Atención, afiliados. Si migraste del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y actualmente estás afiliado a una AFP, podrías ser beneficiario del Bono de Reconocimiento (BdR). El Estado peruano brinda este beneficio a los ciudadanos que hayan realizado este traslado. Según detalla la Oficina de Normalización Previsional (ONP) existen al menos cuatro tipo diferentes de bono.
MIRA: ¿Cómo trasladar tu fondo de pensiones de la ONP a una AFP?
A inicios de septiembre, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la transferencia de S/126,4 millones hacia la ONP para financiar el pago del derecho al Bono de Reconocimiento. La partida fue aprobada con el decreto supremo Nº 197-2018-EF, que fue publicado el pasado 04 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano.
- Cuenta DNI: ¿Cómo se creará y a quiénes estará dirigida?
- Bono Electricidad: ¿Cómo saber si me encuentro en el nuevo padrón de beneficiarios?
- Bono ONP: ¿Qué otras medidas contempla el Ejecutivo para los afiliados y pensionistas?
Existe al menos cuatro tipos de bono: Bono 1992, Bono 1996, Bono 2001 y Bono 20530. Estos son beneficios que el Estado brinda a trabajadores que optan por dejar el SNP para afiliarse al Sistema Privado de Pensiones – SPP, conforme al artículo 9 del Decreto Ley N°25897. Aquí te dejamos los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para poder cobrara alguno de estos bonos:
MIRA | Bono Familiar Universal: conoce cómo y dónde cobrar el subsidio de 760 soles
Bono 1992
Para poder cobrar el Bono 1992 es necesario haber pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones - SNP antes del 6 de diciembre de 1992 y posteriormente haberse afiliado al Sistema Privado de Pensiones - SPP.
Además, para acceder a este beneficio el ciudadano deberá haber aportado un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años previos (entre diciembre de 1982 y noviembre de 1992) al Sistema Nacional de Pensiones - SNP.
Con este bono, recuperas todos los aportes realizados al SNP hasta noviembre de 1992, por un valor nominal máximo de S/60.000,00 que se actualiza tomando como base el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre de 1992.
MIRA: Traslado de ONP a AFP: ¿Se debe crear nuevo Bono de Reconocimiento?
Bono 1996
Por su parte, para recibir el Bono 1996 es necesario haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones - SNP (D.L. N° 19990) y haberse trasladado al Sistema Privado de Pensiones - SPP entre el 06 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
Este bono también exige que el beneficiario haya aportado un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al Sistema Nacional de Pensiones . Esto debería haber sucedido entre el 01 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996.
Si accedes a este beneficio, recuperas todos los aportes realizados SNP hasta diciembre de 1996, por un valor nominal máximo de S/60.000,00 que se actualiza tomando como base el IPC de enero de 1997.
MIRA: Transfieren S/126,4 millones a la ONP para pagar bonos de reconocimiento
Bono 2001
Al igual que en el caso anterior, para poder acceder al Bono 2001 es necesario haber estado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones – SNP (D.L. N° 19990) y luego haberse afiliado a una AFP en el Sistema Privado de Pensiones - SPP.
Además de cumplir con este requisito, npara recibir este beneficio se debe haber aportado al Sistema Nacional de Pensiones – SNP un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores, es decir, entre el 01 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
Con este bono recuperas todos los aportes realizados al SNP hasta diciembre de 2001, por un valor nominal máximo de S/60.000,00 que se actualiza tomando como base el IPC de enero de 2002.
Bono 20530
La ONP detalla en su página web que “según el Art. 9º del Decreto Legislativo 817, Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a las y los afiliadas/os a dicho régimen, que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996”.
Al igual que los otros bonos, tienen un valor nominal máximo de S/60.000,00 el mismo que se actualiza “conforme al IPC o indicador que los sustituya”.
¿Cómo solicitar el Bono de Reconocimiento?
El Bono de Reconocimiento debe solicitarse a la AFP en la que se está afiliado actualmente. Las AFP tienen un plazo no mayor a 60 días para atender dicha solicitud y hacer las observaciones pertinentes. Hay que tener en cuenta que aunque el beneficiario cumpla con los requisitos para más de un bono, solo podrá acceder a uno.
Si cumples con los requisitos antes descritos, deberás ponerte en contacto con tu AFP para agendar una cita en la que deberás llevar los siguientes documentos:
- Boletas de pago legales.
- Historial de pago a la ONP.
- Liquidación por el tiempo de servicios.
- Certificado de retención del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría.
- Comprobantes de pago al IPSS (hoy EsSalud) para los periodos como asegurado facultativo (independiente).
- Declaración Jurada del Empleador.
- Certificados o constancias de trabajo.
- Constancia de remuneraciones y descuentos.
- Pólizas de seguros de vida.
- Certificados de remuneraciones y retenciones.
- Planilla de remuneraciones.
- Cualquier documento del empleador que sirva como evidencia de que hubo una relación laboral, este deberá indicar al menos la fecha de inicio y cierre de dicho vínculo.
Todos estos papeles pueden ser presentados en sus versiones originales, copias legalizadas o autenticadas por la entidad correspondiente. Deberán estar firmados por el beneficiario para acreditar su validez.
¿Cuándo recibiré mi Bono de reconocimiento?
Mientras que las AFP tienen un plazo máximo de 60 días para revisar la solicitud del Bono de Reconocimiento de sus afiliados, la ONP puede tardar hasta 3 años en registrar, verificar y evaluar dicha solicitud. Por eso es importante hacer el trámite con anticipación.
Una vez que la ONP confirme el valor nominal del bono del beneficiario, este se actualizará con la variación del IPC. El bono será pagado cuando el solicitante cumpla 65 años o cuando acceda a una jubilación anticipada.
Según la misma ONP, el Bono de Reconocimiento (en sus cuatro modalidades) estará disponible de forma permanente para quienes cumplan con los requisitos legales. Para mayores consultas se puede llamar al servicio ONPTEL:
- Lima y Callao: 410-0808
- Otros departamentos: 0-801-12345 (al costo de una llamada local)
Estos teléfonos atienden lunes de 8 a.m. a 7 p.m. y de martes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. También cuentan con atención vía WhatsApp, en este enlace, dentro de los mismos horarios.
VIDEO RECOMENDADO
¿Qué es la Cuenta DNI que brinda el Banco de la Nación?
TE PUEDE INTERESAR
- Reniec: ¿Cómo cambiar la dirección de domicilio de tu DNI desde tu teléfono?
- Mascarilla: ¿es necesario usarla dentro de la casa?
- Bono Rural de 760 soles: ¿Eres uno de los beneficiarios con el subsidio? Aquí te contamos cómo cobrarlo
- Elecciones 2021: ¿Cuánto se les pagaría a los miembros de mesa?
- Coronavirus: ¿Qué secuelas podrían presentar los asintomáticos?
- Pronabec: ¿Qué requisitos debes cumplir para conseguir una beca para estudiantes de educación superior?