Ollanta Humala and Nadine Heredia (Foto: El Comercio)
Ollanta Humala and Nadine Heredia (Foto: El Comercio)
Karem Barboza Quiroz

Opiniones. Tres especialistas sientan posición sobre la orden de prisión preventiva para el ex presidente Ollanta Humala y su esposa, Nadine Heredia. Los audios de Madre Mía y el contrato en la FAO son los elementos más controvertidos.

1. ¿Cuál es su valoración legal de la resolución? ¿Se ajusta a derecho?

, ex fiscal
La resolución está debidamente sustentada, motivada y con arreglo a ley. La resolución dictada por el juez cumple con las exigencias del artículo 278 del Código Procesal Penal. El juez ha analizado detalladamente, tanto los argumentos de la fiscalía como los de los abogados defensores de los imputados Ollanta Humala y Nadine Heredia. Es una resolución debidamente motivada y sustentada, en consecuencia, consideramos que es arreglada a ley. Ahora, una prisión preventiva es una medida excepcional y en este caso el juez ha expresado las razones por las que ha tomado esta decisión excepcional.

, abogado penalista
Es una resolución ambivalente, no podemos decir que es blanco o negro. Es una resolución ambivalente, no podemos decir que es blanco o negro. Primero, porque en el primer elemento para la prisión preventiva, que es la prueba suficiente y la pena elevada, no hay mucho que discutir. Hay prueba suficiente, la pena es elevada y eso más bien debería implicar que el caso pase a juicio para que se determine si son culpables o inocentes. Ahora, el tema de peligro procesal es al que más interpretaciones se le puede dar. No olvidemos que ambos han cumplido con las normas de conducta que se les impusieron, no han violado esas reglas.

, abogado penalista
Es una resolución controvertida. El juez parecía un juzgador y no un tutelador de derecho. Es una resolución controvertida y que no se ajusta (a derecho), porque durante la audiencia parecía que estábamos frente a un juez de juzgamiento y no frente a un juez de tutela. En el Nuevo Código Procesal Penal, el juez de tutela, a diferencia del juez de juzgamiento, no está contaminado con el proceso y su función es solo garantizar los derechos de las partes que intervienen en la investigación preparatoria, pero cuando se le escuchaba (al juez) parecía que estaba juzgando, haciendo valoración de pruebas y que Ollanta Humala y Nadine Heredia eran culpables.

2. ¿En su opinión, cuáles son los puntos más sólidos y débiles de la resolución?

Avelino Guillén, ex fiscal
Los audios que ponen en evidencia la compra de testigos en otro proceso han pesado. Lo que resalta son las numerosas evidencias probatorias que el Ministerio Público ha logrado reunir durante los casi 30 meses que ha durado la investigación. La fiscalía ha hecho una presentación bastante sólida que implica un cúmulo de pruebas que incriminan a Humala y Heredia en los delitos que se les atribuyen. Han sido determinantes los audios interceptados en el Caso Madre Mía, en los que se evidencia la compra de testigos para un cambio de versión ante una declaración judicial. Mayor incidencia que el peligro de fuga tiene la obstrucción a la actividad probatoria, porque la compra de testigos que se puso en evidencia en otro proceso, reviste extrema gravedad. Creo que para el tema de fuga se pudo tomar una decisión de impedimento de salida del país, pero ante la obstrucción procesal, se obliga al juez a tomar medidas excepcionales como la prisión preventiva.

Carlos Caro, abogado penalista
La obstaculización o perturbación debe analizarse bien. Los puntos más sólidos son la alta probabilidad de la comisión de un delito, que la pena por este delito es mayor de cuatro años y el tema débil es la sustentación del peligro procesal. A ellos no se les pudo enviar a prisión alegando la violación a las normas de conducta, pues ellos han cumplido las reglas. Incluso los tuits [de Heredia] alegando persecución y el viaje de las hijas fueron descartados por el juez. Entonces, el peligro de fuga no estuvo bien sustentado. Luego está el tema del peligro procesal que es al que más interpretaciones se le puede dar. Aquí se analiza la perturbación a la actividad probatoria y los elementos que han sido centrales, fueron los testigos de los aportes falsos y los audios de Madre Mía. Desde mi punto de vista, en ambos casos, tiene que demostrarse la conexión con los imputados. El juez ha interpretado que no importa traer la prueba de otro proceso.

Luis Lamas, abogado penalista
Los puntos débiles son los audios de Madre Mía y el contrato con la FAO. Los elementos que se pueden rescatar son débiles. Por ejemplo, los audios de Madre Mía, que han sido parte de otro proceso. Pero en el Caso Madre Mía, tengo entendido que la Corte Suprema desestimó el proceso porque no encontró elementos para pronunciarse. Entonces, cómo es que tomas unos audios de un proceso que ya fue archivado y lo revives y le vuelves a dar total validez. Otro punto cuestionable es la contratación de Heredia en la FAO. ¿Cómo puede decir el juez que fue fraudulenta? ¿Qué evidencias tiene? ¿Acaso ha ido a investigar a la FAO o hubo un juez que haya dicho que es un proceso fraudulento? Además, Ollanta no podía salir sin autorización y en el caso de Nadine, regresó. Si hubiera querido fugarse, no regresaba. Esa es un contradicción fáctica de la resolución.

3. ¿Considerando sus antecedentes, cree que la sala superior presidida por el vocal César Sahuanay confirmará la decisión del juez Concepción?

Avelino Guillén, ex fiscal
Esperemos que en segunda instancia se actúe con objetividad e imparcialidad. Veremos cómo se da el planteamiento. Espero que la fiscalía sepa argumentar las razones por las cuales considera que para culminar con éxito las investigaciones resulta necesaria la prisión preventiva. Esperemos que en segunda instancia sea confirmada, que se actúe con objetividad e imparcialidad.

Carlos Caro, abogado penalista
Si la sala revoca la prisión, lo hará por la falta de peligro procesal. Por un tema de presión mediática, la sala puede que la confirme. Sin embargo, en una situación normal esto debería revocarse y la sala podría imponer impedimento de salida o reglas más fuertes, como ir a firmar cada semana. Si la sala del doctor Sahuanay revoca, lo hará por el lado del peligro procesal.

Luis Lamas, abogado penalista
Por lo que se vio en la audiencia, el fallo puede ser revocado en la sala superior. El fallo va a ser revisado por una sala superior, siempre que no se lo nieguen, como ocurrió con el caso del ex presidente Alejandro Toledo. De lo que he visto de la audiencia, creo que sí pueden ser excarcelados. Ahora, hay que ver la transcripción de esta resolución, muchas veces se dice una cosa y cuando transcriben dicen otra.

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