Gutiérrez indicó, a nombre de la Comisión Especial de la JNJ que se tomó esta decisión tras conocer "información relevante" respecto a la situación legal de Patrón Bedoya. (Foto: GEC / Alessandro Currarino / Video: Canal N)
Gutiérrez indicó, a nombre de la Comisión Especial de la JNJ que se tomó esta decisión tras conocer "información relevante" respecto a la situación legal de Patrón Bedoya. (Foto: GEC / Alessandro Currarino / Video: Canal N)
Redacción EC

Este martes solo uno de los tres candidatos que habían pasado las evaluaciones iniciales aprobó la etapa final del proceso de selección para integrar la Junta Nacional de Justicia (). Se trata del abogado , cuya ceremonia de juramentación ha sido suspendida, momentáneamente, tras conocerse que tiene un proceso pendiente en el Poder Judicial por presunta falsedad ideológica.

¿Qué requisitos se necesitan para ser nombrado miembro de la Junta Nacional de Justicia, el ente que reemplazará en funciones al desactivado Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), institución que se encargaba de nombrar y destituir jueces y fiscales y que, a mediados de 2018, se vio involucrada en un escándalo de presunto tráfico de influencias?.

A continuación, los requerimientos y obligaciones que tienen que cumplir las personas que desean integrar la Junta Nacional de Justicia. También, los impedimentos para postular en el proceso de selección que está a cargo de una comisión especial.

Dicha comisión la integran los titulares del Ministerio Público, Poder Judicial, Defensoría del Pueblo y Tribunal Constitucional, así como un representante de las universidades públicas y privadas.

Los miembros de la comisión especial de la JNJ hicieron las preguntas a los candidatos en cuatro bloques. (Foto: Comisión especial JNJ)
Los miembros de la comisión especial de la JNJ hicieron las preguntas a los candidatos en cuatro bloques. (Foto: Comisión especial JNJ)

REQUISITOS:

• No tener condena firme por delito doloso.
• Ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
• Ser mayor de 45 cinco años y menor de 75.
• Ser abogado con experiencia profesional mínima de 25 años (o, en su defecto, acreditar experiencia en la cátedra universitaria por ese mismo tiempo o haber investigado por lo menos 15 años sobre la materia).
• Tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad.
• Además, para evaluar la solvencia e idoneidad moral se
toma en consideración el comportamiento laboral y familiar, y el no haber sido sancionado por la comisión de faltas éticas por el órgano competente.

IMPEDIMENTOS:

1. Pertenecer a una organización política.

2. Haber sido suspendido por falta grave, separado definitivamente o expulsado de un colegio profesional de abogados.

3. Tener sentencia consentida o ejecutoriada por violencia contra las mujeres, niños o adolescentes; así como aquellos a los que se les haya impuesto medidas de protección bajo la Ley N°30364.

4. Tener sanción firme y vigente de suspensión o inhabilitación por responsabilidad administrativa funcional impuesta por la Contraloría General de la República, aunque haya sido cumplida.

5. Figurar en el registro de deudores alimentarios morosos; de abogados sancionados por mala práctica; de deudores de reparaciones civiles; y de personas condenadas o procesadas por terrorismo o por apología, violación o tráfico ilícito de drogas.

6. Los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público que han sido objeto de destitución o no ratificación. Igual, los profesionales que han sido inhabilitados por sentencia judicial firme.

EL PROCESO:

El proceso de inscripción para participar del concurso público es la primera etapa. Luego prosigue la prueba curricular y las entrevistas personales. En este prime proceso, más de 100 abogados se llegaron a inscribir, pero solo tres aprobaron el examen.

De ellos solamente uno salió airoso de las entrevista personales [Pedro Patrón Bedoya], pero su juramentación ha quedado suspendida por el momento.

Este era el cronograma del proceso que concluyó hoy.
Este era el cronograma del proceso que concluyó hoy.

PLAZO EXTENDIDO

El 15 de junio, el pleno del Congreso aprobó ampliar hasta por 180 días el plazo para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia. Con ese objetivo, modificó la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Orgánica de la JNJ.

Según la norma, el plazo para la elección de los miembros vence luego de los 90 días de iniciado el proceso de selección, es decir, el 21 de julio.