Desde enero pasado -cuando inició sus funciones- hasta la fecha, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) ha abierto cerca de una docena de investigaciones contra jueces y fiscales denunciados por violación a sus deberes funcionales o por estar vinculados a graves casos de corrupción.
Es así que los primeros casos que tomaron en manos fueron la de los jueces y fiscales supremos que se vieron comprometidos con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto.
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Era el mes de febrero y el pleno de la JNJ decidió abrir procesos disciplinarios inmediatos para cuatro magistrados supremos. Pedro Chávarry, Tomás Gálvez y Martín Hurtado -hoy suspendidos en sus funciones- así como Aldo Figueroa fueron los primeros en la lista.
Mientras que, los magistrados Ángel Romero, César San Martín y Vicente Walde (cesado por mayoría de edad) se les inició un proceso de investigación preliminar. Además, se dispuso recabar información de la Fiscalía de la Nación sobre la situación del fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, a quien se le terminó abriendo una investigación preliminar en julio pasado.
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-Etapa final-
Pero ¿Cuándo concluirán estos procesos? En una entrevista anterior con El Comercio, el presidente de la JNJ, Aldo Vásquez, dijo que las resoluciones de dichos procesos disciplinarios concluirían entre noviembre y diciembre. Con lo cual, en los próximas semanas podríamos tener mayores novedades por parte del ente contralor de las funciones de los jueces y fiscales.
Según el artículo 15 inciso “d” del Reglamento de Procesos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, el plazo para los procesos es de nueve meses, y se puede ampliar por una sola vez.
“El plazo de caducidad para resolver los procedimientos disciplinarios es de nueve (9) meses desde la fecha de notificación de imputación de cargos. Este plazo puede ser ampliado de manera excepcional, como máximo por tres (3) meses, por causa justificable”, se indica.
En marzo, la JNJ suspendió sus actividades procesales debido a la pandemia sanitaria y en julio retomó funciones. Por tanto, los procesos e investigaciones en curso promedian los seis meses del plazo inicial de nueve que les confiere la norma.
Vásquez ha ratificado que todos los casos están dentro del plazo de ley, descontando el periodo de suspensión de plazo que se adoptó debido a la fase intensa de la pandemia.
Sin embargo, cuando la JNJ retomó sus funciones una de las primeras acciones fue analizar las propuestas de suspensión preventiva contra los magistrados investigados.
En ese contexto, los fiscales supremos Pedro Chávarry Vallejos y Tomás Gálvez Villegas; así como el juez supremo Hurtado Reyes fueron suspendidos en sus funciones por seis meses.
El 23 de julio, Pedro Chávarry fue suspendido en sus funciones por decisión unánime de la JNJ. Esto, al concluir que habría faltado a la verdad, al Código de Ética, y violado la Ley de Carrera Fiscal. También, porque podría obstaculizar las investigaciones que se le siguen en la vía penal por el Caso Los Cuellos Blancos del Puerto y la sustracción de documentos de una oficina lacrada del Ministerio Público, en enero del 2019.
Este es el video de la audiencia en la que la JNJ analizó el pedido de suspensión de Chávarry y escuchó sus descargos:
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El 14 de julio, el pleno de JNJ también suspendió por unanimidad a Tomás Gálvez Villegas; y en consecuencia ordenó que se aparte de su cargo en el Ministerio Público de manera preventiva, mientras concluye su proceso disciplinario debido a sus presuntos vínculos con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto.
Con dicha medida se dispuso que estuvieran alejados de la Fiscalía y del Poder Judicial, respectivamente, hasta enero del 2021. Es decir que, dentro de un mes concluirá el plazo de la medida cautelar.
No obstante, el artículo 91 del reglamento de la JNJ indica la medida cautelar podría ser ampliada por una sola vez en un plazo no mayor a los seis meses.
“La medida de suspensión preventiva del cargo caduca a los seis (06) meses de ejecutada la misma. Mediante resolución debidamente motivada puede prorrogarse por una sola vez y por un plazo no mayor al previsto anteriormente, siempre que concurra alguna circunstancia que razonablemente justifique su ampliación”, se indica.
La medida de suspensión provisional tiene carácter excepcional que se dicta con el propósito de salvaguardar el interés público, así como la eficacia de la resolución final.
En el caso de los tres magistrados supremos antes mencionados, la suspensión fue aplicada por el pleno de la JNJ que consideró que los presuntos hechos de corrupción por los cuáles son investigados, revisten de gravedad. Además, con la finalidad de que no obstaculicen la investigación disciplinaria en su contra y no puedan utilizar su alto cargo para el mismo fin.
A inicios de noviembre, la JNJ escuchó los alegatos de reconsideración interpuesto por Gálvez y Hurtado, contra sus medidas de suspensión preventiva.
Gálvez Villegas sostuvo que los audios del caso Los Cuellos Blancos en los que se escuchan conversaciones suyas, fueron manipulados por los medios de comunicación. Además, que nunca pudo rebatir los audios puesto que no fueron incluidos como elementos probatorios en el proceso disciplinario en su contra, pues solo se le suspendió en base a las transcripciones que hicieron los medios.
“La situación que se dice acá es totalmente falsa, que esto sería (propio) de los señores que los llaman Los Cuellos Blancos que han realizado conductas cuestionables. Pero reitero, yo no conozco a nadie de estos señores, no me he comunicado, es más; ni sabia de su existencia”, dijo ante la JNJ. El caso ha quedado al voto.
Por su parte, Hurtado Reyes cuestionó la falta de motivación en la resolución de suspensión y la inclusión de hechos o elementos de juicio que no fueron puesto en su conocimiento para ejercer su defensa; y que sin embargo, en el documento que lo suspende aparecen mencionados.
“En las páginas 2, 3 y 4 se han señalado diálogos que no fueron citados por el magistrado instructor y en la paginas 18 y 19 se toman declaraciones del Comité de Ética (del poder Judicial) que tampoco fueron expresadas por el magistrado instructor”, indicó Hurtado.
En el caso del juez supremo Figueroa Navarro, su proceso disciplinario inmediato por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto también continúa, pero en su caso no se aplicó la suspensión preventiva.
En su defensa Figueroa Navarro ha calificado de “falsas” las versiones que lo vinculan a la organización criminal y ha manifestado que las conversaciones “no evidencian un vínculo de amistad”.
Sobre el fiscal supremo Rodríguez Monteza las decisiones sobre un proceso disciplinario inmediato o no, al término de la investigación preliminar también se encuentran pendientes de resolución ante la JNJ.
Desde que estalló el caso, el fiscal supremo se ha mantenido en silencio. Actualmente se encuentra al frente de la Fiscalía Suprema en lo Civil
En la misma situación quedaron los casos de los jueces supremos Romero y San Martín; así como la del exjuez Jáuregui. El primero ha negado su cercanía a los Cuellos Blancos del Puerto indicando que las versiones del aspirante a colaborador sobre su persona son contradictorias; mientras que el segundo afirmó que era una causa propia y no había de por medio ningún proceso contencioso, por lo que no hubo ninguna irregularidad.
Por ahora, la JNJ viene resolviendo otras denuncias interpuestas contra jueces supremos. Días atrás, el pleno, se pronunció por la absolución y archivo del proceso disciplinario abierto contra la jueza suprema por su actuación como exjefa de la oficina de control de la magistratura.
Además, viene realizando las etapas de calificación del Concurso Público de Selección y Nombramiento de los/las jefes(as) de la Autoridad de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público.
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