(Foto: USI)
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Paulo Rosas Chávez

El Colegio de Abogados de Lima (CAL) pidió a su Dirección de Ética Profesional  a la terrorista , quien el lunes pasado cumplió una condena de 25 de prisión.

El proceso se inició luego de que el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, Alberto de Belaunde (PPK), solicitara la inhabilitación de la senderista, quien según los registros del colegio profesional está habilitada para ejercer como abogada.

El CAL ha indicado que la Dirección de Ética determinará, respetando el debido proceso y la legalidad, si la integrante de la cúpula de Sendero Luminoso es inhabilitada para ejercer el derecho o si, en todo caso, es merecedora de otro tipo de sanción.

El decano del CAL, Pedro Ángulo, había señalado a este Diario que Martha Huatay estaba habilitada como abogada debido a que el delito que cometió, el de terrorismo, con el ejercicio de su profesión de abogada.

–Las normas del abogado–
En abril del 2012, la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú publicó el Código de Ética del Abogado, "un instrumento único a nivel nacional, con el firme propósito de que sea una norma eficaz para el mejor ejercicio profesional de los abogados del país".

El artículo 4 del código establece que "el abogado es parte esencial de la defensa del orden democrático" y que "debe respetar la función de la autoridad y ejercer el Derecho, cualquiera fuere el ámbito en que se desempeñe, con sujeción a los principios de lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe".

Asimismo, el artículo 104, referido a la expulsión del CAL, sostiene que dicha medida "se aplicará en los casos en que se incurra o promuevan violaciones de los derechos y libertades fundamentales, sea cual fuere el cargo que desempeñe el abogado y en los casos de hechos ilícitos o delictivos".

–Puntos de vista–
Para el abogado penalista Carlos Caro, los criterios establecidos por ambos artículos del Código de Ética hacen "completamente viable" la expulsión de Martha Huatay del CAL.

Caro recordó que "en el pasado han expulsado a imputados y condenados por [la] corrupción" de la década de los 90. Añadió que, para que se dé, es importante que se realice un proceso, pues "no se puede hacer unilateralmente".

Una opinión contraria tiene el constitucionalista Víctor García Toma. El ex ministro de Justicia coincide con el decano del CAL en el que "las razones que llevaron a su condena a Martha Huatay estaban totalmente desvinculadas del ejercicio de la profesión" y que, "en consecuencia, no resulta aplicable la legislación interna de los abogados".

En esa línea, el también ex presidente del Tribunal Constitucional indicó que es necesario "que esta señora pague las reparaciones civiles y la única manera de que lo haga es trabajando porque aparentemente no tiene bienes".

Sin embargo, García Toma dijo que "es muy probable que se sancione a Martha Huatay porque nadie quiere ir contra la ola". 

"Ciertamente es una posición incómoda y es probable que ello suceda, pero jurídicamente no debería proceder", remarcó.

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