mantenido silencio sobre las acciones para dar con la ubicación de , hermano de la presidenta Dina Boluarte, que este jueves 19 de diciembre cumple un mes en la clandestinidad.

Sobre el hermano presidencial pesa una orden de prisión preventiva por 36 meses, emitida por el juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho por el Caso .

Boluarte Zegarra es investigado por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho activo genérico. Ello, según la fiscalía, podría concluir en un sanción penal superior a los 30 años de cárcel si es hallado culpable.

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Junto a Boluarte, también se encuentran prófugos de la justicia el exdirector del Interior del Mininter, Jorge Luis Ortiz Marreros; la exjefa del programa Qali Warma del Midis de la Región San Martín, Zenobia Griselda Herrera; y los hermanos Jorge Chingay Salazar y Noriel Chingay Salazar; este último, exsubprefecto de Cajamarca.

El único hasta ahora detenido por este caso es Mateo Castañeda, exabogado de la presidenta Dina Boluarte, quien estuvo presente en la audiencia donde se también se le dictó prisión preventiva, pero por 24 meses.

Recientemente, el Poder Judicial ha concedido la apelación que presentaron todos los afectados contra la medida coercitiva a fin de que una sala superior, en segunda instancia, pueda revisar la medida dictada en su contra.

El Ministerio Público (MP) también apeló la decisión judicial, en el extremo del plazo de 24 meses impuesto a Castañeda Segovia, pidiendo que se anule y se le impongan 36 meses.

Hasta el cierre de este informe, aún no se había fijado fecha para evaluar las respectivas apelaciones.

Para la fiscalía, Boluarte Zegarra lideraría una presunta red criminal que, durante la gestión de su hermana Dina Boluarte, se habría dedicado al nombramiento ilegal de prefectos y subprefectos en diversas regiones del país. Con ello, habría utilizado el aparato estatal para facilitar la inscripción de su partido político Ciudadanos por el Perú, a través de la recolección de firmas y posible pagos ilícitos, a través de los prefectos y subprefectos nombrados.

Además, se investiga una presunta intromisión para favorecer al hermano presidencial en las investigaciones que se le seguían, para que sus casos sean archivados.

En la clandestinidad y sin recompensa por información de su paradero

La última vez que se vio a Nicanor Boluarte, fue de manera virtual el 17 de noviembre, cuando se presentó al inicio de la lectura de la resolución que, dos días después, concluyó con la orden de prisión preventiva en su contra. Sin embargo, para entonces ya no se le vio más.

Pese al tiempo transcurrido desde entonces, el hermano de la presidenta Dina Boluarte aún no ha sido considerado para ser incluido dentro de la lista de los más buscados como parte del Programa de Recompensas del Ministerio del Interior.

Al cierre de este informe, desde el Mininter informaron a El Comercio que, “hasta el momento, ellos (la Comisión Evaluadora de Recompensas) no han recibido la propuesta de la Policía Nacional respecto a la inclusión de Nicanor Boluarte”.

“El Comité Evaluador del Programa de Recompensas solamente evalúa o sesiona cuando la policía le envía la solicitud para que ciertas personas sean incluidas en el programa. Como ellos sesionan una vez al mes; y por ejemplo, cuando sesionan y hay diez personas que la policía ha enviado para su evaluación, ellos ven y analizan caso por caso. De allí, aprueban o desaprueban y esos son los que son incluidos en el programa. Hasta ahora no ha recibido ninguna propuesta de la policía y es por ello que (el Comité Evaluador de) Recompensas no ha podido evaluar a Nicanor Boluarte como un posible integrante (incluido) del Programa de Recompensas.”


Ministerio del Interior


Cabe precisar que Boluarte Zegarra, así como otros investigados en el Caso “Los Waykis en la Sombra” que se encuentran prófugos son requisitoriados ya que sobre ellos pesa una orden de captura nacional e internacional.



Boluarte Zegarra se ha unido así a la lista de requisitoriados por la justicia que actualmente se encuentran prófugos de la justicia, como el exgobernador de Junín, Vladimir Cerrón, quien ya lleva más de un año en la clandestinidad; y sobre quien pesa una condena de 3 años y 6 meses de cárcel y dos medidas de prisión preventiva.

