“El 28 de julio, iniciando el mensaje a la nación, vamos a ponerle frente al Congreso el primer pedido del pueblo: que agende inmediatamente la instalación de la asamblea nacional constituyente para hacer con el pueblo la primera Constitución del pueblo”. Esa expresión que el hoy presidente Pedro Castillo emitió el pasado 1 de julio en una actividad en el Rímac se sumó a otras que en el mismo tono hizo durante la campaña electoral, aunque sin precisar el mecanismo al que recurriría. Ya con la banda presidencial, el profesor cajamarquino se volvió a referir al tema este 28 de julio, pero esta vez aterrizando la propuesta y recurriendo a lo que establece la actual Carta Magna.
Ya lo había adelantado el último martes a El Comercio el asesor legal de Perú Libre, Aníbal Torres, con quien Castillo se reunió un día antes. El camino a seguir era el de presentar un proyecto de ley de reforma constitucional con el fin de convocar a una asamblea constituyente, dejando en manos del Congreso la viabilidad de la medida. Y así lo hizo el mandatario.
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“Anuncio que presentaremos ante el Congreso de la República, respetando escrupulosamente el podrecimiento de reforma constitucional previsto en el artículo 206 de la Constitución vigente, un proyecto de ley para reformarla, que tras ser analizado y debatido por el Parlamento esperamos que pueda ser aprobado y luego sometido a ratificación en referéndum popular”, manifestó.
Admitió, en ese sentido, que la actual Carta Magna no contempla la figura de la constituyente —repetida tantas veces en la campaña electoral, pese a que expertos advertían de su inexistencia— ni la elaboración de un nuevo texto constitucional, mucho menos la atribución del presidente de la República para convocar a un referéndum, pues “solo menciona la posibilidad de la reforma parcial o total de la Constitución, por parte del Congreso”.
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Si bien una reforma constitucional puede aprobarse en dos legislaturas ordinarias si es que se alcanza 87 votos en cada una, Castillo ha preferido una alternativa que requiere menor cantidad de adhesiones: que la iniciativa sea aprobada en solo una legislatura, para lo que se necesitan 66 votos, y luego sea ratificada mediante un referéndum.
Aunque no dio precisiones sobre el proyecto de reforma constitucional a presentar, Castillo Terrones sostuvo que “la Asamblea Constituyente será elegida por el pueblo exclusivamente para dedicarse a elaborar, en un plazo predeterminado, un proyecto de Constitución, producto del debate político y acuerdo pluralista, que será sometido a referéndum. Cumplido este encargo, deberá disolverse”.
“La Asamblea Constituyente del bicentenario debe ser plurinacional, popular y con paridad de género. Su composición tiene que incluir, al lado de candidatos propuestos por las organizaciones políticas inscritas, a porcentajes de candidatos provenientes de los pueblos indígenas, nativos y originarios; del pueblo afroperuano; de candidaturas independientes provenientes de los gremios de organizaciones populares y de la sociedad civil. Genuinamente representativa de todo el Pueblo Peruano”, agregó.
Viabilidad normativa
Para la constitucionalista Milagros Revilla, si bien Castillo ha aterrizado su propuesta al marco normativo actual —para lo que no había otra posibilidad—, aún se está en un “escenario muy amplio” e “indeterminado” respecto al contenido de la misma.
“El anuncio no deja de ser un poco ambiguo, porque no nos ha dado los extremos de ese proyecto de ley de reforma constitucional, pero no cabe la menor duda que ha admitido que, según el actual marco, tiene que seguir los pasos a través del Poder Legislativo para que se modifique y viabilice la posibilidad de una asamblea constituyente”, exclamó.
Según explicó, quedaría pendiente conocer la exposición de motivos del proyecto para determinar qué es lo que pretende el mandatario. Indicó que una posibilidad es que se plantee la reforma de la Constitución para crear la figura de la asamblea constituyente y se incluyan delimitaciones, como de tiempo y espacio; otra es que se presente otra iniciativa con los mecanismos para la conformación del referido colegiado, como la convocatoria.
“No había otra posibilidad, según el marco constitucional actual. Es correcto. Este es el primer paso para lo que él ha anunciado, que corresponde a la actuación del Poder Legislativo de incluir una modificación a la Constitución para viabilizar la posibilidad de una asamblea constituyente”, indicó la experta.
