Susana Villarán cumple prisión preventiva en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos. (Foto: GEC)
Susana Villarán cumple prisión preventiva en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente del Sistema Anticorrupción dejó al voto el recurso de tutela de derechos presentado por la defensa de la ex alcaldesa de Lima, , quien cumple prisión preventiva desde el 14 de mayo.

El recurso busca que se anule la acumulación de dos investigaciones por lavado de activos, vinculados a las campañas del No a la revocatoria y reelección municipal. 

Al inicio de la audiencia, la defensa de Villarán pidió que la ex alcaldesa se pueda retirar de la sala, dado que, dijo, la tutela de derecho es un asunto estrictamente técnico.

Raúl Pariona, abogado de Villarán de la Puente, solicitó a través de una "tutela de derecho" que se declare nula una disposición fiscal que dispuso la acumulación de dos casos por presunto delito de lavado de activos seguidos contra Villarán, que sirvieron para dictar su prisión preventiva.

Cabe recordar que en una primera instancia, el Poder Judicial rechazó el pedido de la defensa de Villarán.

Ahora, en apelación, el abogado sostuvo que existió una "acumulación indebida e irregular" de dos carpetas de investigaciones vinculadas al proceso de la "No revocatoria" y las "reelecciones municipales del 2014". Esto, porque la primera se encontraba en investigación preparatoria y la segunda, en investigación preliminar.

Aseguró que la norma establece que "no procede la acumulación cuando los casos están en dos estadios distintos". "No se puede acumular una investigación preliminar con una investigación  preparatoria o una preliminar con juicio oral", dijo Pariona.

Ello, agregó, "afecta el derecho de defensa de mi patrocinada". Sostuvo que la acumulación tendría que haber sido con orden judicial.

Sin embargo, el fiscal superior para casos de lavado de activos, Hernán Wilfredo Mendoza, sostuvo que en su alegato, la defensa de Villarán, no precisó qué derecho fue afectado puesto que su reclamo no tendría asidero. 

El fiscal recordó que ya un juez de primera instancia determinó que la acumulación no necesita la orden judicial, como lo alegó la defensa de Villarán.

Además, aclaró que la decisión fiscal se sostiene en la "acumulación obligatoria" y que ello no requiere autorización judicial y que la jurisprudencia establece que no se puede anular una disposición fiscal, ya que la emisión de estas es una prerrogativa unilateral del Ministerio Público.

El 31 de mayo, la Primera Sala de Apelaciones Anticorrupción amplió de 18 a 24 meses la medida restrictiva contra la ex autoridad edilicia, investigada por la recepción de US$10 millones presuntamente ilícitos de las empresas Odebrecht y OAS. La ex burgomaestre es investigada por el Ministerio Público por los presuntos delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo propio y lavado de activos.