Uno de los beneficios que el Estado peruano brinda a sus ciudadanos es el Bono de Reconocimiento (BdR). Según detalla la Oficina de Normalización Previsional (ONP) los beneficiarios de este bono son los ciudadanos que hayan pertenecido inicialmente al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y actualmente sean afiliados a una AFP.
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“El Bono de Reconocimiento es un beneficio que el Estado brinda a las y los trabajadoras/es que optaron por dejar el Sistema Nacional de Pensiones (D.L. N° 19990), para afiliarse al Sistema Privado de Pensiones – SPP, conforme al artículo 9 del Decreto Ley N°25897. Las y los trabajadoras/es que cumplan con los requisitos legales para recibir un Bono de Reconocimiento, podrán obtener una compensación por los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones – SNP (D.L. N ° 19990)”, detalla la ONP.
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A inicios de septiembre, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la transferencia de S/126,4 millones hacia la ONP para financiar el pago del derecho al bono de reconocimiento. La partida fue aprobada mediante decreto supremo Nº 197-2018-EF, que fue publicada el pasado 04 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano.
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Existe al menos cuatro tipos de bono: Bono 1992, Bono 1996, Bono 2001 y Bono 20530. Estos son beneficios que el Estado brinda a trabajadores que optan por dejar el SNP para afiliarse al Sistema Privado de Pensiones – SPP, conforme al artículo 9 del Decreto Ley N°25897. Aquí te dejamos los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para poder cobrara alguno de estos bonos:
Bono 1992
Para poder cobrar el Bono 1992 es necesario haber pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones - SNP antes del 6 de diciembre de 1992 y posteriormente haberse afiliado al Sistema Privado de Pensiones - SPP.
Además, el ciudadano deberá haber aportado un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años previos (entre diciembre de 1982 y noviembre de 1992) al Sistema Nacional de Pensiones - SNP.
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Bono 1996
Por su parte, para recibir el Bono 1996 es necesario haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones - SNP (D.L. N° 19990) y haberse trasladado al Sistema Privado de Pensiones - SPP entre el 06 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
Este bono también exige que el beneficiario haya aportado un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al Sistema Nacional de Pensiones . Esto debería haber sucedido entre el 01 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996.
Bono 2001
Al igual que en el caso anterior, para poder acceder al Bono 2001 es necesario haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones – SNP (D.L. N° 19990) y luego haberse afiliado a una AFP en el Sistema Privado de Pensiones - SPP.
Además de cumplir con este requisito, npara recibir este beneficio se debe haber aportado al Sistema Nacional de Pensiones – SNP un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores, es decir, entre el 01 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
Bono 20530
La ONP detalla en su página web que “según el Art. 9º del Decreto Legislativo 817, Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a las y los afiliadas/os a dicho régimen, que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996”.
¿Cuándo realizar la solicitud del Bono de Reconocimiento?
Este bono debe solicitarse a la AFP en la que se está afiliado. Las AFP tienen un plazo no mayor a 60 días para atender dicha solicitud y hacer las observaciones pertinentes.
Según la misma ONP, el bono de reconocimiento (en sus cuatro modalidades) estará disponible de forma permanente para quienes cumplan con los requisitos legales. Para mayores consultas se puede llamar al servicio ONPTEL:
- Lima y Callao: 410-0808
- Otros departamentos: 0-801-12345 (al costo de una llamada local)
Estos teléfonos atienden lunes de 8 a.m. a 7 p.m. y de martes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. También cuentan con atención vía WhatsApp, en este link, dentro de los mismos horarios.
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