Añadió que, para tal fin, se podría modificar el artículo 206 de la Constitución o introducir una disposición final y transitoria.
En el análisis del también constitucionalista Alejandro Rospigliosi, el presidente ha hecho viable el emprendimiento de su propuesta recurriendo a lo que establece la Constitución.
“Va a presentar un proyecto de ley de reforma constitucional al Congreso que proponga una asamblea constituyente. Pero depende del Congreso soberano y de que la Comisión de Constitución le diga sí o no”, manifestó.
A su juicio, por un aspecto de “técnica legislativa”, Castillo podría plantear que se establezca una disposición final y transitoria que permita una asamblea constituyente por única vez, establezca plazos, delimite funciones y precise la cantidad de integrantes y forma de elección de los mismos. La otra opción es modificar inicialmente el artículo 206 de la Carta Magna.
“Por economía procesal, en el mismo proyecto de ley puede proponer cuatro cosas concretas: una disposición final transitoria que cree una asamblea constituyente, establezca funciones, número de integrantes y elección en un determinado plazo”, refirió respecto a las características de la iniciativa.
En tanto, Revilla y Rospigliosi apuntaron que en la doctrina jurídica existen límites para las reformas constitucionales. “Ninguna nueva Constitución puede cambiar la forma de república, poner en peligro los derechos fundamentales, la dignidad de las personas ni el principio democrático”, dijo la especialista. “Son temas pétreos, son el núcleo duro de la Constitución que nunca podrían ser modificados. Por ejemplo, disminuir derechos humanos o reformar el sistema democrático de gobierno”, subrayó su colega.
Viabilidad política
En la medición de fuerzas entre el Ejecutivo y Legislativo del actual período hay un precedente inmediato —una derrota política— a tomar en cuenta: la oposición determinó mayoritariamente el último lunes que la lista que Perú Libre promovía no participara de la elección para la Mesa Directiva por haber incumplido con el reglamento del Parlamento.
Por tanto, para el caso de la propuesta de Castillo, Revilla recordó que “todo depende de las fuerzas políticas que se aúnan para viabilizar esta reforma”.
“El presidente de la República va a decir: tuve una oferta electoral de asamblea constituyente, la cumplí al proponer la reforma constitucional al Congreso y el Congreso soberano nos dijo que no. Tendría que voltear la página y dedicarse a los temas más urgentes del país”, añadió Rospigliosi.
Desde las distintas bancadas ya se ha expresado la mayoritaria oposición a la asamblea constituyente y a tener una nueva Constitución, pues se aduce que basta con reformas a la actual Carta Magna. En esa línea están Fuerza Popular, Acción Popular, Alianza para el Progreso, Renovación Popular, Avanza País y Podemos Perú. Solo esos grupos parlamentarios sumarían 79 votos en contra.
Si bien, en el escenario propuesto por Castillo, se necesitan 66 votos a favor, quedarían los de Perú Libre (37) y Juntos por el Perú (5). En el caso de la bancada Somos Perú-Partido Morado (8), que fue parte de la lista para la Mesa Directiva del oficialismo, el vocero José Jerí ratificó la oposición de su bloque a la iniciativa.
“No es el momento de una Constitución nueva ni de una asamblea constituyente. El presidente está en su derecho de iniciar o activar esos procedimientos. Si el respeta los procedimientos que existen y eso implica votación, obviamente no va a proceder, va a quedar ahí. No es urgente políticamente, pero que siga el camino constitucional”, señaló a El Comercio añadiendo que es probable que el proyecto no pase de la Comisión de Constitución, donde tendría que derivarse primero.
Desde Acción Popular (16) —la tercera fuerza del Parlamento, que además tiene a una de sus integrantes en la presidencia—, el vocero alterno Raúl Doroteo reiteró que no hay otro camino para las pretensiones de Castillo que no sea el Congreso.
“La asamblea constituyente tiene que tener un objetivo y si el objetivo es hacer unas reformas, lo podemos hacer a través del Congreso”, indicó al señalar la oposición de su bancada al planteamiento del jefe de Estado.
Bajo ese panorama, entre lo que desea Pedro Castillo y lo que puede lograr hay una brecha: la cantidad de votos.
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