Desde este lunes 11 de enero la ONP empezará a pagar el bono de S/ 930 a los pensionistas. (Foto: GEC)
Desde este lunes 11 de enero la ONP empezará a pagar el bono de S/ 930 a los pensionistas. (Foto: GEC)
/ CESAR CAMPOS
Redacción EC

Desde el pasado lunes 11 de enero, los pensionistas que se encuentran bajo la Ley 19990 recibieron el de la . Esta fecha es la que aplicó solo para quienes recogieron el dinero de forma presencial bajo un cronograma. Las condiciones y fechas para los pagos a domicilio son diferentes. Precisamente este sábado 16 de enero comienza esta etapa de desembolso del bono.

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Para los y las pensionistas que no puedan movilizarse, se realizará el pago a domicilio entre el 16 y 25 de enero. Este beneficio busca ayudar a 560.000 jubilados, quienes por diversos motivos de salud, edad o simplemente por querer mantener el distanciamiento social ante la pandemia de COVID-19 prefieren no acercarse a una agencia bancaria o utilizar cajeros automáticos.

Esta facilidad se puede solicitar a la ONP, la cual requerirá al la apertura de una nueva cuenta de ahorros a nombre del pensionista solicitante. Cabe destacar que esta cuenta es “no transaccional”, esto quiere decir que no permite realizar retiros en agencias o cajeros automáticos del BN y por lo tanto tampoco se genera una tarjeta de débito ni clave secreta.

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Este servicio de entrega a domicilio tanto de las pensiones como, en este caso, del bono de S/930 se hace de forma gratuita. Es importante que el jubilado se encuentre en casa, ya que el proceso es presencial. “La entrega de dinero en el domicilio se realiza acreditando la identidad de la/el pensionista titular de la cuenta de ahorros. El pagador tiene protocolos para los casos especiales”, .

Cuando se trata del pago de las pensiones a domicilio, los pagadores realizan un máximo de dos visitas dentro de un cronograma. Esto, según la ONP, se realiza con la finalidad de entregar la pensión al jubilado “dejando constancia en la dirección de haber realizado cada visita”.

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Por su parte, el pensionista deberá facilitar la labor del pagador de manera que este pueda acreditar que efectivamente se trata del titular de la cuenta y que ha recibido la conformidad del dinero en efectivo.

En caso la/el pensionista no se encuentre en la dirección por razones de emergencia, deberá comunicar a la ONP el nuevo lugar de visita para evaluar la posibilidad de efectuarla en el nuevo lugar siempre que sea en el mismo departamento y provincia”, especifica la institución en su sitio web.

Durante la primera visita al pensionista, se deberá firmar por única vez los documentos que el Banco de la Nación le pida. Los cuales suelen ser:

  • Contrato de apertura de cuenta.
  • Contrato de operaciones pasivas.
  • Cartilla de información.

Cabe destacar que, en los casos del pago de pensiones a domicilio, la entrega del efectivo se realiza dentro de un rango de 10 días calendario. Estos se establecen en un cronograma de pagos mensuales y pueden extenderse en el plazo unos días por motivos de restricciones de transporte en algunas zonas del país. La ONP detalla que el “pago no se realiza en un día ni en un horario específico por razones de seguridad”.

En el caso del bono de S/930, el Banco de la Nación informó que el subsidio se abonará junto con la pensión del mes de enero. Por lo que se espera que entre el 16 y el 25 de este mes se realice de el pago del bono y la pensión juntos a los jubilados que reciben su pensión a domicilio, tal y como ya se realiza en el caso de quienes hacen el cobro presencial.

Como recordamos, para efectuar el pago a los jubilados de la ONP, el Gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 137-2020 en el diario oficial El Peruano. La norma autoriza transferencias de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a favor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que este financie, entre otras cosas, el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083.

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