Talleres en Salud Mental del IPS: fecha, hora y lugar donde se dictarán | En esta nota te contaremos la fecha, hora y lugar donde se dictarán estos cursos; además de brindarte información importante relacionada a la institución pública del país. (Archivo)
Talleres en Salud Mental del IPS: fecha, hora y lugar donde se dictarán | En esta nota te contaremos la fecha, hora y lugar donde se dictarán estos cursos; además de brindarte información importante relacionada a la institución pública del país. (Archivo)
Redacción EC

El Instituto de Previsión Social de anunció el inicio de talleres en para el público argentino, una noticia que ha sido bien recibida en redes sociales y que ha despertado el interés de más de uno. Es por ello que en esta nota te contaremos la fecha, hora y lugar donde se dictarán estos cursos; además de brindarte información importante relacionada a la institución pública del país.

FECHA, HORA Y LUGAR DONDE SE DICTARÁN LOS TALLERES EN SALUD MENTAL DEL IPS EN ARGENTINA

Según la información que se encuentra publicada en las plataformas oficiales del Instituto de Previsión Social de Argentina, los talleres en salud mental se dictarán de la siguiente manera:

1. Título: “Ni héroes, ni villanos”: taller para padres, tutor o adulto responsable

  • Fecha y hora: jueves 13 de abril, 20 de abril y 27 de abril de 2:00 p.m. a 3:30 p.m.
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2. Título: “Estamos en una”: taller para adolescentes

  • Fecha y hora: jueves 13 de abril, 20 de abril y 27 de abril de 5:00 p.m. a 6:30 p.m.

3. Título: Taller de envejecimiento activo

  • Fecha y hora: martes 11, 18 y 25 de abril de 4:00 p.m. a 6:00 p.m.

Cabe resaltar que estos talleres pertenecen a los que se dictarán tan solo en el mes de abril, ya que según se lee en el IPS de Argentina, se dictarán otros talleres a lo largo del año.

Además de todo esto, es importante tener en cuenta que los cupos son limitados a estos talleres y están dirigidos a los afiliados del IPS de Argentina.

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SOBRE EL IPS DE ARGENTINA

La Seguridad Social fue planteada, hace muchos años, cuando el Estado Argentino comprendió que el trabajador al perder su capacidad laboral no tenía protección y carecía de un retiro al envejecer. A partir de esta visión se fijaron pautas que permitieron a un gran número de personas acceder a alguna cobertura social que impidiera su marginación.

El origen del actual régimen del IPS se remonta al Montepío de la Provincia de Buenos Aires, creado en el año 1854, cuando el Estado otorgaba donativos a personas que se desempeñaban en la actividad pública, por haber contribuido a la “causa nacional”. Estos fondos eran denominados Monte Pío y eran aportes voluntarios para evitar la ruina de los familiares de los que cumplieron el servicio comunitario.

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En ese marco, mediante la Ley 5425, conocida con la denominación “Ley Mercante”, debe inscribirse la creación del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires en el año 1948, que comienza a funcionar bajo la administración de la Subsecretaría de Previsión del Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión. La fundación de la Caja Previsional, se inscribe durante la Presidencia del General Juan D. Perón y la gobernación del Coronel Domingo Alfredo Mercante (1946-1952).

Desde sus inicios el IPS, cuyo primer presidente fue Armando Cascella (1949 -1952), estuvo destinado a desarrollar, en el territorio bonaerense, los fines del estado Provincial en materia de Previsión social.

La Ley fue modificada y ampliada por sucesivas normas que contemplaron diversas problemáticas como la jubilación de ex Gobernadores y ex Legisladores, personal mensualizado y por reunión de la Dirección de Hipódromos, personal de Hospitales municipales, Bomberos voluntarios, Magistrados y Funcionarios Judiciales.

Dentro de esta norma previsional estaba incluido el personal policial, hasta que en el año 1974 se crea la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Buenos Aires.

En 1976, la Ley 8.587 deroga el régimen anterior de jubilaciones y pensiones.

En la actualidad, la normativa vigente que rige el sistema previsional de la Provincia de Buenos Aires, es la Ley 8587 (Art. 1º al 14º) y el decreto Ley 9650/80, este último con vigencia desde el primero de enero de 1981.

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