Junto a ello, el exministro de Transportes y Comunicaciones, Juan Silva Villegas quien ha cumplido dos años y medio prófugo de la justicia, pues se dictó su detención -y posterior prisión preventiva- el 7 den junio del 2022.



¿Cómo se incluye a los requisitoriados?

Para elaborar la lista de requisitoriados, la Policía Nacional realiza la propuesta a la Comisión Evaluadora de Recompensas contra la Criminalidad, presidida por el Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior. El requisito principal para que un delincuente integre la referida lista de los "más buscados" es que cuente con requisitoria emitida por un juzgado.

¿Cómo se incluye a los requisitoriados?



Abogado de Nicanor Boluarte considera que prisión debe ser revocada

En declaraciones a este Diario, Luis Vivanco confirmó haber sido ratificado como abogado de Nicanor Boluarte, aunque no quiso precisar la manera en que se coordinó dicha ratificación.

“Los escritos se presentan a través de la mesa de parte virtual con firma digital”, señaló al ser preguntado al respecto.

Vivanco también señalo haber sido notificado con la resolución que les concedió la apelación, por lo que dijo que la revisión de la prisión preventiva en contra de su patrocinado seguirá, ahora, en la instancia superior.

“Sí (ya fueron notificados), la apelación precisamente busca que la resolución se revoque, así que esperamos que se atienda nuestra pretensión”.

Luis Vivanco, abogado de Nicanor Boluarte.

Luis Vivanco,


Al ser consultado si ha podido comunicarse con su patrocinado, aseguró que “no” tenía comunicación con el hermano de la presidenta de la República.

De otro lado, el ser consultado si Nicanor Boluarte se entregaría a la justicia en el escenario que la Sala Superior llegara a confirmar la medida de prisión preventiva, el abogado señaló escuetamente que eso sería lo “recomendable”.

“Me parece que sería lo mas recomendable y confío que así será”, indicó.

Humberto Abanto, recientemente acreditado como defensa conjunta del investigado Mateo Castañeda, quien cumplirá un mes de prisión preventiva, dijo a El Comercio que esperan que la prisión preventiva contra su patrocinado se revoque en su “totalidad”.

Como principales cuestionamientos, precisó que la Corte Suprema ha emitido una reciente resolución (en el caso de Geiner Alvarado, exministro de Pedro Castillo) en la que se cuestiona a los magistrados de primera y segunda instancia que han inaplicado las reciente leyes emitidas por el Congreso de la República, respecto a los nuevos estándares para calificar a una organización criminal.

“Entonces, la Corte Suprema ha establecido que estas normas, aunque tengan consecuencias nocivas o puedan ser objeto de rechazo popular, las leyes 3208 y 32138 están vigentes. Entonces, aquí terminó la discusión de la inaplicación.”

Humberto Abanto, abogado de Mateo Castañeda.

Humberto Abanto,


Otro aspecto, señaló Abanto, es que la Sala Superior también deberá pronunciarse sobre un alegado “fraude procesal” por parte del Ministerio Público. Ello, porque el Eficcop incluyó como investigado a su patrocinado Mateo Castañeda, pese a que supuestamente habría querido afectar una investigación que el mismo Eficcop mantenía en curso.

De esta manera, se habría contravenido la resolución del Tribunal Constitucional, en el caso “Arsenio Oré”, donde de estableció que la fiscalía que investiga no puede ser juez y parte: o en este caso, afectado y ente investigador.

“El Tribunal Constitucional dejó establecido que la fiscalía que es afectada con la supuesta obstrucción del abogado defensor, no puede investigar al abogado defensor que supuestamente obstruye. En este caso no solo investigó, sino que puso agentes encubiertos de esa fiscalía y para ocultar ello, al señor Castañeda no le imputaron el cargo de obstrucción a la justicia, sino de organización criminal en una modalidad de obstrucción, para quebrantar la jurisprudencia del Tribunal”, anotó.

Defensa de Mateo Castañeda invoca caso de Geiner Alvarado ante la Corte Suprema para alegar que delito de organización criminal debe archivarse, en el Caso Los "Waykis en la Sombra".
Defensa de Mateo Castañeda invoca caso de Geiner Alvarado ante la Corte Suprema para alegar que delito de organización criminal debe archivarse, en el Caso Los "Waykis en la Sombra".


