Lima
El Congreso de la República aprobó anoche un dictamen con diversos cambios a la Ley de Organizaciones Políticas, entre ellos la prohibición del financiamiento proveniente del terrorismo, la corrupción y el narcotráfico.
Sin embargo, el pleno del Congreso también impidió otras importantes fuentes de financiamiento posibles. En la siguiente lista podrás conocer quienes no podrán financiar a las agrupaciones políticas.
— Fuentes de financiamiento prohibidas —
-Personas naturales o jurídicas extranjeras, excepto cuando los aportes estén destinados a la formación, capacitación e investigación.
-Entidades de derecho público o empresas de propiedad del Estado o con participación de este.
-Confesiones religiosas de cualquier denominación.
-Personas jurídicas con fines de lucro, nacionales o extranjeras.
-Partidos políticos y agencias de gobierno extranjeros, excepto cuando estén destinadas exclusivamente a la formación, capacitación e investigación.
-Personas naturales condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada o con prisión preventiva por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavado de activos o terrorismo. La prohibición de extiende hasta 10 años después de cumplir la condena.
Respecto a la identificación de las personas condenadas que no podrán aportar, la mencionada norma advierte que será el Poder Judicial, a través de su web institucional, el que informe quienes se encuentran prohibidos de brindar aportes.
—Sanciones —
Las diversas sanciones que impondrá la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a las agrupaciones políticas que no entreguen su información financiera a tiempo serán las siguientes:
-Infracción leve: multa no menor de una ni mayor de diez Unidades Impositivas Tributarias UIT. De (S/4.050 hasta S/ 40.500).
-Infracción grave: una multa no menor de 10 ni mayor de 30 UIT (S/ 40.500 hasta S/ 121.500).
-Infracción muy graves: multa no menor de 30 ni mayor de 150 UIT (S/ 40.500 hasta S/ 607.500 y la pérdida del financiamiento público directo.