Thalía Cadenas

Este informe fue publicado el 24 de mayo, cuando inicialmente se había programado el debate y votación de la denuncia contra la exfiscal de la Nación y republicado este 21 de junio tras la aprobación de la acusación.

La exfiscal de la Nación fue inhabilitada para ejercer cargo público por cinco años. El pleno del Congreso aprobó el informe final que recomienda acusarla por infracción constitucional y el presunto delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales al haber suspendido en enero de 2022 las investigaciones contra expresidente .

Inicialmente este informe iba a ser debatido y votado el jueves 25 de mayo, pero el Parlamento lo reprogramó para este miércoles 21 de junio.


¿De qué se acusa a la exfiscal de la Nación?

El informe final de la denuncia acusa a Ávalos por la presunta infracción del artículo 159 (inciso 4) de la Constitución y por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales. También sugiere que la exfiscal de la Nación sea inhabilitada durante cinco años para el ejercicio de la función pública.

El caso tuvo un lento avance en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Tras prosperar en esa instancia, la Comisión Permanente el 21 de diciembre del año pasado. Este jueves, casi seis meses después, el documento será debatido y votado en el pleno del Congreso.

El texto - elaborado y sustentado por el congresista Ernesto Bustamante (Fuerza Popular), delegado del caso - recae en las denuncias 209 y 231 interpuestas por la legiladora Patricia Chirinos y el exprocurador anticorrupción Javier Pacheco, respectivamente. A la última demanda se adhirió la parlamentaria Gladys Echaiz (Renovación Popular).

El informe acusa a la extitular del Ministerio Público debido a su decisión de suspender las investigaciones preliminares que había abierto en enero de 2022 contra Castillo Terrones por los casos Provías, Petroperú y ascensos irregulares en las Fuerzas Armadas. Ávalos dispuso que las pesquisas tuvieran lugar cuando culminara el mandato del entonces jefe de Estado.

“La disposición del 4 de enero de 2022 señala que hay mérito para investigar a Pedro Castillo Terrones por tráfico de influencias en calidad de autor; y colusión, en calidad de participe; y otros delitos que se determinen en el curso de la investigación, debiendose suspender hasta el final de su mandato”, dice el informe

El documento advierte también que hubo “inacción” por parte Ávalos frente a diversos “hechos irregulares, con características delictivas”, que se habrían cometido durante la gestión del exmandatario.

Entre ellos los presuntos pagos “que habría realizado Karelim López al [entonces] presidente Castillo por intermedio del exsecretario general del despacho presidencial [Bruno Pachecho] con la finalidad de ´tener la puerta abierta para las obras públicas y el acceso a la mayor cantidad posible de contratos’”.

También se advierte que Ávalos no hizo nada cuando se supo en Breña, que habría sido usada por el expresidente como un “despacho paralelo”.

El informe da cuenta sobre el reportaje de “Cuarto Poder” que muestra a Karelim López, quien se desempeñaba como asesora “de una empresa que logró la adjudicación de un contrato por más de 230 millones de soles en Provías Descentralizado”, acudir a dicho inmueble ubicado en Breña.

Asimismo, se detalla que la fiscal no tomó cartas en el asunto cuando se supo que Castillo Terrones impidió el ingreso a Palacio de Gobierno a integrantes de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, quienes recababan información sobre el Caso Petroperú.

“Pese a estos hechos la [entonces] fiscal de la Nación Zoraida Ávalos no abrió investigación preliminar, observándose así su inoperancia, pasividad, silencio y omisión de funciones”, indica el informe que será debatido este 25 de mayo.

Asimismo, señala que, en enero de 2022 ya “existían varios indicios razonables que incriminarían a Castillo” y, por lo tanto, “Ávalos no debió suspender las investigaciones” en su contra.

Además, concluye que la exfiscal de la Nación no solo incurrió en una infracción constitucional al demorarse en abrir pesquisas contra el expresidente Castillo, lo hizo también cuando decidió suspenderlas.

Zoraida Ávalos concluyó su mandato como fiscal de la Nación el 29 de marzo de 2022 luego de haber estado al mando del Ministerio Público durante tres años y se pronunció respecto a su gestión en este tiempo. Al día siguiente, Pablo Sánchez asumió el cargo de manera interina. Un mes después, el entonces titular del Ministerio Público al presidente Pedro Castillo.

Luego, la actual fiscal de la Nación, Patricia Benavides, abrió más de cinco pesquisas fiscales contra Castillo Terrones. Por uno de los casos, el exmandatario cumple 36 meses de prisión preventiva en el penal de Barbadillo.

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La respuesta de Zoraida Ávalos

En el informe también se incluyen los descargos de Ávalos, quien negó haber cometido la infracción constitucional y los delitos que se le imputan. Su abogada declaró ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que lo que se está “poniendo a consideración” es “si se comparte o no la posición jurídica” de la exfiscal respecto a las investigaciones contra Castillo.

La defensa enfatizó que la decisión de Ávalos de suspender las pesquisas contra el exgobernante hasta que culmine su mandato “supuso” un “arduo debate” a nivel de “posiciones jurídicas, a nivel de abogados contitucionalistas, ya que no existe una lectura unívoca con respecto a los alcances del artículo 117 de la Constitución”.

Puso como ejemplo que, desde el año 2009, se han presentado hechos vinculados “con conductas de varios expresidentes” y que los titulares del Ministerio Público, “de forma uniforme, se negaron a iniciar” investigaciones contra un presidente en el ejercicio de sus funciones.

Además, remarcó que fue Ávalos quien rompió con esa tradición cuando decidió investigar a Martín Vizcarra por el Caso Richard Swing. Dicha pesquisa también fue suspendida por la propia fiscal. “Sorprende que tal decisión no se haya cuestionado ni se haya dicho que constituía una infracción constitucional [...] Por ende no hay delitos de incumplimiento de funciones, omisión, retardo o rehusamiento”.

El lunes 22 de mayo, Ávalos afirmó en diálogo con RPP que un sector del Congreso pretende inhabilitarla “por cuestiones políticas”.

“Lo grave de esto es la señal que está mandando un sector del Congreso, que pretende inhabilitarme por cuestiones políticas. La señal es: ‘si tú fiscal suprema, vocal supremo no te alineas a mis intereses políticos, esto es lo que te puede pasar, te destituyo, te boto’”, expresó.

“Esto es grave porque quiebra todo orden constitucional porque de alguna manera debilita y quebranta ese equilibrio de poderes que debe haber, que es el sustento de una democracia firme. Por otro lado, es una amenaza contra un sistema de administración de justicia que es el pilar fundamental, la esencia de la democracia”, agregó.

Posteriormente, , Patricia Benavides, que convoque a una reunión extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos para emitir un pronunciamiento ante la denuncia constitucional que afronta en el Congreso de la República por omisión al supuestamente negarse a investigar al expresidente Pedro Castillo.

Incluso el miércoles, la Junta Nacional de Justicia invocó al Congreso “la mayor reflexión” respecto de la acusación constitucional contra Zoraida Ávalos. “La justicia no puede ser afectada por la política, sin riesgo del quiebre de la autonomía de las instituciones”, añadió en un comunicado.


Además…
  • El informe recomienda declarar improcedente la denuncia sobre los presuntos delitos contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivos específico, abuso de autoridad, encubrimiento real, tráfico de influencias y, el delito contra la tranquilidad público - organización criminal, en agravio del Estado.
ACLARACIONESEste informe fue publicado el 24 de mayo, cuando inicialmente se había programado el debate y votación de la denuncia contra la exfiscal de la Nación y republicado este 21 de junio tras la aprobación de la acusación.

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