La ampliación del Estado de Emergencia ha prolongado la medida que limita la libertad de tránsito de los peruanos. Sin embargo, el Gobierno ha establecido algunas alternativas para quienes necesiten movilizarse para cumplir con sus actividades, como es el pase especial laboral.
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De acuerdo al artículo 4 del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, las personas que laboran en servicios de salud, producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de primera necesidad, servicios públicos, financieros, telecomunicaciones, entre otros, deberán solicitar un pase especial laboral para dirigirse a su trabajo.
Es necesario precisar que este pase laboral no contempla el uso para la compra de alimentos o productos de primera necesidad. Por el contrario, desde el pasado 25 de mayo se encuentra habilitado el pase vehicular distrital para que las personas puedan utilizar sus vehículos y realizar compras de medicamentos, alimentos y acudir a entidades bancarias.
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¿Dónde solicito mi pase personal laboral?
Para tramitar tu pase personal laboral deberás completar tus datos en un formulario, al igual que el RUC de tu empleador y el motivo de la solicitud. De acuerdo a la función que desempeñes, podrás solicitar el pase vehicular ingresando el número de placa.
Solicita tu pase en el siguiente link:
https://paselaboral.servicios.gob.pe/paselaboral/request_new
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¿Y si quiero movilizarme en mi auto?
Es necesario precisar que el pase laboral no contempla el uso de un vehículo particular, según lo establecido por el Decreto Supremo Nº 046-02020-PCM. Sin embargo, las personas pueden solicitar un pase vehicular para algunos casos específicos.
- Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público, empleando los siguientes medios de transporte: camiones, furgonetas, camionetas pick up y camionetas panel.
- Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
- Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
- Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
- Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
- Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
- Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
- Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
- Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
- Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
- Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
- Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
- Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
- Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.
¿Qué consideraciones debo tomar en cuenta?
- El documento gestionado tendrá una validez de dos días. Sin embargo, luego podrás renovarlo.
- Lleva contigo el pase al igual que tu documento de identidad (DNI).
- Solo podrás utilizar tu pase de 4:00 a.m. a 9:00 p.m. Luego de ello, se aplica la inmovilización social obligatoria.
- Los miembros de la Policía Nacional del Perú y Fuerzas Armadas podrán validar la información consignada en tu pase.
- Si verifican que tu información es falsa, incurrirás en un delito con consecuencias penales.
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¿Qué es un coronavirus?
Los coronavirus son una amplia familia de virus que pueden llegar a causar infecciones que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, que se pueden contagiar de animales a personas (transmisión zoonótica). De acuerdo con estudios, el SRAS-CoV se transmitió de la civeta al ser humano, mientras que el MERS-CoV pasó del dromedario a la gente. El último caso de coronavirus que se conoce es la COVID-19.
En resumen, un nuevo coronavirus es una nueva cepa de coronavirus que no se había encontrado antes en el ser humano y debe su nombre al aspecto que presenta, ya que es muy parecido a una corona o un halo.
¿Qué es la COVID-19?
La COVID-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.
El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.
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El Gobierno ha dispuesto un nuevo Pase Vehicular Distrital para los ciudadanos.
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