Nuevo Bono de Invierno 2023
El Gobierno de Chile continúa entregando un subsidio de 74.767 pesos a las personas, mayores de 65 años, que se encuentren dentro de la población vulnerable.
Las primeras personas beneficiadas podrán conocer su lugar y fecha de pago desde el 5 de agosto a través del sitio web www.bonoinviernochileapoya.cl o en www.chileatiende.cl.
Conoce sobre el aporte extraordinario:
El pago se efectuará en una sola cuota por el Instituto de Previsión Social (IPS). Se realizará de la manera establecida por la persona beneficiaria (presencial o depósito), aunque no en la fecha de pago habitual de su pensión.
Importante: quienes reciben más de una pensión no tienen derecho al bono, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a 201.677 pesos (valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años).
Es de cargo fiscal, por lo que no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, y no estará afecto a descuento alguno.
Es de cargo fiscal, por lo que no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable, y no estará afecto a descuento alguno.
El Instituto de Previsión Social (IPS) conocerá y resolverá los reclamos relacionados con las materias de este aporte extraordinario, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 19.880 y en las normas que imparta la Superintendencia de Pensiones (SP).
Corresponderá a la Superintendencia de Pensiones la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago del aporte extraordinario establecido en esta ley.
Quienes reciban indebidamente este aporte extraordinario deberán restituir las sumas percibidas, reajustadas de acuerdo con la variación que experimente el IPC.
El plazo para reclamar por el no otorgamiento del aporte extraordinario establecido en esta ley será de un año, contado desde el mes en que debió haberse recibido. En tanto, el plazo para el cobro del bono será de nueve meses, contado desde la emisión de pago.
¿A quién va dirigido?
Personas mayores de 65 o más años, cumplidos al 1 de mayo de 2023, que sean:
Pensionadas y reciban un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio, a cargo de:
- Instituto de Previsión Social.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
- Mutualidades de Empleadores.
Pensionadas del Sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
Pensionadas de una AFP o compañía de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio (correspondiente a $201.677, sin considerar el monto del APSV en ese cálculo).
Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
Pensionadas de una AFP o compañía de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio (correspondiente a $201.677, sin considerar el monto del APSV en ese cálculo).
Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.
Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley.
¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Invierno?
Para saber si es parte de los beneficiarios del Bono Invierno, existe la opción de acercarse a las oficinas de ChileAtiende y explicar el motivo de su visita mostrando su cédula de identidad.
También puede llamar por teléfono al número 101 en los horarios de atención y explicar que desea saber si se encuentra entre los beneficiarios del Bono Invierno.
Deberá indicar su RUT para saber si es parte de las personas que reciben el beneficio estatal.
¿Cómo puedo postular al bono invierno?
El Bono Invierno no es un beneficio postulable, por lo que solo se debe esperar a recibirlo junto al pago de la pensión.
Otro beneficio económico para esta temporada es la eliminación de la tarifa de invierno en las cuentas de la electricidad.
Si no recibes el Bono Invierno y crees que cumples con los requisitos
En caso de no recibir el Bono Invierno y considerar que se cumple con los requisitos para ser beneficiaria o beneficiario, es necesario contactar a la entidad pagadora y registrar un requerimiento para analizar la situación.
TAMBIÉN PUEDES CONSULTAR SI ES BENEFICIARIO VÍA TELEFÓNICA.
• Llame al 101 en estos horarios.
• Explique el motivo de su consulta: saber si es beneficiario del Bono de Invierno.
• Indique el número de su cédula de identidad (RUN).
• Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
¿QUÉ ES EL BONO INVIERNO 2023 DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL?
Es un beneficio no postulable de 74.767 pesos que se entrega por una sola vez a quienes tengan 65 o más años de edad y que cumplan los requisitos.
EL DINERO DEL BONO:
• No es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos.
• El beneficio se paga junto con la pensión correspondiente a mayo
¿EN QUÉ FECHAS SE PAGARÁ EL BONO DE INVIERNO?
Según informó el IPS, no todos reciben en Bono Invierno extraordinario este mes de junio, sino que los pagos pueden demorar un par de semanas.
El ente estatal informó que el Bono Invierno extra se entregará en junio para el 70% de las beneficiadas y beneficiados, mientras que en julio se realizará el resto de los pagos.
LINK PARA CONSULTAR SI ME CORRESPONDE EL PAGO DEL BONO DE INVIERNO
Se pueden consultar los pagos del aporte extraordinario al Bono de Invierno en el siguiente sitio web, donde se requiere ingresar el RUN y la fecha de nacimiento. También se puede realizar la consulta vía telefónica, llamando a ChileAtiende al 101.
¿QUIÉNES SERÁN BENEFICIARIOS DEL BONO DE INVIERNO 2023?
Personas mayores de 65 o más años, cumplidos al 1 de mayo de 2023, que sean:
• Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
•• Instituto de Previsión Social.
•• Instituto de Seguridad Laboral.
•• Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
•• Mutualidades de Empleadores.
• Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
• Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
Pensionadas del Sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
Pensionadas de una AFP o compañía de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio (correspondiente a $201.677, sin considerar el monto del APSV en ese cálculo).
Beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad, a la fecha de pago del beneficio.
Importante. No son personas beneficiarias:
Las pensionadas de la Ley Valech o sus respectivas parejas viudas (Ley Nº 19.992).
Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley.
TAMBIÉN PUEDES CONSULTAR SI ES BENEFICIARIO VÍA TELEFÓNICA
• Llame al 101.
• Explique el motivo de su consulta: saber si es beneficiario del Bono de Invierno.
• Indique el número de su cédula de identidad (RUN).
• Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
¿QUIÉNES SERÁN LOS BENEFICIADOS DEL BONO INVIERNO 2023?
Personas mayores de 65 o más años, cumplidos al 1 de mayo de 2023, que sean:
• Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
• Instituto de Previsión Social.
• Instituto de Seguridad Laboral.
• Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
• Mutualidades de Empleadores.
• Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
• Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
• Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
• Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
LAS SIGUIENTES PERSONAS NO SERÁN BENEFICIADOS DEL BONO:
• Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).
• Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
• Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.
¿TIENE COSTO EL TRÁMITE PARA RECIBIR EL BONO INVIERNO 2023?
Este trámite no tiene ningún costo.
¿QUÉ NECESITO PARA REALIZAR EL TRÁMITE DEL BONO INVIERNO 2023?
Nada, porque se le depositará junto a su pago mensual.
Si lo pide de forma presencial, deberá llevar su cédula de identidad (para cobrar su pensión, en la que vendrá el pago del bono).
¿CÓMO PUEDO CONOCER SI SOY BENEFICIARIO DEL BONO INVIERNO?
• Diríjase a una oficina ChileAtiende.
• Explique el motivo de su visita: consultar si es beneficiario del Bono de Invierno.
• Muestre su cédula de identidad.
• Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
TAMBIÉN PUEDES CONSULTAR SI ES BENEFICIARIO VÍA TELEFÓNICA
• Llame al 101.
• Explique el motivo de su consulta: saber si es beneficiario del Bono de Invierno.
• Indique el número de su cédula de identidad (RUN).
• Como resultado del trámite, habrá consultado si es beneficiario del Bono de Invierno, cuya respuesta podrá obtener inmediatamente.
Conoce en esta nota, el link del Instituto de Previsión Social, revisa si eres beneficiario del Bono Invierno 2023 y si te corresponde el pago de 74.767 pesos.
Conoce en esta nota, el link del Instituto de Previsión Social, revisa si eres beneficiario del Bono Invierno 2023 y si te corresponde el pago de 74.767 pesos.