Desde que Francisco Sagasti asumió el cargo de presidente de la República, las decisiones que se han tomado para combatir el COVID-19 no han sido las mismas para todas las provincias, pues se ha seguido un criterio de focalización. Es por eso que las provincias se encuentran clasificadas según el nivel de alerta (extremo, muy alto, alto y moderado).
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En cada uno de estos niveles de riesgo de contagio, existen restricciones que los ciudadanos y autoridades deberán cumplir. Cabe mencionar que Lima Metropolitana y Callao retornaron al nivel de riesgo Muy Alto, lo que significa que se eliminarán algunas restricciones. Conoce a continuación las que están vigentes hasta el próximo 30 de mayo.
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RESTRICCIONES EN LIMA Y CALLAO DE ESTE FIN DE SEMANA
Según dio a conocer la titular de la PCM, Violeta Bermúdez, la decisión de bajar el nivel de riesgo a Lima y Callao obedece a las ligeras reducciones que han habido en los últimos días en el número de contagios y fallecidos por COVID-19.
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Tras ello, se anunció algunos cambios en las medidas que se deberán cumplir obligatoriamente. Ya que Lima y Callao regresan a “riesgo muy alto”, estas son las nuevas disposiciones emitidas por las autoridades:
HORARIO TOQUE DE QUEDA
- De lunes a sábado el toque de queda (inmovilización social obligatoria) será de 9:00 p.m. a 4:00 a.m. del día siguiente.
- Los domingos 16, 23 y 30 de mayo sí se podrá salir de las viviendas, aunque estará prohibido el uso de vehículos particulares. No obstante, el transporte público sí funcionará en estos días.
RESTRICCIONES
- Están prohibidos los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas.
- No está permitido ir a playas, ni se podrá bañar en ellas.
- No está permitido reunirse con otras personas o realizar fiestas.
AFORO EN ESPACIOS CERRADOS
- Tiendas en general como centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados. Aforo permitido 30%.
- Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias. Aforo permitido: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas. Aforo permitido 40%.
- Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas. Aforo permitido 30%.
- Bancos y otras entidades financieras. Aforo permitido 50%.
- Templos y lugares de culto. Aforo permitido 30%.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas en espacios cerrados. Aforo permitido 40%.
- Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías. Aforo permitido 40%
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