Luis López Gavidia, abogado de Zenobia Herrera, aseguró a este Diario que tampoco se ha comunicado con su patrocinada y que todas las coordinaciones las realiza con los familiares de esta. Agregó que no se han colocado en el escenario de una confirmación de la medida de prisión preventiva en segunda instancia , por lo que esperan que la prisión preventiva sea revocada.

“No hemos previsto esa figura que usted propone, nosotros somos optimistas y consideramos que vamos a tener un buen resultado en segunda instancia”, señaló.

Por ello, expresó que confían en que la medida coercitiva será revocada puesto que el tribunal superior deberá pronunciarse sobre la aplicación de las Leyes 32108 y 32138, emitidas por el Congreso y que modificaban el estándar para calificar a una organización criminal.

Como se recuerda, el juez Richard Concepción Carhuancho inaplicó ambas normas en el Caso “Los Waykis en la Sombra” al considerar que estas habían sido “emitidas con nombre propio” y eran contrarias a la Constitución Política del Perú y a la Convención Americana de los Derechos Humanos en aplicación del Control Difuso y del Control de Convencionalidad.

“La finalidad de ese recurso es que se revoque el auto de prisión preventiva en segunda instancia. Nosotros consideramos que deben aplicarse las leyes 32108 y 32138 ¿Y eso por qué? Porque la Corte Suprema ya se ha pronunciado en tres casos respecto a la aplicación de esta ley”, mencionó.

Expresó, al igual que el abogado Abanto, que la Sala Suprema presidida por el juez César San Martín, ha establecido que la norma cuestionada debe aplicar, independientemente de los juicios políticos u opinión social, ya que los dispositivos fueron emitidos cumpliendo con todos los parámetros constitucionales.

El organigrama de la organización criminal 'Los Waykis en la Sombra'. Fuente: Ministerio Público.
El organigrama de la organización criminal 'Los Waykis en la Sombra'. Fuente: Ministerio Público.

Adicionalmente, López Gavidia recordó que se encuentran a la espera de que la Quinta Sala Penal de Apelaciones programe la fecha para evaluar un recurso de “sobreseimiento” (archivo) del delito de crimen organizado teniendo en cuenta las leyes 32108 y 32138.

“Las leyes otorgan un margen punitivo, pues para la comisión del delito de organización criminal, el abanico de delitos que pueden ir en conjunto con la organización criminal, debe tener un estándar de penalizado con cinco años como mínimo a más. Sin embargo, los delitos que se le imputan a esta organización criminal, son delitos que no superan el estándar o el umbral que señala la norma”, indicó.


Ante el juzgado constitucional
Apelación de hábeas corpus

Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, han apelado dos resoluciones que rechazaron sendos recursos de hábeas corpus interpuestos en contra del juez Richard Concepción Carhuancho, por presunta violación a su derecho al debido proceso en su vertiente a un juez imparcial y por violación a su derecho a la debida motivación.

Boluarte y Castañeda cuestionaron al magistrado y solicitaron que se anule las resoluciones que dictó sobre la prisión preventiva en el Caso “Los Waykis en la Sombra” y sea apartado del caso por, presuntamente, haber adelantado opinión sobre su participación en una presunta organización criminal, cuando realizaba una exposición en una entidad educativa.

Al respecto, el juez constitucional señaló que en el caso de Boluarte, ya había interpuesto un recurso similar bajo similares argumentos, cuestionando lo mismo y donde incluso había interpuesto un recurso de apelación que se encuentra en trámite. Por ello, su nuevo recurso de habeas corpus debía ser desestimado.

En el cas de Castañeda Segovia, el magistrado precisó que no se había presentado una prueba fehaciente que acredite que el juez Concepción Carhuancho haya emitido juicios de valor en la referida presentación academica.

Además, señaló que las opiniones emitidas por los magistrados en eventos académicos no constituyen causales de recusación. Por ello, también desestimó el recurso de Castañeda.

Boluarte y Castañeda han apelado la decisión del juez constitucional y el caso fue elevado a la Primera Sala Constitucional de Lima.

Apelación de hábeas corpus




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